 | | Inicio convocatoria: 16/03/2011 | Final convocatoria: 29/04/2011 | Organismo otorgante: Cnj. Economía y Empleo / Junta de Castilla y León
| Acciones subvencionables: Ayudas al apoyo del desarrollo empresarial, en particular su creación y su modernización, y al
apoyo a la investigación, desarrollo e innovación empresarial, facilitando a las empresas el acceso a la financiación con la finalidad de aumentar sus niveles de competitividad y productividad, y la generación de nuevos puestos de trabajo y ampliación del tejido
empresarial.
Actuaciones subvencionables:
- Programa Préstamos Inversión Pymes.
- Programa Préstamos a la I+D:
- creación de nuevas empresas innovadoras y de base tecnológica.
- consolidación y desarrollo de las empresas innovadoras existentes en la región.
- aumento significativo de la masa crítica de empresas que incorporan procesos de innovación a su actividad diaria.
| | Inicio de la inversión: 01/01/2011 | | Inversión máxima: 9.000.000,00 € | Inversión mínima: 1.000.000,00 € |
| | Tipo de subvención: | Anticipos reembolsables y préstamos
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 70,00 % ó 6.300.000,00 € | | Ayuda mínima: 700.000,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables:
- para el caso 1, adquisición, renovación o extensión de activos tangibles que no sean terrenos; inversión en activos intangibles, entre los que se incluyen los costes de planificación e ingeniería durante la fase de construcción; incremento de capital circulante; la inversión en compra de terreno asociada directamente al proyecto de inversión será aceptada para el cálculo del coste total del proyecto.
- para el caso 2, adquisición de activos tangibles e intangibles (patentes, licencias, software) necesarios para la realización del proyecto de I+D+i; gastos necesarios para la realización del proyecto y actuaciones de I+D+i, entre los que se incluyen los gastos de personal; gastos de funcionamiento (fungibles y material) y los costes de investigación contractual y conocimientos técnicos adquiridos a fuentes externas destinados al proyecto; gastos de formación del personal de la empresa; incremento de capital circulante permanente.
NO serán subvencionables:
- para el caso 1, actividades meramente financieras; promoción inmobiliaria, o la financiación al consumidor final; adquisición de activos fijos de segunda mano.
- para el caso 2, las adquisiciones de bienes inmuebles y terrenos.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: empresas, personas físicas o jurídicas, que puedan ser consideradas pequeñas o medianas empresas (pymes).
CUANTIA: estas ayudas están sometidas a la norma comunitaria de mínimis (máx. 200.000 euros por beneficiario en el plazo de tres años; las subvenciones a las empresa que operan en el sector del transporte por carretera este límite se fija en 100.000 euros).
CONDICIONES DEL PRÉSTAMO: para el caso 1, el importe del préstamo estará comprendido entre 700.000 euros y 6.300.000 euros; el importe máximo concedido será hasta el 70%; el plazo de amortización de los préstamos concedidos tendrá una duración mínima de amortización de 24 meses y máxima de 120 meses, incluido el período de carencia. Para el caso 2, el importe máximo del préstamo no podrá sobrepasar 900.000 euros; el límite máximo del préstamo podrá alcanzar hasta el 70% del proyecto elegible; el plazo de amortización de los préstamos concedidos tendrán una duración máxima, de 72 meses en los prestamos inferiores a 75.000 euros y 120 meses en los préstamos entre 75.000 euros y 900.000 euros.
RESTRICCIONES: para el caso 1, será financiables proyectos de nuevas inversiones, de ampliaciones o mejoras de instalaciones existentes, en los sectores de actividades promocionables y cuyo coste aprobado esté comprendido entre 1.000.000 euros y 9.000.000 euros; los beneficiarios deberán mantener las inversiones subvencionables durante la vigencia del préstamo y como mínimo durante 3 años desde la finalización del proyecto financiado.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán incompatibles con cualesquiera otra ayuda de mínimis para el mismo objeto y finalidad. En el caso de subvenciones de la UE asociadas a un Proyecto, la suma de la financiación BEI o del Ministerio de Ciencia e Innovación y las posibles subvenciones de la UE no podrá sobrepasar en ningún caso el 100% del coste del proyecto. Estos préstamos son incompatibles con los préstamos de ADE Financiación para el mismo objeto y finalidad.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. Estas ayudas serán cofinanciadas por los fondos europeos FEDER, en un 70%, excepto en las actuaciones de I+D que la cofinanciación puede ser de 80%. El presupuesto total para el año 2011 es de 38.877.372 euros. El plazo de resolución finalizará el 30/10/11 (6 meses, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de solicitud).
| Localización del proyecto: Castilla y León España
| Localización del beneficiario: Castilla y León España
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Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 26/10/2011 | Resolución de 07/09/2011 | Concesión de ayudas de varias órdenes | 80212-80308
| | 15/03/2011 | Resolución de 08/03/2011 | Convocatoria para el año 2011 | 18272-18318
| | 03/03/2011 | Orden autonómica de 23/02/2011 | Bases reguladoras | 15369-15389
| | 12/05/2010 | Resolución de 06/05/2010 | Convoca la selección de entidad colaboradora para la gestión | 39018-39021
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