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Subvenciones y ayudas

Ayudas en materia de energía: fomento energías renovables
Inicio convocatoria: 13/05/2010Final convocatoria: 13/08/2010
Organismo otorgante:
Cnj. Comercio, Industria y Energía / Govern Balear
Acciones subvencionables:
Ayudas para:
  1. instalaciones de energía solar térmica con más de dos colectores solares térmicos, homologados y con coeficiente global de pérdidas inferior en 9 W/(m2 ºC).
  2. instalaciones de producción de energía térmica para uso doméstico o en edificios que utilicen como combustible biomasa y que supongan, como mínimo, 8 kW térmicos de potencia nominal.
  3. instalaciones híbridas de biomasa y solar térmica.
  4. instalaciones de energía solar fotovoltaica aislada con 1.000 Wp o más de potencia instalada, o mixtas eólico-fotovoltaicas cuya aportación fotovoltaica sea, al menos, del 50% de la potencia eólica, y con una potencia mínima de 300 Wp para la fotovoltaica y una potencia nominal del aerogenerador de entre 600 W y 10.000 W.
  5. instalaciones de producción de energía térmica o eléctrica mediante el aprovechamiento energético del biogás producido por digestión anaerobia de residuos biodegradables, para instalaciones de potencia inferior a 500 kW.
  6. maquinaria específica para el tratamiento de la biomasa mediante astillado y empacado para uso energético en campo, para facilitar la recogida y el transporte.
  7. sistemas de aprovechamiento de la energía térmica, calor y/o frío existente en el subsuelo, para su consumo en el sector doméstico, industrial o de servicios, mediante sistemas electromecánicos o termodinámicos (geotermia).

Inicio de la inversión: 11/11/2009Fin de la inversión: 31/07/2011
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 30,00 % ó 70.000,00 € 
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables:
En materia de energía solar térmica: proyectos relativos a edificios y construcciones con cédula de habitabilidad, licencia de apertura o permiso de obra anterior al 29/09/06, fecha de entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación.
En materia de biomasa: proyectos o la parte correspondiente cuya instalación sirva para cumplir los requisitos, susceptibles de aplicación, fijados por el Código técnico de la edificación.
NO serán subvencionables: instalaciones que resulten obligatorias por aplicación del Código Técnico de la Edificación (ni nueva obra ni obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación); la compra de las instalaciones mediante leasing ni ninguna otra fórmula de arrendamiento financiero; el IVA.
Para el caso 6, no será subvencionable: maquinaria utilizada habitualmente en actividades agrícolas o forestales (empacadoras agrícolas de paja o sistemas de trituración y estellado para incorporación del material orgánico al suelo).

Información adicional:
BENEFICIARIOS: personas físicas residentes en Islas Baleares, personas jurídicas de derecho privado, las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de propietarios, los ayuntamientos, los consejos insulares, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica.
CUANTIA: El importe y el porcentaje de ayuda máximos reflejados son límites generales por proyecto, pero la cuantía de la ayuda variará según la linea a la que opte el proyecto y a las características del mismo.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán compatibles con otras subvenciones y ayudas, independientemente de su naturaleza y de la entidad que las conceda, siempre que aislada o conjuntamente, no superen el coste total de la actividad objeto de subvención.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia simple y cuentan con una dotación total de 1.745.950 euros para esta convocatoria de 2010 (de los cuales, 1.300.000 € para 2010 y 445.950 € para 2011).
El plazo máximo de resolución finaliza el 13/02/11 (6 meses contadores desde la finalización de la convocatoria).
El plazo máximo de justificación finalizará el 31/07/2011.
Localización del proyecto:
Baleares (Islas)
España
Localización del beneficiario:
Baleares (Islas)
España

Boletín: Boletín Oficial de la Islas Baleares
FechaNormaContenidoPáginas
13/05/2010Resolución de 04/05/2010 Bases y convocatoria para el año 201047-50 (10616)
26/09/2009Resolución de 11/09/2009 Se amplía el plazo de solicitud de la R.12/06/0933-34 (20232)
27/06/2009Resolución de 12/06/2009 Convocatoria para el año 2009101-104 (13758)
02/10/2008 Se amplía el plazo de solicitud de la R.26/06/0827
05/07/2008Resolución de 26/06/2008 Convocatoria para el año 200855-58 (12274)
24/05/2008Orden autonómica de 15/05/2008 Bases reguladoras. Se deroga la O.20/05/0561-67 (9058)

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