 | | Inicio convocatoria: 03/12/2011 | Final convocatoria: 31/03/2012 | Organismo otorgante: Cnj. Fomento / Junta de Castilla La Mancha
| Acciones subvencionables: Ayudas para:
- autobuses y vehículos de transporte de mercancías de más de 3.500 kg de MMA, eléctricos, de propulsión híbrida (siempre que tengan capacidad de tracción eléctrica al 100% mediante baterías), con pila de combustible o alimentados por gas natural, gases licuados del petróleo o hidrógeno.
- material móvil vinculado a tareas de transporte en aeropuertos, puertos o centros de actividades mineras, industriales
o de servicios, que no requieran matriculación, si cuentan con alguno de los sistemas de propulsión subvencionables (p.e. tractores de equipajes, tractores de remolque de aviones, camiones para el traslado de contenedores, dumpers, etc), con excepción de las carretillas elevadoras de propulsión eléctrica.
| | Inicio de la inversión: 02/12/2011 | Fin de la inversión: 01/10/2012 |
| | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 15,00 % ó 50.000,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables: autobuses y vehículos de transporte de mercancías a partir de 3.500 kg de MMA, eléctricos, de propulsión híbrida (siempre que tengan capacidad de tracción eléctrica al 100 % mediante baterías), con pila de combustible o alimentados por gas natural, gases licuados del petróleo o hidrógeno; material móvil vinculado a tareas de transporte en aeropuertos, puertos o centros de actividades mineras, industriales o de servicios, que no requieran matriculación.
NO serán subvencionables: cuadriciclos eléctricos a que se refiere la Directiva 2002/24/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo.
| Información adicional: BENFICIARIOS: empresas.
CUANTIA: la cuantía máxima reflejada es para autobuses, vehículos de transporte de mercancías y material móvil eléctricos, de propulsión de hidrógeno, de pilas de combustible, híbridos (con doble fuente de energía) con acumulación de energía en baterías. Para autobuses, vehículos de transporte de mercancías y material móvil, impulsados por gas natural y gases licuados del petróleo, la cuantía será de 12.000 euros por vehículo. Las cuantías unitarias de las subvenciones no podrán superar el 15% del precio del vehículo o material móvil, impuestos excluidos. La cuantía total de ayuda por empresa beneficiaria no podrá exceder de 500.000 euros. Estas ayudas están sometidas a la norma comunitaria de mínimis (máx. 100.000 euros por beneficiario en el plazo de tres años).
COMPATIBILIDAD: las ayudas son incompatibles con otras para el mismo proyecto subvencionado. No obstante, si serán compatibles con otras ayudas procedentes de presupuestos de otros organismos públicos. Estas ayudas serán incompatibles con las concedidas al amparo del Real Decreto 648/2001, de 9 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos.
NOTA INTERNA: las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. El presupuesto total para el año 2012 es de 1.600.000 euros (150.000 euros para este programa). El plazo de resolución finalizará el 31/09/12 (seis meses a contar desde la finalización del plazo de solicitud).
| Localización del proyecto: Castilla-La Mancha España
| Localización del beneficiario: Castilla-La Mancha España
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Boletín: Diario Oficial de Castilla la Mancha
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 02/01/2012 | Anuncio de 00/00/0000 | Corrección de errores en el texto de la O. 02/12/11 | 110
| | 09/12/2011 | | Corrección de errores de la O. 02/12/11 | 40856
| | 02/12/2011 | Orden autonómica de 02/12/2011 | Bases y convocatoria para el año 2012 | 40092-40123
| | 28/12/2009 | Orden autonómica de 18/12/2009 | Bases y convocatoria para el año 2010 | 55148-55175
| | 16/07/2009 | Resolución de 01/07/2009 | Concesión de la O.12/12/08 | 30938-30939
| | 22/04/2009 | Resolución de 14/04/2009 | Acuerdo entre Cnj. Industria, Energía y Medio Ambiente y AGECAM de apoyo en la gestión y tramitación | 17740-17743
| | 19/02/2009 | Orden autonómica de 05/02/2009 | Se modifica parcialmente las bases de la O.12/12/08 | 7075-7080
| | 22/12/2008 | Orden autonómica de 12/12/2008 | Bases y convocatoria para el año 2008 | 41079-41096
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