 | | Inicio convocatoria: 22/03/2011 | Final convocatoria: 30/11/2011 | Organismo otorgante: Cnj. Universidades, Empresa e Investigación / Gobierno de Murcia
| Acciones subvencionables: Ayudas para facilitar a las empresas de Murcia, especialmente a las Pymes, el acceso a préstamos avalados por una Sociedad de Garantía Recíproca, para la realización de inversiones de creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, o la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio fundamental en el proceso de producción global de un establecimiento existente.
| | | Tipo de subvención: | Anticipos reembolsables y préstamos
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| Gastos subvencionables: Serán subvencionables: activos fijos productivos (nuevos y de segunda mano); vehículos turismos -excepto para empresas del sector transporte- cuyo precio (IVA incluido) no supere los 30.000 EUROS ; adquisición de empresas; para planes o actuaciones de internacionalización (costes considerados como elegibles y subvencionados por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia o por el Instituto de Comercio Exterior (ICEX)).
NO serán subvencionables: IVA, reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión y el circulante y los elementos de transporte de mercancías por carretera.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: empresas.
Se excluyen como beneficiarios las empresas de producción primaria de ciertos productos agrícolas, las de pesca y acuicultura y las actividades relacionadas con la exportación.
También quedan excluidas las empresas en situación de crisis (con ciertas excepciones), las que estén que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente.
CUANTIA: la ayuda consistirá en la subsidiación del coste del aval del 1,5% anual sobre el saldo anual vivo hasta un máximo de las 15 primeras anualidades de amortización de la operación de préstamo avalado.
RESTRICCIONES: NO podrán ser objeto de ayuda aquellos proyectos cuyos costes subvencionables sean iguales o superiores a 50 millones de euros.
La actividad subvencionada deberá mantenerse en funcionamiento durante, al menos, 5 años y los bienes subvencionados deben destinarse al mismo fin durante el mismo período mínimo.
La inversión no podrá estar iniciada antes del 01/01/09, ni finalizada en el momento de solicitud y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses desde la fecha de la firma de la financiación.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con otras ayudas, incluidas las de minimis, siempre que no exceda el límite de intensidad más elevado o el mayor importe de subvención aplicable. Serán incompatibles con las ayudas del Instituto de Fomento cofinanciadas a través del Fondo FEDER, con otras líneas financieras regionales, nacionales o comunitarias que
estén financiadas por otros fondos estructurales distintos del FEDER, por otro objetivo o por otro Programa Operativo.
NOTA INTERNA: las ayudas están cofinanciadas por los fondos FEDER, en un 70%.
El presupuesto total para el año 2011 es de 2.200.000 euros. El plazo de resolución será de 2 meses a partir de la presentación de la solicitud.
El plazo de justificación será de un año a partir de la notificación de la concesión de la ayuda para la ejecución y pago de los proyectos presentados.
La solicitud se puede presentar telemáticamente a través del area de tramitación electrónicadel portal del IFRM.
| Localización del proyecto: Murcia (Región de) España
| Localización del beneficiario: Murcia (Región de) España
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Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 08/11/2011 | Orden autonómica de 02/11/2011 | Se modifica la O. 15/03/11 y se convoca para el año 2011 | 41388-41393 (16836)
| | 30/06/2011 | Orden autonómica de 22/06/2011 | Se modifica la O. 15/03/11 | 30498-30503 (10479)
| | 21/03/2011 | Orden autonómica de 15/03/2011 | Bases y convocatoria para el año 2011 | 12467-12490 (4235)
| | 19/02/2011 | Resolución de 31/01/2011 | Concesión del cuarto trimestre de 2010 | 7081-7096 (2494)
| | 16/04/2010 | Resolución de 19/02/2010 | Concesión de ayudas durante el cuarto trimestre de 2009 | 18907-18928 (6474)
| | 15/04/2010 | | Corrección de errores de la O. 15/02/10 | 18786 (6411)
| | 27/03/2010 | | Correcciones del texto en la O.15/02/10 | 15618-15620 (5396)
| | 17/02/2010 | Orden autonómica de 15/02/2010 | Bases y convocatoria para el año 2010 | 7721-7791 (2555)
| | 31/12/2009 | Resolución de 27/12/2009 | Ampliación de presupuesto de la O. 27/01/09 | 69119 (20466)
| | 08/08/2009 | Orden autonómica de 31/07/2009 | Se modifica la O.27/01/09 | 44953-44966 (13144)
| | 31/01/2009 | Orden autonómica de 27/01/2009 | Bases y convocatoria para el año 2009 | 3272-3300 (1305)
| | 22/02/2007 | Orden autonómica de 15/02/2007 | Bases y convocatoria para el año 2007 | 5815-5839
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