 | | Inicio convocatoria: 01/01/2007 | Final convocatoria: 31/12/2013 | Organismo otorgante: Banco Europeo de Inversiones (BEI) Dir. Gral. de Política Regional / Comisión Europea
| Acciones subvencionables: El Apoyo europeo conjunto a la inversión sostenible en áreas urbanas, (JESSICA), es una iniciativa de la Comisión Europea en cooperación con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Banco de Desarrollo del Consejo de Europa (CEB) para promover la inversión sostenible, el crecimiento y el empleo en las áreas urbanas de Europa.
Esta iniciativa es un instrumento opcional de programación para el período 2007-2013 de los Fondos Estructurales y su objetivo es ayudar a las autoridades de los Estados Miembros a explotar los mecanismos de ingeniería financiera para apoyar la inversión en el desarrollo urbano sostenible en el contexto de la política de Cohesión y a proporcionar nuevas oportunidades a las autoridades gestoras responsables de la próxima generación de la política de cohesión.
Al amparo de estos nuevos procedimientos, las autoridades gestoras de los Estados Miembros podrán transformar parte de su dotaciones en Fondos Estructurales - principalmente las del FEDER aunque también las del FSE, donde proceda - en mecanismos fianncieros reembolsables y reutilizables (fundamentalmente, participaciones, garantías y préstamos subordinados) para los partenariados público-privados y otros proyectos de renovación y desarrollo urbano.
Las autoridades gestoras pueden decidir invertir en Fondos de Desarrollo Urbano directamente o, dada la dificultad de gestión de estos instrumentos, pueden canalizar los fondos a través de Fondos de fondos, con la posibilidad de utilizar al BEI como gestor, si así lo desea.
En cualquier caso, los fondos recuperados pueden ser reinvertidos a través de Fondos de Desarrollo Urbano o devueltos a la Autoridad gestora para apoyar otros proyectos de desarrollo urbano, incluso a través de ayudas convencionales.
Los Fondos de Desarrollo Urbano pueden tomar varias formas administrativas y dirigirse a la inversión en diferentes areas. Sus características comunes son: una aproximanción de mercado, ya que se espera que, al menos, recuperen la inversión, y el hecho de que deben invertir en proyectos dentro de un planes integrales de renovación y desarrollo urbano muy bien definidos.
Se espera que la Iniciativa Jessica facilitará también la obtención de apoyo financiero adicional del BEI, del CEB y de otros bancos y que atraerá notablemente capital participativo adicional para los partenariados público-privados y otros proyectos apoyados por Fondos de Desarrollo Urbano.
También se espera que la iniciativa contribuya con la experiencia financiera y de gestión de las instituciones especializadas tales como el BEI, el CEB, y otras instituciones financieras internacionales y que cree incentivos más fuertes para la implementación exitosa a través de los beneficiarios, mediante la combinación de ayudas con préstamos y otros instrumentos financieros.
| | | Tipo de subvención: | Asistencia no financiera
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| Gastos subvencionables: Las aportaciones provenientes de los programas operativos a los Fondos de Desarrollo Urbano serán elegibles para los pagos internos del FEDER.
Estas aportaciones serán elegibles para los pagos finales del FEDER siempre y cuando se reinviertan en proyectos, fuera del Fondo de Desarrollo Sostenible, antes del final de 2015.
| Información adicional: CONVOCATORIAS: esta iniciativa no está sujeta a convocatorias. Para las dos posibles aproximaciones, los pasos básicos que llevan desde la aportación hasta el apoyo de un proyectos en el terreno por parte del programa son los siguientes:
- Relación directa con Fondos de Desarrollo Urbano
Las autoridades de gestión que decidan usar el marco de trabajo de Jessica lanzarán una o varias convocatorias de manifestaciones de interés dirigidas a fondos de desarrollo urbano y las solicitudes obtenidas serán entonces evaluadas con los criterios habituales. Como resultado de esta evaluación, un acuerdo de financiación sería firmado por la autoridad de gestión y los fondos de desarrollo urbano seleccionados, especificando los términos y condiciones, así como las inversiones objetivo para la dotación de recursos provenientes de programas operativos.
- Organización de Jessica a través de Fondos de fondos.
Las autoridades de gestión tienen la posibilidad de organizar la ingeniería financiera para el desarrollo urbano sostenible a través de la intermediación de un fondo de fondos, que son aquellos que invierten en más de un fondo de desarrollo urbano. En estos casos, las autoridades tendrán la oportunidad de hacer una donación al BEI otorgándole la tarea de gestión del Fondo de fondos.
Un acuerdo de financiación se firmaría en este caso entre el Estado Miembro o la autoridad gestora y el gestor del fondo.
En cualquier caso, los fondos de desarrollo urbano seleccionarán y apoyarán a los partenariados público-privados y a otros proyectos urbanos, otorgándoles préstamos, participaciones o garantías, pero no ayudas. Los promotores de los proyectos odrán ser empresas privadas, públicas o municipales o empresas conjuntas (que impliquen a estos como socios). Se prevee que sea una prerequisito que los proyectos sean apoyados solo en el contexto de un plan integrado para el desarrollo urbano sostenible.
Los fondos harán el seguimiento de la implementación de los proyectos por los beneficiarios locales y informarán a las autoridades de gestión sobre sus actividades (selección de proyectos e implementación por parte de los beneficiarios finales).
Los fondos de desarrollo urbano serán cogestionados por profesionales de la banca y del sector privado, que aporten experiencia financiera, técnica y de gestión y flexibilidad para la gestión de proyectos cofinanciados por el FEDER.BENEFICIARIOS: Autoridades gestoras de los fondos estructurales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
NOTA INTERNA: para más información, visite la página oficial de la DG Regio o la de Jessica. | Localización del proyecto: Unión Europea
| Localización del beneficiario: Unión Europea
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Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea. Serie L
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 07/06/2007 | | Corrección de errores en el texto del Reglamento (CE) nº1083/2006, de 11/07/06 | 38
| | 31/07/2006 | Reglamento comunitario de 11/06/2006 | Disposiciones generales. Deroga el Reglamento(CE) Nº1260/
1999 | 25-78
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