 | | Inicio convocatoria: 03/12/2011 | Final convocatoria: 30/12/2011 | Organismo otorgante: Dpto. Empresa y Empleo / Generalitat de Cataluña
| Acciones subvencionables: Ayudas para:
- Instalaciones de aprovechamiento de biomasa leñosa para calefacción de viviendas.
- Instalaciones de aprovechamiento de la energía solar mediante captadores solares térmicos para cualquier tipo de aplicación con aprovechamiento térmico.
- Instalaciones de energía solar fotovoltaica o instalaciones de energía solar fotovoltaica hibridadas con energía eólica aisladas de la red eléctrica.
- Instalaciones de aprovechamiento de biomasa leñosa para usos térmicos.
- Instalaciones de producción y aprovechamiento energético del biogás generado a partir del proceso biológico de la digestión anaerobia.
- Instalaciones de aprovechamiento de la energía geotérmica, por consumo en el sector doméstico, industrial o de servicios, ya sea por red de distribución, para climatizar utilizando bombas de calor que intercambien con el subsuelo, ya sea circuito abierto o cerrado, tanto para instalaciones existentes que se reformen como para nuevas.
- Sistemas de telemonitorización y/o visualización de la producción energética en instalaciones de energía solar térmica.
| | Inicio de la inversión: 01/01/2011 | Fin de la inversión: 31/07/2012 |
| | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: ó 300.000,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables:
- para el caso 1, sistema de almacenamiento de la biomasa; sistema de alimentación de la biomasa; sistema de producción de calor con biomasa (equipos productores de calor y accesorios); sistema hidráulico (válvulas, codos, bombas, cañerías, etc.) no asociado en
la caldera de biomasa y que no forme parte del sistema de calefacción interno del edificio ni de una red externa de cañerías; sistemas eléctrico, de control y de monitoreo; obra civil.
- para el caso 2, coste de los equipos e instalaciones que forman parte del equipo; montaje y conexión del conjunto; obra civil asociada; diseño de ingeniería de la instalación, dirección de obra, puesta en marcha, documentación técnica, manuales de uso y operación y tramitaciones de permisos.
- para el caso 3, coste de los equipos e instalaciones; los módulos fotovoltaicos y/o los aerogeneradores si hace falta, las baterías, si hay, los reguladores, convertidores, líneas
eléctricas y conexiones, así como obra civil asociada, puesta en marcha, dirección e ingeniería de proyecto, documentación técnica, manuales de uso y operación, y tramitación de permisos.
- para el caso 4, sistema de almacenamiento de la biomasa; sistema de alimentación de la biomasa; sistema de producción de calor con biomasa (equipos productores de calor y accesorios); sistema hidráulico (válvulas, codos, bombas, cañerías, etc.) que no forme
parte del sistema de calefacción interno del edificio; sistema de producción de frío (máquinas de absorción y accesorios); sólo en el caso de corporaciones locales, sistema de distribución de calor (red de cañerías externa en los edificios); sistemas eléctrico, de control y monitoreo; obra civil; instalación, montaje y transporte de los equipos en la obra; estudios, proyectos y dirección de obra.
- para el caso 5, sistema de alimentación y almacenaje de residuos o subproductos orgánicos; sistema de digestión anaerobia para la producción de biogás; sistema de valoración energética del biogás para la producción térmica y/o
eléctrica; sistemas eléctrico, de control y monitorización de la instalación; obra civil (excavaciones, cimientos, zanjas, urbanización, edificios...); conexión en la red eléctrica.
- para el caso 6, inversiones correspondientes a la realización de los proyectos de ingeniería, perforación y obra civil asociada al proyecto, sistemas de
captación (incluyendo la reinyección), aprovechamiento del recurso geotérmico y, en general, cualquier elemento que sea indispensable para la consecución de los objetivos energéticos que se persiguen con la instalación.
- para el caso 7, coste de inversión adicional sobre el sistema de control existente o previsto (según el caso) donde se recojan los equipos necesarios por
la telemonitorización; adquisición de datos, visualización y comunicación con las instalaciones, así como el coste del servicio de seguimiento y supervisión de la instalación durante el periodo de al menos 2 años.
NO serán subvencionables:
- para el caso 1, costes asociados al montaje, transporte e instalación de los equipos; equipos y accesorios que formen parte del sistema de calefacción interno del edificio (radiadores, cañerías, válvulas, etc.); equipos y accesorios que formen parte de una red de cañerías externa en el edificio (cañerías, codos, válvulas, etc.)
- para el caso 4, coste subvencionable los equipos y accesorios que formen parte del sistema de calefacción interno de los edificios (radiadores,
cañerías, válvulas, etc.).
- para el caso 6, costes asociados a los equipos y sistemas que formen parte del
sistema de climatización interno del edificio (tierra radiante, techo radiante, fancoils o unidades terminales de distribución de aire climatizado, radiadores, cañerías, válvulas y dispositivos de regulación o de contaje, etc.)
| Información adicional: BENEFICIARIOS: para el caso 1, familias. Para el caso 2, empresas privadas; familias; otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos; corporaciones locales; fundaciones y otros entes dependientes de corporaciones locales. Para el caso 3, empresas privadas; familias y otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos; fundaciones y corporaciones locales. Para el caso 4, empresas privadas; otras instituciones sin finalidad de lucro y otros entes corporativos; corporaciones locales; fundaciones y consorcios dependientes de corporaciones locales. Para el caso 5, empresas privadas. Para el caso 6, familias; otras instituciones sin finalidad de lucro y otros entes corporativos; corporaciones locales; otros entes dependientes de corporaciones locales; fundaciones y consorcios dependientes de corporaciones locales. Para el caso 7, empresas privadas y corporaciones locales.
CUANTIA: el importe reflejado máximo es para todas las líneas. Según las actuaciones subvencionables variará la cuantía y el porcentaje.
RESTRICCIONES: las actuaciones tienen que haber sido realizadas en el periodo comprendido entre
el 01/01/11 y el 31/07/12, excepto las actuaciones de instalaciones de producción y aprovechamiento energético del biogás, será desde el 01/01/11 y el 30/09/12. El beneficiario deberá destinar los bienes a la finalidad concreta de la subvención durante un período mínimo de 5 años.
No serán subvencionables los proyectos que consistas en una adecuación de la empresa a normas comunitarias ya aprobadas que todavía no estén en vigor.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con otras, siempre que se respete la ayuda de mínimis.
NOTA INTERNA: en régimen de
concurrencia competitiva y en régimen reglado, mediante concurrencia pública no
competitiva. El presupuesto total para el año 2012 es de 3.682.000 euros. El plazo de resolución finalizará el 03/06/12 (6 meses a partir desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria). El plazo de justificación finalizará el 31/07/12, excepto para instalaciones de producción y
aprovechamiento energético del biogás que será hasta el 30/09/12.
| Localización del proyecto: Cataluña (Generalitat de) España
| Localización del beneficiario: Cataluña (Generalitat de) España
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Boletín: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 02/12/2011 | Resolución de 30/11/2011 | Bases y convocatoria para el año 2011. Deroga la O. ECF/393/2010, de 14/06/10 | 61205-61234
| | 21/07/2010 | Orden autonómica de 14/06/2010 | Bases y convocatoria para el año 2010 | 56099-56128
| | 29/03/2010 | Resolución de 16/02/2010 | Concesión de la O.TRI/301/2006, de 12/06/06 | 24234-24263
| | 28/09/2009 | Orden autonómica de 15/09/2009 | Bases y convocatoria para el año 2009 | 72018-72041
| | 01/07/2008 | Orden autonómica de 02/06/2008 | Bases y convocatoria para el año 2008. Deroga la O.ECF/517/2007, de 28/12/07 | 49512-49526
| | 01/02/2008 | Orden autonómica de 28/12/2007 | Se modifica el presupuesto de la O.ECF/209/2007, de 23/05/07 | 8715-8716
| | 21/06/2007 | Orden autonómica de 23/05/2007 | Bases y convocatoria para el año 2007 | 28817-28824
| | 23/06/2006 | Orden autonómica de 12/06/2006 | Bases y convocatoria para el año 2006 | 28145-28151
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