 | | Inicio convocatoria: 27/08/2011 | Final convocatoria: 27/10/2011 | Organismo otorgante: Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial (ACC1Ó CIDEM - COPCA) / Dpto. Empresa y Empleo / Generalitat de Cataluña
| Acciones subvencionables: Ayudas para la realización de proyectos de inversión en Cataluña que se consideren de alto impacto, entendiendo como tales aquellos proyectos
que conlleven nuevas actividades empresariales económica y tecnológicamente
sólidas y que generen riqueza y empleo estable y de calidad.
Serán subvencionables proyectos de inversión innovadores de empresas afincadas en Cataluña, la diversificación de
sus establecimientos empresariales o bien la nueva implantación en Cataluña de
empresas con proyectos de inversión innovadores.
También serán subvencionables los proyectos de inversión en infraestructuras llevados
a cabo por ayuntamientos qie sean complementarios a un proyecto de inversión de una empresa que se considere de alto impacto.
| | | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 25,00 % ó 200.000,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables:
Para proyectos de inversión: los activos materiales (maquinaria e instalaciones de nueva adquisición o inversiones
que incorporen procesos con alto contenido tecnológico a los equipos ya existentes)y los activos inmateriales (inversión en transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados).
Para los proyectos de generación de empleo: el coste salarial (salario bruto + cotizaciones sociales obligatorias en la Seguridad Social a cargo de la empresa) de un año de los puestos de trabajo de nueva creación.
Para los proyectos de I+D: gastos de personal propio y contratado asociado directa y exclusivamente al proyecto; colaboraciones externas para la actividad de invetigación industrial y desarrollo experimental; gastos de equipamientos, instrumental y material inventariable; estudios de viabilidad técnica; otros gastos de adquisición de material no inventariable, suministros y otros productos.
NO serán subvencionables: gastos en que el proveedor tenga vinculación con el solicitante, excepto justificación expresa que deberá ser valorada por el CIDEM.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: empresas, a excepción de las empresas con proyectos de servicios a las personas, de comercio al por menor y del sector inmobiliario y ayuntamientos.
Se excluyen también las empresas de los sectores del carbón, la pesca y la producción primaria de productos agrícolas
Las actividades de comercialización y transformación de productos agrícolas podrán acogerse siempre y cuando la ayuda
se establezca en base al precio o la cantidad de productos agrícolas adquiridos y no dependa de que se ceda total o
parcialmente a productores primarios.
CUANTIA: el porcentaje y cuantía máxima reflejada es un límite por proyecto de investigación (para proyectos de creación de empleo e investigación).
El porcentaje máximo de ayuda se podrá incrementar en 5 puntos porcentuales para proyectos realizados por pymes.
RESTRICCIONES: los proyectos de inversión de empresas deben incluir un gastos subvencionables aceptados de, como mínimo, 1.000.000 euros en activos fijos materiales e inmateriales,
y/o gastos asociados a un proyecto de I+D o crear un mínimo de 15 puestos de trabajo nuevos (unidades de trabajo a tiempo completo por año), o el equivalente a tiempo parcial, asociados a una inversión.
Los proyectos financiados en régimen de mínimis y proyectos de ayuntamientos deben iniciarse con posterioridad al 01/01/11 y finalizar en un plazo
máximo de 12 meses, a contar desde la fecha de solicitud.
Los proyectos de I+D deberán iniciarse con posterioridad a la solicitud de la ayuda y deberán finalizar en un plazo máximo de 12 meses.
El beneficiario debe contribuir en, al menos, un 25% a la financiación del proyecto y debe mantener, durante un mínimo de 3 años, tanto la ocupación neta
creada como las inversiones en activos fijos subvencionadas.
COMPATIBILIDAD: las ayudas están sujetas al régimen de mínimis para los proyectos de inversión y al Reglamento general de exención por categorías para los proyectos de I+D.
NOTA INTERNA: las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. El presupuesto total es de 4.000.000 euros. El plazo de resolución finaliza el 27/04/12 (6 meses a partir de la finalización de la convocatoria).
| Localización del proyecto: Cataluña (Generalitat de) España
| Localización del beneficiario: Cataluña (Generalitat de) España
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Boletín: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 24/11/2011 | Resolución de 14/11/2011 | Se modifica el presupuesto de la R. EMO/1832/2011, de 14/07/11 | 59917
| | 26/07/2011 | Resolución de 14/07/2011 | Bases y convocatoria para el año 2011 | 41782-41799
| | 30/05/2011 | Resolución de 05/05/2011 | Concesión de ayudas del D.L. 3/2002, de 24/12/02 | 30844-30999
| | 19/01/2010 | Resolución de 27/11/2009 | Bases y convocatoria para el año 2010 | 2634-2648
| | 07/04/2009 | Resolución de 26/03/2009 | Bases y convocatoria para el año 2009 | 29404-29417
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