 | | Inicio convocatoria: 18/02/2010 | Final convocatoria: 29/10/2010 | Organismo otorgante: Cnj. Universidades, Empresa e Investigación / Gobierno de Murcia
| Acciones subvencionables: Ayudas la realización de proyectos que contemplen la implantación de servicios y aplicaciones basadas en tecnologías de la información y las comunicaciones dirigidas a gestionar la empresa y que impliquen un desarrollo y parametrización a medida y personalizada del servicio o aplicación de acuerdo con las características internas de la misma.
ACCIONES SUBVENCIONABLES (orientativo y no exclusivo):
- implantación de software de gestión empresarial avanzado (tipo ERP, BPM, SCM).
- software de gestión de relaciones con clientes (tipo CRM).
- software de gestión de almacenes (tipo SGA).
- software de gestión de flotas de transporte.
- herramientas para la toma de decisiones (tipo BI, BSC).
- intranet/extranet y portales de comercio electrónico.
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| Inversión mínima: 10.000,00 € |
| | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 40,00 % | | Ayuda mínima: 20,00 % ó | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables: activos nuevos para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de uno ya existente, consistentes en: licencias de software; hardware estrictamente necesario e imprescindible para la realización del proyecto; servicios de consultoría para la implantación del proyecto.
NO serán subvencionables: impresoras, portátiles, escáner, cableados, SAI y periféricos en general; mantenimiento y renovación de equipamiento o programas informáticos; adquisición de herramientas para el equipamiento informático; adquisición e implantación de programas comerciales; el IVA.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: pymes.
CUANTIA: los porcentajes de ayuda reflejados son límites en términos de subvención bruta sobre el gasto e inversiones subvencionables aprobados.
La ayuda para un beneficiario no podrá superar los 200.000 euros por programa y convocatoria.
RESTRICCIONES: Se excluyen como beneficiarios las empresas de producción primaria de ciertos productos agrícolas, a la fabricación y comercialización de productos de imitación o sustitución de la leche o los productos lácteos, a la producción de productos del corcho, a la pesca y la acuicultura, a los sectores del carbón y del acero, al transporte (en cuanto a la adquisición de vehículos o flota), a la construcción naval, a la fabricación de fibras sintéticas y las actividades relacionadas con la exportación.
También quedan excluidas las empresas en situación de crisis (con ciertas excepciones), las que estén que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente.
NO podrán ser objeto de ayuda aquellos proyectos cuyos costes subvencionables sean iguales o superiores a 50 millones de euros.
Para ser elegibles, los proyectos deben autofinanciarse, al menos, en un 25% y NO deben haberse iniciado antes de la solicitud.
La actividad subvencionada deberá mantenerse en funcionamiento durante, al menos, 5 años y los bienes subvencionados deben destinarse al mismo fin durante el mismo período mínimo.
El plazo de ejecución y pago del proyecto será de un año a partir de la notificación de concesión.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas podrán acumularse entre sí, siempre que estén referidas a costes subvencionables diferentes.
También serán compatibles con otras ayudas financieras, siempre y cuando la suma de todas ellas no exceda el límite de intensidad más elevado previsto en ellas ni el tope regional.
Serán incompatibles con las que estén financiadas por otros fondos estructurales distintos del FEDER, por otro objetivo o por otro Programa Operativo.
En ningún caso podrá superar, aisladamente o en concurrencia, el coste total de la actividad.
Estas ayudas están sujetas al Reglamento general de exención por categorías.
NOTA INTERNA: las ayudas están cofinanciadas por los fondos FEDER en un 80%.
La dotación total del programa de ayudas para empresas para 2010 es de 14.625.000 euros (de los cuales, 6.025.000 euros se destinan al subprograma de innovación en el que se enmarca este linea). Esta cuantía podrá incrementarse hasta 6.000.000 euros adicionales.
El plazo de resolución será de 2 meses a partir de la presentación de la solicitud.
El plazo de justificación será de 3 meses desde la finalización del plazo de ejecución del proyecto.
La solicitud se debe presentar telemáticamente a través del area de tramitación electrónicadel portal del IFRM.
| Localización del proyecto: Murcia (Región de) España
| Localización del beneficiario: Murcia (Región de) España
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Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 19/02/2011 | Resolución de 31/01/2011 | Concesión del cuarto trimestre de 2010 | 7081-7096 (2494)
| | 16/04/2010 | Resolución de 19/02/2010 | Concesión de ayudas durante el cuarto trimestre de 2009 | 18907-18928 (6474)
| | 15/04/2010 | | Corrección de errores de la O. 15/02/10 | 18786 (6411)
| | 27/03/2010 | | Correcciones del texto en la O.15/02/10 | 15618-15620 (5396)
| | 17/02/2010 | Orden autonómica de 15/02/2010 | Bases y convocatoria para el año 2010 | 7721-7791 (2555)
| | 31/12/2009 | Resolución de 27/12/2009 | Ampliación de presupuesto de la O. 27/01/09 | 69119 (20466)
| | 08/08/2009 | Orden autonómica de 31/07/2009 | Se modifica la O.27/01/09 | 44953-44966 (13144)
| | 31/01/2009 | Orden autonómica de 27/01/2009 | Bases y convocatoria para el año 2009 | 3272-3300 (1305)
| | 23/02/2008 | Orden autonómica de 18/02/2008 | Bases y convocatoria para el año 2008 | 5610-5632 (2461)
| | 22/02/2007 | Orden autonómica de 15/02/2007 | Bases y convocatoria para el año 2007 | 5815-5839
| | 09/02/2006 | Resolución de 00/00/0000 | Concesión del A.29/12/04 | 4700-4704 (1744)
| | 09/02/2006 | Resolución de 00/00/0000 | Concesión del A.29/12/04 | 4694-4699 (1745)
| | 02/01/2006 | Orden autonómica de 28/12/2005 | Bases y convocatoria para el año 2006 | 3-23 (15198)
| | 21/10/2005 | Resolución de 07/10/2005 | Concesión del A.29/12/04 | 22597-22610 (11790)
| | 08/10/2005 | Ley de bases de 00/00/0000 | Concesión del A.29/12/04 | 21782-21785 (11245)
| | 08/10/2005 | Acuerdo de 00/00/0000 | Concesión del A.29/12/04 | 21773-21781 (11244)
| | 22/01/2005 | Acuerdo de 29/12/2004 | Bases y convocatoria para el año 2005 | 1737-1756 (597)
| | 20/02/2004 | Anuncio de 00/00/0000 | Concesión del cuarto trimeste del año 2003 | 3817-3827 (1737)
| | 02/01/2004 | Acuerdo de 17/12/2003 | Bases y convocatoria para el año 2004 | 23-39 (14499)
| | 22/10/2003 | Resolución de 07/10/2003 | Concesión del tercer trimestre del año 2003 | 17049-17052 (11187)
| | 03/01/2003 | Acuerdo de 18/12/2002 | Bases y convocatoria para el año 2003 | 37-52 (13153)
| | 12/01/2002 | Acuerdo de 20/12/2001 | Bases y convocatoria para el año 2002 | 425-436 (147)
| | 23/03/2001 | Acuerdo de 26/02/2001 | Bases y convocatoria para el año 2001 | 4609-4619
| | 17/02/2000 | Acuerdo de 20/01/2000 | Bases y convocatoria para el año 2000 | 1933-1944 (1663)
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