| Inicio convocatoria: 10/03/2009 | Final convocatoria: 31/12/2013 |
Organismo otorgante: Dpto. Economía y Empleo / Gobierno de Aragón
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Acciones subvencionables: Ayudas para la corrección de los desequilibrios económicos interterritoriales, fomentar la actividad empresarial y orientar su localización hacia zonas previamente determinadas, al objeto de reducir las diferencias de situación económica en el territorio nacional, repartir más equilibradamente las actividades económicas sobre el mismo y reforzar el potencial de desarrollo endógeno de las regiones.
Proyectos subvencionables:
- Creación de nuevos establecimientos.
- Ampliación las inversiones.
- Modernización.
Sectores promocionables:
- Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción.
- Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio.
- Los que en cada momento la normativa de Incentivos Regionales considere como incentivables.
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| Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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Gastos subvencionables: Serán subvencionables: obra civil; bienes de equipo; estudios previos del proyecto; otros conceptos.
NO serán subvencionables: adquisiciones de activos; el IVA u otros tributos.
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Información adicional: BENEFICIARIOS: personas físicas o jurídicas.
CUANTIA: la cuantía de la subvención se determinará en función del importe total de la inversión aceptada, del número de puestos de trabajo creados y de la clase de proyecto de que se trate (de creación, de ampliación o de modernización). La inversión por proyecto deberá ser superior a 600.000 euros.
RESTRICCIONES: sólo podrán concederse ayudas al amparo de este Decreto a aquellos proyectos beneficiarios de los incentivos regionales por el que desarrolla la Ley 50/85, de 27 de diciembre.
NOTA INTERNA: las ayudas se concederán en régimen de concesión directa. El plazo de resolución será de seis meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro.
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Localización del proyecto: Aragón España
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Localización del beneficiario: Aragón España
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