 | | Inicio convocatoria: 13/05/2010 | Final convocatoria: 13/08/2010 | Organismo otorgante: Cnj. Comercio, Industria y Energía / Govern Balear
| Acciones subvencionables: Ayudas para:
- instalaciones de energía solar térmica con más de dos colectores solares térmicos, homologados y con coeficiente global de pérdidas inferior en 9 W/(m2 ºC).
- instalaciones de producción de energía térmica para uso doméstico o en edificios que utilicen como combustible biomasa y que supongan, como mínimo, 8 kW térmicos de potencia nominal.
- instalaciones híbridas de biomasa y solar térmica.
- instalaciones de energía solar fotovoltaica aislada con 1.000 Wp o más de potencia instalada, o mixtas eólico-fotovoltaicas cuya aportación fotovoltaica sea, al menos, del 50% de la potencia eólica, y con una potencia mínima de 300 Wp para la fotovoltaica y una potencia nominal del aerogenerador de entre 600 W y 10.000 W.
- instalaciones de producción de energía térmica o eléctrica mediante el aprovechamiento energético del biogás producido por digestión anaerobia de
residuos biodegradables, para instalaciones de potencia inferior a 500 kW.
- maquinaria específica para el tratamiento de la biomasa mediante astillado y empacado para uso energético en campo, para facilitar la recogida
y el transporte.
- sistemas de aprovechamiento de la energía térmica, calor y/o frío existente en el subsuelo, para su consumo en el sector doméstico, industrial o de servicios, mediante sistemas electromecánicos o termodinámicos (geotermia).
| | Inicio de la inversión: 11/11/2009 | Fin de la inversión: 31/07/2011 |
| | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 30,00 % ó 70.000,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables:
En materia de energía solar térmica: proyectos relativos a edificios y construcciones con cédula de habitabilidad, licencia de apertura o permiso de obra anterior al 29/09/06, fecha de entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación.
En materia de biomasa: proyectos o la parte correspondiente cuya instalación sirva para cumplir los requisitos, susceptibles de aplicación, fijados por el Código técnico de la edificación.
NO serán subvencionables: instalaciones que resulten obligatorias por aplicación del Código Técnico de la Edificación (ni nueva obra ni obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación); la compra de las instalaciones mediante leasing ni ninguna otra fórmula de arrendamiento financiero; el IVA.
Para el caso 6, no será subvencionable: maquinaria utilizada habitualmente en actividades agrícolas o forestales (empacadoras agrícolas de paja o sistemas de trituración y estellado para incorporación del material orgánico al
suelo).
| Información adicional: BENEFICIARIOS: personas físicas residentes en Islas Baleares, personas jurídicas de derecho privado, las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, las
agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de propietarios,
los ayuntamientos, los consejos insulares, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad
jurídica.
CUANTIA: El importe y el porcentaje de ayuda máximos reflejados son límites generales por proyecto, pero la cuantía de la ayuda variará según la linea a la que opte el proyecto y a las características del mismo.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán compatibles con otras subvenciones y ayudas, independientemente de su naturaleza y de la entidad que las conceda, siempre que aislada o conjuntamente, no superen el coste total de la actividad objeto de subvención.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia simple y cuentan con una dotación total de 1.745.950 euros para esta convocatoria de 2010 (de los cuales, 1.300.000 € para 2010 y 445.950 € para 2011).
El plazo máximo de resolución finaliza el 13/02/11 (6 meses contadores desde la finalización de la convocatoria).
El plazo máximo de justificación finalizará el 31/07/2011.
| Localización del proyecto: Baleares (Islas) España
| Localización del beneficiario: Baleares (Islas) España
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Boletín: Boletín Oficial de la Islas Baleares
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 13/05/2010 | Resolución de 04/05/2010 | Bases y convocatoria para el año 2010 | 47-50 (10616)
| | 26/09/2009 | Resolución de 11/09/2009 | Se amplía el plazo de solicitud de la R.12/06/09 | 33-34 (20232)
| | 27/06/2009 | Resolución de 12/06/2009 | Convocatoria para el año 2009 | 101-104 (13758)
| | 02/10/2008 | | Se amplía el plazo de solicitud de la R.26/06/08 | 27
| | 05/07/2008 | Resolución de 26/06/2008 | Convocatoria para el año 2008 | 55-58 (12274)
| | 24/05/2008 | Orden autonómica de 15/05/2008 | Bases reguladoras. Se deroga la O.20/05/05 | 61-67 (9058)
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