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Subvenciones y ayudas

Ayudas destinadas a la promoción y comercialización turística
Inicio convocatoria: 23/07/2011Final convocatoria: 22/08/2011
Organismo otorgante:
Dpto. Industria, Innovación, Comercio y Turismo / Gobierno Vasco
Acciones subvencionables:
Ayudas para:
  1. apoyo a la creación y comercialización de productos turísticos.
  2. actuaciones destinadas a la promoción y marketing turístico.
  3. apoyo a eventos singulares con gran proyección turística.

Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 60,00 % ó 45.000,00 € 
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables:
  • para el caso 1: implementación de las experiencias desarrolladas en colaboración con los entes de cooperación turística comarcales, entes promotores de las tres capitales y los entes gestores definidos en la Orden CTE; creación de experiencias innovadoras en base a los productos definidos en el Plan de Marketing; desarrollo de las experiencias/productos ofrecidos de forma conjunta entre varias empresas turísticas; elaboración de material destinado a la promoción y/o comercialización; tácticas de comunicación y venta relativas al desarrollo de los programas alineados con el Plan de Marketing, en coordinación, coherencia y compatibilidad con los que implante la Viceconsejería; participación en actuaciones de marketing y promoción turística organizadas o coordinadas por la Viceconsejería. Se admitirán por este concepto los gastos de viaje, alojamiento y manutención de una persona por entidad solicitante y actuación en la que participe; asistencia a actuaciones de marketing y promoción turística, en las que no participe la Viceconsejería.
  • para el caso 2: creación y desarrollo de experiencias innovadoras en base a los productos definidos en el Plan de Marketing; elaboración de material promocional; banner que vincule al portal de turismo www.euskaditurismo.net; tácticas de comunicación y venta relativas al desarrollo de los programas alineados con el Plan de Marketing, en coordinación, coherencia y compatibilidad con los que implante la Viceconsejería; participación en actuaciones de marketing y promoción turística organizadas o coordinadas por la Viceconsejería (gastos de viaje, alojamiento y manutención de una persona por entidad solicitante y actuación en la que participe); asistencia a actuaciones de marketing y promoción turística, en las que no participe la Viceconsejería.
  • para el caso 3: actuaciones realizadas en Euskadi cuando, junto a la asistencia al evento, ofrezcan alojamiento y otros servicios turísticos; actuaciones realizadas en el resto de mercados nacionales e internacionales, cuando la singularidad de las mismas constituya un medio para posicionar la imagen y el destino turístico de Euskadi; todas las actuaciones deberán realizarse bajo la marca turística de Euskadi y conforme al manual básico de uso de la misma editado por la Viceconsejería de Comercio y Turismo; serán subvencionables los gastos relativos a la organización y promoción del evento, tales como: elaboración de material promocional tanto en formatos tradicionales como en tecnologías de la información y de la comunicación (NTIC); publicidad en medios de comunicación; acciones de promoción fuera de la CAV que contribuyan a la promoción del evento; recepción de touroperadores, periodistas u otras organizaciones que contribuyan a la promoción y/o comercialización del evento en el exterior de la CAV; 0tros como diseño grafico, dossieres o medios técnicos para ruedas de prensa, alquiler de carpas o alquiler de equipos técnicos (proyectos, pantallas).
NO serán subvencionables:
  • para el caso 3: los eventos celebrados dentro de las diferentes fiestas anuales de la localidad o municipio y aquellos eventos populares de carácter local; coste del personal y gastos corrientes; el IVA, tasas y otros impuestos; gastos correspondientes a regalos promocionales; cuando el fin principal sea la promoción y comercialización de la propia entidad solicitante.

Información adicional:
BENEFICIARIOS: pequeñas y medianas empresas (PYME) o unión de las mismas, que presten servicios turísticos o tengan incidencia sobre el sector turístico; asociaciones sectoriales y las fundaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro cuyo objeto social incluya la promoción turística.
CUANTIA: el porcentaje e importe reflejados son para el caso 2.
Estas intensidades variarán dependiendo del tipo de actuación.
Estas ayudas están sujetas a los límites de la norma "de mínimis" (en general, máx.: 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante 3 años, 100.000 euros para el sector de transporte).
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con cualesquiera otras ayudas otorgadas por otras entidades u organismos, salvo con las concedidas por idéntico concepto al amparo de convenios u otras órdenes de ayudas gestionadas por la Dirección de Turismo.
NOTA INTERNA: el presupuesto total para el año 2011 es de 1 millón de euros.
El plazo de resolución finalizará el 23/01/12 (6 meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de las ayudas).
La justificación se realizará antes del 31/12/11.
Localización del proyecto:
País Vasco
España
Localización del beneficiario:
País Vasco
España

Boletín: Boletín Oficial del País Vasco
FechaNormaContenidoPáginas
20/01/2012Resolución de 12/12/2011 Concesión de las ayudas de la O. 05/07/111-2 (317)
09/08/2011Anuncio de 00/00/0000 Corrección de errores de la O. 05/07/111-5 (3888)
22/07/2011Resolución de 22/07/2011 Convocatoria para el año 20111-2 (3702)
21/07/2011Orden autonómica de 05/07/2011 Bases reguladoras para el año 2011. Se derogan las O. 17/05/06 y modificaciones.1-27 (3667)
10/02/2011Resolución de 10/01/2011 Concesión de ayudas de la O. 17/05/06
24/12/2010Resolución de 08/11/2010 Se publica el aumento de la dotación presupuestaria de la R.02/07/10
05/07/2010Resolución de 02/07/2010 Convocatoria para 2010 de la O. 17/05/101-3 (3270)
01/07/2010Orden autonómica de 10/06/2010 Tercera modificación parcialmente de las bases de la O.17/05/061-7 (3218)
05/03/2010Resolución de 27/01/2010 Concesión de ayudas de la O. 04/02/09 para el año 20091-4 (1236)
03/03/2009Resolución de 02/03/2009 Convocatoria para el año 20091-2 (1167)
27/02/2009Orden autonómica de 04/02/2009 Se modifica la O.17/05/061-3 (1089)
07/01/2009Resolución de 10/12/2008 Concesión de la O.17/05/061-4 (47)
17/10/2008Resolución de 30/09/2008 Se aumenta el presupuesto de la R.26/02/0825436
28/03/2008Resolución de 26/02/2008 Convocatoria para el año 20087181-7182 (1817)
26/03/2008Orden autonómica de 25/02/2008 Se modifica la O.17/05/066545-6546 (1740)
21/01/2008Resolución de 21/12/2007 Concesión de la O.17/05/061170-1173 (379)
05/10/2007Decreto de 25/09/2007 Se modifica el artículo 15 del D.121/2000, de 27/06/0022542-22545 (5436)
13/06/2007Resolución de 30/05/2007 Convocatoria para el año 200713805-13806
02/06/2006Resolución de 18/05/2006 Convocatoria para el año 200611209-11210 (2862)
01/06/2006Orden autonómica de 17/05/2006 Bases reguladoras11077-11090 (2824)
02/03/2006Resolución de 06/02/2006 Concesión de la O.16/04/033849-3851
11/10/2005Resolución de 12/09/2005 Se hace público el aumento de recursos de la O.16/04/0318132-18133 (5013)
06/05/2005Resolución de 06/05/2005 Convocatoria para el año 20057862-7864 (2264)
04/01/2005Resolución de 02/12/2004 Se aumenta los recursos de la O.16/04/0367-68 (28)
02/04/2004Resolución de 31/03/2004 Convocatoria para el año 20046625-6626 (1772)
02/04/2004Resolución de 17/02/2004 Concesión de la O.16/04/036620-6621 (1769)
31/12/2003Orden autonómica de 23/12/2003 Se modifica la cuantía de la O.16/04/0325651-25652 (7163)
22/05/2003Resolución de 22/04/2003 Convocatoria para el año 20039081-9082 (2897)
21/05/2003Orden autonómica de 16/04/2003 Bases reguladoras8932-8944 (2868)
14/03/2002Resolución de 13/03/2002 Convocatoria para el año 20024636-4638 (1659)
18/07/2001 Corrección de errores de la R. 27/02/0114174-14175 (4127)
07/03/2001Resolución de 27/02/2001 Bases y convocatoria para el año 20014510-4512
27/12/2000Orden autonómica de 05/12/2000 Modifica el anexo I de la O.05/12/200023143-23144 (5803)
30/06/2000Orden autonómica de 30/06/2000 Bases reguladoras11451-11462 (2834)
30/06/2000Resolución de 30/06/2000 Convocatoria para el año 200011592-11594 (2849)
30/06/2000Decreto de 27/06/2000 Bases reguladoras11421-11441 (2832)

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