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Subvenciones y ayudas

Ayudas a empresas artesanas - Madrid
Inicio convocatoria: 25/01/2012Final convocatoria: 24/02/2012
Organismo otorgante:
Cnj. Economía y Hacienda / Gobierno de Madrid
Acciones subvencionables:
Ayudas a pymes artesanas para contribuir a la modernización de sus estructuras y equipamientos, a la promoción comercial de sus productos y a la formación, dentro de las actividades y oficios artesanos.

Serán subvencionables:

  1. Proyectos de inversión.
  2. Actividades de promoción y formación.

Inicio de la inversión: 16/06/2011Fin de la inversión: 15/06/2012
Son subvencionables los pagos efectuados  0000-00-002012-06-30hasta 30/06/2012 
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 50,00 % ó 7.000,00 € 
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables:
  • para el caso 1: obras de apertura, o reforma integral del taller, o bien, resto de obras consistentes en la realización de actuaciones de reforma de las instalaciones; adquisición, montaje e instalación de maquinaria específica y la adquisición de equipamiento informático o tecnológico.
  • para el caso 2: participación en ferias de artesanía o sectoriales de carácter internacional o celebradas fuera del territorio nacional; participación en el resto de ferias de artesanía o sectoriales y exposiciones; elaboración de material promocional (catálogos, material audiovisual) e implantación de nuevas tecnologías (páginas web); inserción de publicidad en medios; incorporación del diseño al producto artesano; integración en portales o plataformas agrupadas de Internet; asistencia a cursos de formación y capacitación técnica.

Información adicional:
BENEFICIARIOS: pymes artesanas que tengan domicilio social y desarrollen su actividad en Madrid.
CUANTIA: las ayudas consistirán en subvenciones directas de hasta un máximo del 50% del presupuesto aceptado, con un límite de 5.000 euros para proyectos de inversión y de 7.000 euros para actividades de promoción y formación.
Las ayudas están sujetas a los límites establecidos por la norma comunitaria de "mínimis" (máx. 200.000 euros por beneficiario durante tres años).
RESTRICCIONES: el beneficiario podrá subcontratar totalmente la actividad subvencionada (exceptuando la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario por la realización por sí mismo de la actividad subvencionada).
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán incompatibles con otras para la misma finalidad.
El peticionario deberá declarar las ayudas que haya solicitado u obtenido para la misma finalidad.
NOTA INTERNA: las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
El presupuesto total para el año 2012 es de 206.300 euros.
El plazo de resolución finaliza el 24/10/2012.
El plazo de justificación finaliza en el plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la concesión.
Localización del proyecto:
Madrid
España
Localización del beneficiario:
Madrid
España

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
FechaNormaContenidoPáginas
24/01/2012Orden autonómica de 31/12/2011 Bases y convocatoria para el año 201247-68 (17)
21/09/2011Resolución de 30/08/2011 Concesión de las ayudas del 2º trimestre de 201111-15 (3)
24/01/2011Orden autonómica de 21/12/2010 Se modifica parcialmente las bases de la O.3804/2007, de 18/12/0798-121 (12)
10/11/2010Resolución de 14/10/2010 Concesion de ayudas de varias órdenes156-158 (11)
13/08/2010Resolución de 08/07/2010 Concesión del segundo trimestre del año 201049-54 (21)
15/01/2010Orden autonómica de 21/12/2009 Modifica y convoca para 2010 la O. 3804/2007, de 18/12/0728-43
06/08/2009Resolución de 01/07/2009 Concesión de ayudas de varias órdenes durante el 2º trimestre del 200926-32 (2647)
25/02/2009Orden autonómica de 09/02/2009 Se modifica la O.3804/2007 y se convoca para el año 200923-38 (612)
09/01/2008Orden autonómica de 18/12/2007 Bases y convocatoria para el año 200826-38 (83)
26/02/2007Resolución de 26/01/2007 Concesión de varias ordenes32-33
10/01/2007Orden autonómica de 20/12/2006 Convocatoria para el año 200723-34 (101)
16/01/2006 Corrección por omisión de los anexos IV y V de la O.8968/2005, de 22/12/0523-25 (164)
09/01/2006Orden autonómica de 22/12/2005 Bases y convocatoria para el año 200650-60 (72)
16/11/2005Resolución de 26/10/2005 Concesión de la O.99/2005, 11432/2004, 11433/2004, 100/2005, etc.18-21 (3647)
04/01/2005Orden autonómica de 29/12/2004 Bases y convocatoria para el año 200520-30 (32)
04/01/2005Orden autonómica de 29/12/2004 Bases y convocatoria para el año 200511-19 (31)
25/03/2004Orden autonómica de 12/03/2004 Bases y convocatoria para el año 200425-36 (937)
22/01/2003Orden autonómica de 03/01/2003 Bases y convocatoria para el año 200324-34 (237)
14/02/2002Orden autonómica de 08/02/2002 Bases y convocatoria para el año 200229-39 (551)
07/03/2001 Corrección de errores de la O.1561/2001 de 21/02/0116 (890)
27/02/2001Orden autonómica de 21/02/2001 Bases y convocatoria para el año 200135-46 (787)
14/02/2000Orden autonómica de 02/02/2000 Bases y convocatoria para el año 200037-26 (417)

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