ayudas.net
e-content cdti
Subvenciones y ayudas

Ayudas a la inversión empresarial: potenciación de la innovación y el desarrollo tecnológico
Organismo otorgante:
Vicepresidencia y Cnj. Economía y Hacienda / Junta de Castilla La Mancha
Acciones subvencionables:
Ayudas para la competitividad e incentivos a la inversión empresarial para la potenciación de la innovación y desarrollo tecnológico.
Ayudas para los siguientes proyectos:
  1. proyectos de innovación.
  2. proyectos de estudio de viabilidad técnica previos a proyectos de innovación.
  3. proyectos de desarrollo tecnológico.
  4. proyectos de infraestructura de apoyo a la innovación.
  5. proyectos de creación de empresas innovadoras de base tecnológica.
  6. proyectos de participación en programas nacionales e internacionales de innovación.
  7. proyectos de información y difusión tecnológica.

Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 75,00 %
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables:
  • para los casos 4 y 5: obras e instalaciones.
  • para los casos 1, 3, 4 y 5: adquisición de maquinaria y bienes de equipo de contenido tecnológico.
  • para los casos 1, 3, 4 y 5: activos inmateriales (adquisición de derechos de patentes, licencias "know how" o conocimientos técnicos no patentados).
  • colaboraciones externas y gastos de consultoría.
  • coste de personal propio.
  • contratación de tecnólogos.
  • para el caso 7: gastos de gestión (promoción, publicidad, viajes, etc).
NO serán subvencionables: compra de vehículos, bienes o realización de gastos que no sean necesarios; gastos financieros, reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, circulante, IVA y otros impuestos o tasas cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, gastos notariales de registro y otros de naturaleza similar; adquisiciones de activos; activos anteriores a la solicitud de la ayuda.

Información adicional:
PLAZO: las ayudas están pendientes de convocatoria para el año 2009.
BENEFICIARIOS: empresas industriales y de servicios, especialmente pymes, personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes, agrupaciones y asociaciones de empresas, con o sin ánimo de lucro, podrán ser beneficiarios como organismos intermedios.
Quedan excluidas las empresas y asociaciones de promoción, construcción e inmobiliarias; las empresas y asociaciones financieras, gestorías y asesorías jurídicas, fiscales, laborales y contables; las industrias agrarias y alimentarias; las actividades profesionales (salvo ensayos y análisis técnicos); las empresas y asociaciones que realicen actividades en sectores sensibles cubiertos por un encuadramiento comunitario; y otras actividades específicas como cafés, bares, actividades sanitarias y veterinarias, farmacias, educación, empresas de trabajo temporal, intermediarios, arrendatarios, empresas de seguridad, productores de energía y las de ITV.
CUANTÍA: el porcentaje reflejado será para los organismos intermediarios.
La cuantía variará en función de los beneficiarios de los proyectos, entre el 15 y el 50%.
Las ayudas están sujetas a los límites de la norma de minimis (en general, máx. 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante 3 años 100.000 euros para el sector de transporte o 30.000 euros para los de pesca y acuicultura).
RESTRICCIONES: los proyectos deben ser viables técnicamente.
Las inversiones no deben haberse iniciado con anterioridad a la solicitud.
La inversión en proyectos de ampliación o modernización la inversión debe ser la media de amortización contable anual.
Las nuevas inversiones empresariales deben generar, al menos, 5 puestos de trabajo y las de modernización o ampliación deben mantener los ya existentes y conllevar un aumento sensible de la productividad o de la calidad en la prestación del servicio.
COMPATIBILIDAD: las ayudas son incompatibles con otras ayudas concedidas al mismo objeto por la comunidad autónoma (salvo las del Concurso de Ayudas a iniciativas Emprendedoras -IDEA-) y con otras cofinanciadas por fondos europeos distintos de FEDER.
NOTA INTERNA: las ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Localización del proyecto:
Castilla-La Mancha
España
Localización del beneficiario:
Castilla-La Mancha
España

Boletín: Diario Oficial de Castilla la Mancha
FechaNormaContenidoPáginas
28/05/2010 Corrección de errores en el texto de la O.25/09/0826145
02/02/2010Orden autonómica de 26/01/2010 Se modifica el porcentaje de subvención de la O.25/09/083854
05/06/2009Orden autonómica de 22/05/2009 Se modifica la O.25/09/0824373
07/10/2008Orden autonómica de 25/09/2008 Bases reguladoras. Deroga la O.07/10/04, O.05/10/04, O.04/10/04, O.22/12/04, O.03/08/0631458-31479

Ficha de información completaAlerta de seguimiento de esta ayuda recomiendaRecomienda esta subvención

Volver Buscador de subvenciones Consúltenos Servicios Noticias