 | | Inicio convocatoria: 18/02/2010 | Final convocatoria: 29/10/2010 | Organismo otorgante: Cnj. Universidades, Empresa e Investigación / Gobierno de Murcia
| Acciones subvencionables: Ayudas para:
- Fomentar la ejecución de Obras de Urbanización de suelo industrial, en Actuaciones que desarrollen nuevos Polígonos y Parques Empresariales, propuestos en las Directrices y Plan de Ordenación Territorial del Suelo Industrial de la Región de Murcia; y que deberán contar con planeamiento ya aprobado definitivamente (incluidos Proyectos de urbanización y reparcelación), y con obras sin iniciar.
- Fomentar la Mejora Funcional y de Equipamientos prioritarios para el desarrollo de las actividades empresariales de Polígonos y Parques Empresariales existentes, mediante:
- Obras de Rehabilitación de la urbanización, dirigidas a la modernización y/o adecuación, en polígonos ya existentes.
- Edificación, Equipamiento, y Rehabilitación de edificios y/o locales de servicio, destinadas a empresas del Polígono, incluyendo tanto la rehabilitación de Edificios/locales existentes, como la modernización de sus equipamientos.
- Ejecución de Nuevas Instalaciones (y/o modernización de las existentes), y entendidas como aquellas que no están contenidas en un Proyecto de Urbanización, destinadas a prestar Nuevos Servicios a las empresas del Polígono
| | | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido Anticipos reembolsables y préstamos
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 50,00 % | | Ayuda mínima: 45,00 % ó | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables:
Para el caso 1, los activos fijos nuevos (inversiones para la ejecución de dichas obras de urbanización).
Para el caso 2, las obras de rehabilitación para la modernización y/o adecuación, en polígonos ya existentes en el caso 2.1; la construcción (obra civil) y el equipamiento (mobiliario, ofimática) en el caso 2.2; y los activos fijos nuevos (inversiones para la ejecución de nuevas instalaciones) en el caso 2.3.
NO serán subvencionables:
Para el caso 1, la de adquisición de terrenos y las inversiones de sustitución, como la reposición de infraestructuras; en ningún caso serán subvencionable el IVA.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: administraciones locales, sociedades públicas y entidades gestoras de polígonos y parques industriales (esta última sólo para el caso 2).
CUANTIA: los porcentaje de ayuda reflejados son límites en términos de subvención bruta de la inversión subvencionable para pequeñas empresas, pero serán del 35% como mínimo y del 40% como máximo para las medianas y del 25% como mínimo y del 30% como máximo para las grandes.
La ayuda para un beneficiario no podrá superar los 200.000 euros por programa y convocatoria.
RESTRICCIONES: para ser elegibles, los proyectos deben autofinanciarse, al menos, en un 25% y NO deben haberse iniciado antes de la solicitud. Además, los proyectos deberán localizarse en áreas de actividad económica programadas al efecto por la autoridad competente.
La actividad subvencionada deberá mantenerse en funcionamiento durante, al menos, 5 años y los bienes subvencionados deben destinarse al mismo fin durante el mismo período mínimo.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas podrán acumularse entre sí, siempre que estén referidas a costes subvencionables diferentes.
También serán compatibles con otras ayudas financieras, siempre y cuando la suma de todas ellas no exceda el límite de intensidad más elevado previsto en ellas ni el tope regional.
Serán incompatibles con las que estén financiadas por otros fondos estructurales distintos del FEDER, por otro objetivo o por otro Programa Operativo.
En ningún caso podrá superar, aisladamente o en concurrencia, el coste total de la actividad.
Estas ayudas están sujetas al Reglamento general de exención por categorías.
NOTA INTERNA: las ayudas están cofinanciadas por los fondos FEDER en un 70%.
La dotación total del programa de ayudas para empresas para 2010 es de 14.625.000 euros (de los cuales, 1.600.000 euros se destinan al subprograma de equipamientos en el que se enmarca este línea). Esta cuantía podrá incrementarse hasta 6.000.000 euros adicionales.
El plazo de resolución será de 2 meses a partir de la presentación de la solicitud.
El plazo de justificación será de tres meses desde la finalización del plazo de ejecución del proyecto.
La solicitud se puede presentar telemáticamente a través del área de tramitación electrónicadel portal del IFRM.
| Localización del proyecto: Murcia (Región de) España
| Localización del beneficiario: Murcia (Región de) España
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Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 16/04/2010 | Resolución de 19/02/2010 | Concesión de ayudas durante el cuarto trimestre de 2009 | 18907-18928 (6474)
| | 15/04/2010 | | Corrección de errores de la O. 15/02/10 | 18786 (6411)
| | 27/03/2010 | | Correcciones del texto en la O.15/02/10 | 15618-15620 (5396)
| | 17/02/2010 | Orden autonómica de 15/02/2010 | Bases y convocatoria para el año 2010 | 7721-7791 (2555)
| | 31/12/2009 | Resolución de 27/12/2009 | Ampliación de presupuesto de la O. 27/01/09 | 69119 (20466)
| | 08/08/2009 | Orden autonómica de 31/07/2009 | Se modifica la O.27/01/09 | 44953-44966 (13144)
| | 31/01/2009 | Orden autonómica de 27/01/2009 | Bases y convocatoria para el año 2009 | 3272-3300 (1305)
| | 23/02/2008 | Orden autonómica de 18/02/2008 | Bases y convocatoria para el año 2008 | 5610-5632 (2461)
| | 22/02/2007 | Orden autonómica de 15/02/2007 | Bases y convocatoria para el año 2007 | 5815-5839
| | 09/02/2006 | Resolución de 00/00/0000 | Concesión del A.29/12/04 | 4700-4704 (1744)
| | 09/02/2006 | Resolución de 00/00/0000 | Concesión del A.29/12/04 | 4694-4699 (1745)
| | 02/01/2006 | Orden autonómica de 28/12/2005 | Bases y convocatoria para el año 2006 | 3-23 (15198)
| | 21/10/2005 | Resolución de 07/10/2005 | Concesión del A.29/12/04 | 22597-22610 (11790)
| | 08/10/2005 | Acuerdo de 00/00/0000 | Concesión del A.29/12/04 | 21773-21781 (11244)
| | 08/10/2005 | Ley de bases de 00/00/0000 | Concesión del A.29/12/04 | 21782-21785 (11245)
| | 22/01/2005 | Acuerdo de 29/12/2004 | Bases y convocatoria para el año 2005 | 1737-1756 (597)
| | 14/05/2004 | Resolución de 21/04/2004 | Concesiones del primer trimestre del año 2004 | 10454-10456 (5561)
| | 20/02/2004 | Anuncio de 00/00/0000 | Concesión del cuarto trimeste del año 2003 | 3817-3827 (1737)
| | 02/01/2004 | Acuerdo de 17/12/2003 | Bases y convocatoria para el año 2004 | 23-39 (14499)
| | 22/10/2003 | Resolución de 07/10/2003 | Concesión del tercer trimestre del año 2003 | 17049-17052 (11187)
| | 03/01/2003 | Acuerdo de 18/12/2002 | Bases y convocatoria para el año 2003 | 37-52 (13153)
| | 12/01/2002 | Acuerdo de 20/12/2001 | Bases y convocatoria para el año 2002 | 425-436 (147)
| | 02/06/2000 | Acuerdo de 19/05/2000 | Acuerdo por el que se cierra el plazo de admisión de solicitudes | 6598 (6116)
| | 17/02/2000 | Acuerdo de 20/01/2000 | Bases y convocatoria para el año 2000 | 1933-1944 (1663)
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