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Subvenciones y ayudas

Ayudas para actuaciones de ahorro y eficiencia energética
Inicio convocatoria: 02/08/2008Final convocatoria: 02/10/2008
Organismo otorgante:
Cnj. Industria, Energía y Medio Ambiente / Junta de Extremadura
Acciones subvencionables:
Ayudas para promover la realización de estudios, inversiones y gastos en proyectos de mejora de le eficiencia energética.

Los sectores y las medidas de actuación serán:

  1. Sector Industrial:
    1. auditorías energéticas.
    2. ayudas públicas para el ahorro energético.
  2. Sector Edificación:
    1. rehabilitación de la envolvente térmica de los edificios existentes.
    2. mejora de la eficacia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes.
    3. mejora de la eficacia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios existentes.
  3. Sector Servicios Públicos:
    1. renovación de las instalaciones de alumbrado público exterior existente.
    2. realización de estudios análisis de viabilidad y auditorías en instalaciones de alumbrado exterior existentes.

Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 75,00 % ó 22.500,00 € 
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables:
  • para el caso 1.2, inversiones en equipos, instalaciones y sistemas que transforman o consumen energía en el proceso productivo, así como, los sistemas auxiliares necesarios para el funcionamiento; proyectos de ingeniería asociada; obra civil de implantación de dichos equipos; montaje y puesta en marcha.
  • para el caso 2.1, actuaciones energéticas.
  • para el caso 2.2, sustitución de equipos de producción de calor y frío por otros; sustitución de equipos de movimiento de los fluidos portadores por otros; sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior y de recuperación de calor del aire de extracción.
  • para el caso 2.3, luminarias, lámparas y equipo; sistemas de control de encendido y regulación de nivel de iluminación; cambio de sistema de iluminación.
  • para el caso 3.1, sustitución de lámparas de vapor de mercurio y equipo auxiliar por vapor de sodio alta presión con su respectivo equipo auxiliar; sustitución de luminarias por otras luminarias con mayor rendimiento y lámpara de menor potencia; instalación de sistemas de regulación del nivel luminoso que permitan reducir los niveles de iluminación en las vías públicas cuando se reduce la actividad de las mismas; instalación de sistemas de encendido/apagado mendiante reloj astronómico; sustitución de la tecnología actual por tecnología LED en semáforos, aumentando la eficiencia energética.
  • para el caso 3.2, equipos; instalaciones eléctricas y la realización de proyectos de ingeniería que consigan una reducción del consumo de energía eléctrica en alumbrado exterior; utilización de lámparas V.S.A.P. y equipo auxiliar en vez de V.M. y equipo; luminarias y lámparas de alto rendimiento que permita optimizar su consumo; instalación de sistemas de regulación del nivel luminoso que permite reducir los niveles de iluminación en las vías públicas cuando se reduce la actividad de las mismas; utilización de tecnología LED en semáforos.
  • para el caso 4.2, activos fijos nuevos en plantas de cogeneración de alta eficiencia independientemente de su potencia, así como, en microcogeneraciones de hasta 500 kw.; equipos y sistemas; obra civil asociada con un máximo del 10%; proyectos de ingeniería.
NO serán subvencionables: IVA, satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados y, en general, cualquier tipo de impuesto pagado; gastos financieros; gastos de proyectos, direcciones de obra, estudios de impacto ambiental, levantamientos topográficos de gestión y de publicidad o de anuncios; todos los gastos que no estén claramente definidos.

Información adicional:
BENEFICIARIOS:
  • para el caso 1, empresas del sector industrial manufacturero, excluyendo las ramas de actividad que integran el sector transformación de la energía.
  • para el caso 2.1, personas físicas o jurídicas pública o privada (promotores, inmobiliarias, propietarios de edificios del sector terciario, propitarios de edificios de viviendas, comunidades o mancomunidades de vecinos, empresas municipales de la vivienda, administraciones públicas, etc.).
  • para el caso 2.2, personas físicas o jurídicas pública o privada propietarios o titulares de edificios del sector residencial y terciario.
  • para el caso 2.3, personas físicas o jurídicas pública o privada propietarios o titulares de edificios del sector residencial y terciario (en particular administraciones públicas y empresas privadas).
  • para el caso 3.1, ayuntamientos, instituciones públicas o empresas públicas o privadas concesionarias del servicio de alumbrado exterior.
  • para el caso 3.2, ayuntamientos; instituciones públicas o empresas públicas o privadas concesionarias del servicio de alumbrado exterior.
  • para el caso 4.1, empresas del sector industrial, servicios y tratamiento de residuos industriales, que vayan a realizar un estudio de viabilidad de planta de cogeneración.
  • para el caso 4.2, personas físicas o jurídicas pública o privada.
  • CUANTIA: el importe y el porcentaje reflejado es para el caso 1.1, estas cuantías variarán según el tipo de medida.
    Estas ayudas están sometidas a la norma comunitaria del "mínimis" (máx. 200.000 euros o 100.000 euros para empresas que operen en el sector del transporte por carretera o de 3.000 euros para los sectores agrario y pesquero, por beneficiario en el plazo de tres años).
    RESTRICCIONES: el plazo máximo de realización de la inversión o gasto subvencionable será hasta el 31 de octubre del año en curso.
    COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán incompatibles con otras para el mismo proyecto, salvo en el supuesto de subsidiación de intereses de créditos para la ejecución de éste.
    NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
    El presupuesto total para el año 2008 es de 1.553.306 euros.
    El plazo de resolución será de tres meses a partir de la finalización del plazo de solicitud.
    Localización del proyecto:
    Extremadura
    España
    Localización del beneficiario:
    Extremadura
    España

    Boletín: Diario Oficial de Extremadura
    FechaNormaContenidoPáginas
    01/08/2008Orden autonómica de 25/07/2008 Convocatoria para el año 200821016-21027
    31/07/2008Decreto de 25/07/2008 Se modifica el D.60/2007, de 10/04/0720808-20823
    17/04/2007Decreto de 10/04/2007 Bases y convocatoria para el año 20077000-7020

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