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Subvenciones y ayudas

Ayudas para diagnóstico tutelado y apoyo a la incorporación del diseño
Inicio convocatoria: 31/08/2011Final convocatoria: 28/10/2011
Organismo otorgante:
Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER) / Cnj. Industria, Innovación y Empleo / Gobierno de La Rioja
Acciones subvencionables:
Ayudas para el programa de diagnóstico tutelado y apoyo a la incorporación del diseño.

Actuaciones subvencionables:

  1. Programa de diagnóstico inicial de diseño.
  2. Programa de diseño gráfico.
  3. Programa de diseño de interiores.
  4. Programa de diseño de producto.

Fin de la inversión: 31/12/2011
Inversión máxima: 250.000,00 € Inversión mínima: 3.000,00 € 
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 45,00 %
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables:
  • para el caso 1: contratación de asesoramiento externo para la realización de diagnósticos iniciales de diseño.
  • para el caso 2: contratación de asesoramiento externo para la realización de imagen corporativa, incluido el rediseño; contratación de asesoramiento externo para la realización de desarrollo del manual de imagen corporativa; registro de marca y logotipo; gastos de marcas nacionales emitidas por la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), correspondientes a la solicitud de registro; contratación de asesoramiento externo para la realización de catálogo, incluidas las fotografías; contratación de asesoramiento externo para la realización de diseño de elementos publicitarios; contratación de asesoramiento externo para la realización de diseño de envase y embalaje, incluidos elementos gráficos; contratación de asesoramiento externo para la realización de elementos de promoción en punto de venta con visualización (display).
  • para el caso 3: contratación de asesoramiento externo para la realización de demostraciones propias (Stand y Showroom).
  • para el caso 4: contratación de asesoramiento externo para el diseño de producto, hasta la obtención del prototipo.
NO serán subvencionables:
  • para el caso 1: gastos rutinarios prestados a las Pymes o relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa; impresión y reimpresión de material ya existente; autofacturación por estos conceptos; regalos de empresa; descuentos realizados por cualquier motivo; reuniones, seminarios, viajes-obsequio y similares de representantes o comerciales de la empresa; gastos financieros; de asesoría jurídica o financiera; notariales; periciales para la realización del proyecto subvencionado; administración específicos; garantía bancaria; intereses deudores de las cuentas bancarias; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; gastos de procedimientos judiciales; tributos; y los costes indirectos.
  • para el caso 2: gastos de renovación de marcas o los ocasionados por procesos judiciales para defender una marca; rediseño de catálogo; inserción de publicidad gráfica en medios de comunicación o similares; adquisición, realización o modificación de moldes y hormas tanto inventariables como no inventariables, ni la adquisición de utillaje; realización del producto diseñado.

Información adicional:
BENEFICIARIOS: pymes, a excepción del comercio al por menor.
CUANTÍA: la inversiones reflejadas es para el caso 4, estos importes variarán según el tipo de ayuda.
En el caso 1, podrá ser subvencionable hasta un 100% del coste.
Las ayudas están sujetas a los límites "de mínimis" (en general, máx. 200.000 euros de ayuda por beneficiarios durante 3 años, 100.000 euros para el sector del transporte y 30.000 para el del pesca y acuicultura).
RESTRICCIONES: quedan excluidas las pymes de los sectores de comercio al por menor; publicidad y estudios de mercado; y actividades de diseño especializado.
El plazo máximo para la realización de la inversión subvencionable será hasta el 31 de diciembre del año en que se presente la solicitud.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán incompatibles para la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
NOTA INTERNA: las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en un 50%.
El presupuesto total es de 700.000 (350.000 euros para el 2012; 290.000 euros para el 2013 y 70.000 euros para el 2014).
El plazo de justificación será de hasta 12 meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión de beneficios.
Localización del proyecto:
Rioja (La)
España
Localización del beneficiario:
Rioja (La)
España

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja
FechaNormaContenidoPáginas
02/01/2012Orden autonómica de 23/12/2011 Se modifica la O. 4/2011, de 11/02/114-5
31/08/2011Resolución de 29/08/2011 Segunda convocatoria para el año 20117228-7231
21/02/2011Resolución de 17/02/2011 Convocatoria para el año 20112178-2181
16/02/2011Orden autonómica de 11/02/2011 Bases reguladoras para el año 20111750-1757
12/07/2010Resolución de 05/07/2010 Segunda convocatoria para el año 20109682-9685
12/02/2010Resolución de 01/02/2010 Convocatoria para el año 20101556-1558
16/02/2009Orden autonómica de 12/02/2009 Se modifica la O.14/2008, de 03/06/081894-1896
16/02/2009Resolución de 12/02/2009 Convocatoria para el año 20091932-1935
15/12/2008 Corrección de errores en el texto de la O.14/2008, de 03/06/0811003
07/06/2008Resolución de 06/06/2008 Convocatoria para el año 20083971-3972
07/06/2008Orden autonómica de 03/06/2008 Bases reguladoras3934-3937

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