 | | Inicio convocatoria: 31/12/2011 | Final convocatoria: 29/02/2012 | Organismo otorgante: Cnj. Fomento / Junta de Castilla La Mancha
| Acciones subvencionables: Ayudas para el incremento de la eficiencia energética en:
- Línea 1: Sector Público:
- programa 1.1: renovación del alumbrado público exterior.
- programa 1.2: auditorías de las instalaciones de alumbrado público exterior.
- programa 1.3: mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de potabilización, abastecimiento y depuración de aguas residuales.
- Línea 2: Sector Industrial y de Cogeneración:
- programa 2.1: mejora la eficiencia energética en instalaciones del proceso productivo industrial.
- programa 2.2: estudios de viabilidad para cogeneraciones.
- programa 2.3: instalaciones de cogeneración.
- programa 2.4: auditorías energéticas en la industria.
- Línea 3: Sector de la Edificación:
- programa 3.1: rehabilitación de la envolvente térmica.
- programa 3.2: mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas.
- programa 3.3: mejora de las instalaciones de iluminación interior.
- programa 3.4: auditorías en la edificación pública.
| | | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 40,00 % ó 100.000,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables:
- para el caso 1.1: sistemas de regulación del flujo luminoso; sustitución de luminarias por otras de alta eficiencia y bajo índice de contaminación lumínica; sustitución de lámparas de vapor de mercurio y equipo auxiliar por otras de vapor de sodio y equipo auxiliar; instalación de sistemas de encendido y apagado por relojes astrónomicos que permitan una reducción de consumo de energía; instalación de sistemas de control y gestión cenralizada con telemando que supongan una gestión energética más eficiente.
- para el caso 1.2: costes de la realización de los estudios o auditorias con la toma de datos y confección de la documentación correspondiente.
- para el caso 1.3: regulación electrónica de motores en abastecimiento y potabilización; regulación electrónica de motores en depuración; control de nivel de oxígeno en aireación de depuradoras.
- para el caso 2.1: inversiones en equipos, nuevas instalaciones y sistemas de consumo y/o transformación de energía, en el proceso productivo; proyectos técnicos necesarios al efecto, su montaje y puesta en marcha y la obra civil asociada al proyecto.
- para el caso 2.2: la realización de estudios o auditorías con la toma de datos y confección de la documentación correspondiente.
- para el caso 2.3: nuevos activos fijos, equipos y sistemas en plantas de cogeneración de alta eficiencia, incluidos, en su caso, sistemas de frío; los costes
correspondientes a la realización de los proyectos de ingeniería y hasta un máximo del 10% de la obra civil asociada al proyecto.
- para el caso 2.4: costes derivados de la realización de dichas auditorías, toma de datos y
confección de la documentación técnica correspondiente.
- para el caso 3.1: costes asociados directamente a la ejecución de las actuaciones, incluyendo la obra civil asociada.
- para el caso 3.2: sustitución de equipos de producción de frío convencionales por sistemas de climatización de gas mediante tecnología por absorción; sustitución de equipos de producción de frío y calor por otros; sustitución de equipos de movimiento de los fluidos portadores por otros; sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior y de recuperación del calor del aire de extracción; sistemas que combinen equipos convencionales con técnicas evaporativas que reduzcan el consumo de energía de la instalación; sistemas de control y regulación de equipos y/o instalaciones que ahorren energía; las nuevas instalaciones de sistemas centralizados de calefacción y refrigeración urbana o que den servicio a varios edificios, así como la reforma y ampliación de las existentes.
- para el caso 3.3: luminarias, lámparas y equipos; sistemas de control local o remoto de encendido y regulación del nivel de iluminación; cambio del sistema de iluminación; implantación de sistemas de monitorización que permitan conocer en todo momento las condiciones de confort y la idoneidad de las actuaciones realizadas a favor de la mejora de la eficiencia energética.
- para el caso 3.4: estudios o auditorias con la toma de datos y confección de la documentación técnica correspondiente.
NO serán subvencionables: impuestos directos; impuestos indirectos; tasas y costes de carácter tributario; obra civil no asociada al proyecto; la realización de las memorias o proyectos técnicos salvo que expresamente se indique lo contrario.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: para el caso 1, diputaciones provinciales,
ayuntamientos y entidades locales de ámbito inferior al municipio. Para el caso 1.3, además de los anteriores, las empresas públicas y privadas encargadas de la explotación de la gestión de las plantas. Para el caso 2.1 empresas privadas de carácter industrial, así como aquellas otras cuya actividad principal sea la transformación o modificación de productos o bienes. Para el caso 2.2, empresas privadas del sector industrial, servicios y tratamiento de residuos industriales. Para el caso 2.3, empresas privadas del sector terciario, quedando excluidas las del sector industrial. Para el caso 3, diputaciones provinciales, ayuntamientos y entidades locales de ámbito inferior al municipio. Para el caso 3.4, personas físicas o jurídicas, incluidas comunidades de propietarios y entidades sin ánimo de lucro.
CUANTIA: la cuantía y el porcentaje reflejados son para el caso 1.1, estas cantidades variarán según el tipo de ayuda. Las ayudas están sujetas a los límites de la norma "de mínimis" (en general, máx. 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante tres años).
RESTRICCIONES: solamente podrá concederse una subvención por solicitante y modalidad de proyecto.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con otras para la misma finalidad, siempre que no supere el coste de la inversión subvencionable, ni los límites establecidos para las
ayudas de mínimis a las empresas en la normativa europea vigente. Estas ayudas son incompatibles con otras para la misma finalidad que otorgue la Junta de Castilla La Mancha.
NOTA INTERNA: las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. El presupuesto total para el año 2012 es de 3.654.105 euros. El plazo de resolución finalizará el 30/06/12 (6 meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria). El plazo de justificación finalizará el 15/11/12.
| Localización del proyecto: Castilla-La Mancha España
| Localización del beneficiario: Castilla-La Mancha España
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Boletín: Diario Oficial de Castilla la Mancha
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 30/01/2012 | Resolución de 20/01/2012 | Se amplía el plazo de solicitud de la R. 23/12/11 | 3588
| | 20/01/2012 | Anuncio de 00/00/0000 | Correccion de errores en el texto de la O. 23/12/11 | 1393-1394
| | 30/12/2011 | Orden autonómica de 23/12/2011 | Bases reguladoras. Deroga la O. 31/07/08 | 43116-43132
| | 30/12/2011 | Resolución de 23/12/2011 | Convocatoria para el año 2012 | 43133-43151
| | 28/10/2011 | Resolución de 17/10/2011 | Concesión de las ayudas de la R. 30/07/10 | 35816-35823
| | 06/09/2010 | Anuncio de 00/00/0000 | Corrección de errores por falta de anexos en la R.30/07/10 | 40751-40764
| | 30/08/2010 | Orden autonómica de 28/07/2010 | Se modifica varios artículos de la O.31/07/08 | 40090-40092
| | 30/08/2010 | Resolución de 30/07/2010 | Convocatoria para el año 2010 | 40093-40096
| | 29/07/2010 | Resolución de 19/07/2010 | Concesión de ayudas de la R. 19/08/09 | 35775-35781
| | 22/10/2009 | Resolución de 15/10/2009 | Concesión de la R.01/08/08 | 44306-44314
| | 28/08/2009 | Orden autonómica de 18/08/2009 | Se modifica parcialmente las bases de la O.31/07/2008 | 36836-36843
| | 28/08/2009 | Resolución de 19/08/2009 | Convocatoria para el año 2009 | 36848-36863
| | 05/11/2008 | Resolución de 23/10/2008 | Se modifica parcialmente la R.01/08/08 | 35616-35617
| | 29/08/2008 | Orden autonómica de 31/07/2008 | Bases reguladoras | 27788-27799
| | 29/08/2008 | Resolución de 01/08/2008 | Convocatoria para el año 2008 | 27799-27812
| | 21/01/2008 | Resolución de 04/01/2008 | Concesión de la O.22/11/06 | 1204-1207
| | 10/08/2007 | Orden autonómica de 06/08/2007 | Bases y convocatoria para el año 2007 | 20468-20486
| | 13/04/2007 | Orden autonómica de 28/03/2007 | Se modifican las cuantías de la O.22/11/06 | 9430-9432
| | 22/12/2006 | | Corrección de errores en el texto de la O.22/11/06 | 28286
| | 13/12/2006 | | Corrección de errores en el texto de la O.22/11/06 | 27462
| | 27/11/2006 | Orden autonómica de 22/11/2006 | Bases y convocatoria para el año 2007 | 25741-25759
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