| Inicio convocatoria: 22/12/2011 | Final convocatoria: 21/01/2012 |
Organismo otorgante: Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Ocupación / Govern Balear
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Acciones subvencionables: Ayudas para:
- Instalaciones de energía solar térmica con captadores solares térmicos que estén homologados y que tengan un coeficiente global de pérdidas inferior a 9 W/(m2 ºC).
- Sistemas de telemonitorización y/o visualización de la producción energética de las instalaciones solares térmicas, en instalaciones existentes o nuevas.
- Aplicaciones especiales de refrigeración u otras aplicaciones con temperatura de diseño superior a 60ºC.
- Instalaciones de producción de energía térmica para uso doméstico o en edificios que utilicen como combustible biomasa que suponga, como mínimo, 8 kW térmicos de potencia nominal.
- Instalaciones híbridas de biomasa y solar térmica que cumplan los requisitos mínimos fijados en los puntos anteriores para cada tecnología.
- Instalaciones de energía solar fotovoltaica aislada que supongan 900 Wp o más de potencia instalada.
- Instalaciones de producción de energía térmica o eléctrica mediante el aprovechamiento energético del biogás producido por digestión anaerobia de residuos biodegradables.
- Maquinaria específica para el tratamiento de la biomasa mediante astillado y empacado para uso energético en campo.
- Sistemas de aprovechamiento de la energía térmica, calor y/o frío existente en el subsuelo.
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| Inicio de la inversión: 14/08/2010 | Fin de la inversión: 15/08/2012 |
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| Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| Cuantía de la ayuda: |
| Ayuda máxima: 30,00 % ó 200.000,00 € | |
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Gastos subvencionables: Serán subvencionables: el IVA.
NO serán subvencionables: las instalaciones que sean obligatorias por aplicación del Código técnico de la edificación, tanto si se trata de obra nueva como si se trata de obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que se realicen en edificios existentes; la adquisición de las instalaciones o equipos mediante leasing ni ninguna otra fórmula de arrendamiento financiero en la cual los bienes no sean propiedad del beneficiario.
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Información adicional: BENEFICIARIOS: personas físicas residentes en Islas Baleares, personas jurídicas de derecho privado, las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, las
agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de propietarios,
los ayuntamientos, los consejos insulares, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad
jurídica.
CUANTIA: El importe máximo reflejado es por proyecto; esta cuantía variarán en función del tipo de ayuda. En todos los casos el porcentaje máximo será de hasta el 30% del coste de la instalación.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán compatibles con otras subvenciones y ayudas, independientemente de su naturaleza y de la entidad que las conceda, siempre que aislada o conjuntamente, no superen el coste total de la actividad objeto de subvención.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia simple. El presupuesto total para el año 2012 es de 2.275.000 euros. El plazo de resolución finalizará el 21/07/12 (seis meses contadores desde la finalización de la convocatoria). El plazo máximo de justificación finalizará el 31/08/12.
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Localización del proyecto: Baleares (Islas) España
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Localización del beneficiario: Baleares (Islas) España
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