 | | Inicio convocatoria: 29/12/2009 | Final convocatoria: 31/03/2010 | Organismo otorgante: Cnj. Industria, Energía y Medio Ambiente / Junta de Castilla La Mancha
| Acciones subvencionables: Ayudas para a la mejora energética en el sector del transporte, para la adquisición de turismos y vehículos de transporte de mercancías de menos de 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada (en adelante MMA), alimentados por energías alternativas.
| | | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 15,00 % ó 7.000,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables: vehículos híbridos, siempre que tengan capacidad de tracción eléctrica al 100%, mediante baterías y unas emisiones inferiores a 130g. de CO2/Km.; vehículos híbridos enchufables, siempre que tengan capacidad de tracción eléctrica al 100%, mediante baterías, y unas emisiones inferiores a 130g de CO2/Km.; vehículos eléctricos puros sin autorrecarga interna; vehículos de combustión directa de hidrógeno (admitiendo en este caso los turismos bí o multi-combustibles), o de pilas de combustible; vehículos bi o multi-combustibles de gas natural o gases licuados del petróleo que tengan unas emisiones inferiores a 160 g de CO2/km.; vehículos transformados para ser alimentados por GLP.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: los particulares, las empresas, así como cualquier otra persona, física o jurídica, de derecho privado, que lleve a cabo actividades empresariales o profesionales.
CUANTIA: la cuantía máxima reflejada es para vehículos híbridos enchufables, eléctricos puros, de combustión directa de hidrógeno o de pilas de combustible. Para vehículos híbridos, será de 2.000 euros por vehículo. Para vehículos alimentados por gas natural y gases licuados del petróleo, será de 2.000 euros por vehículo. Para vehículos transformados a GLP, será de 450 euros por vehículo. En cualquier caso, las ayudas no podrán superar el 15 % del precio de mercado del vehículo, entendiendo por este el precio final de compra del mismo; si la adquisición del vehículo la realiza un particular, el precio de mercado será IVA incluido, mientras que si la adquisición se realiza por una empresa, el precio de mercado no incluirá el IVA al no repercutirse éste a su comprador. La cuantía total de ayuda por empresa beneficiaria no podrá exceder de 500.000 euros, sin que el importe total de las ayudas percibidas por la empresa durante el periodo comprendido entre el 01/01/08 y el 31/12/2010, pueda superar dicho límite general.
RESTRICCIONES: los beneficiarios han de tener domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha a 28/12/09 o, en su caso, en la fecha de adquisición del vehículo objeto de ayuda si esta se hubiera producido antes de dicha publicación y con posterioridad al 15/04/09.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán incompatibles, para la misma actividad subvencionada, con otras ayudas procedentes del presupuesto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Si serán compatibles con otras ayudas procedentes del presupuesto de otros organismos públicos hasta los porcentajes máximos fijados por la Unión Europea.
NOTA INTERNA: las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. El presupuesto total para el año 2010 es de 380.000 euros. El plazo de resolución finalizará el 30/09/2010.
| Localización del proyecto: Castilla-La Mancha España
| Localización del beneficiario: Castilla-La Mancha España
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Boletín: Diario Oficial de Castilla la Mancha
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 28/12/2009 | Orden autonómica de 18/12/2009 | Bases y convocatoria para el año 2010 | 55148-55175
| | 16/07/2009 | Resolución de 01/07/2009 | Concesión de la O.12/12/08 | 30940-30946
| | 22/12/2008 | Orden autonómica de 12/12/2008 | Bases y convocatoria para el año 2009 | 41097-41115
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