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Subvenciones y ayudas

Ayudas para la mejora de los servicios turísticos y protección y preservación del patrimonio cultural gestionadas por los grupos de cooperación
Inicio convocatoria: 15/10/2011Final convocatoria: 30/09/2013
Organismo otorgante:
Cnj. Agricultura y Pesca / Junta de Andalucía
Acciones subvencionables:
Ayudas para:
  1. promocionar el turismo y mejorar los servicios turísticos en las zonas rurales de Andalucía, contribuyendo al incremento de las oportunidades de empleo en el medio rural, mediante:
    1. impulso del sector turístico rural.
    2. promoción, comercialización y mejora de la información.
    3. dotación y modernización de infraestructuras, equipamientos y servicios turísticos rurales.
  2. difundir y poner en valor adecuadamente el patrimonio cultural en las zonas rurales de Andalucía, contribuyendo al incremento de las oportunidades de empleo en el medio rural, mediante:
    1. protección, conservación, restauración, rehabilitación y puesta en valor del patrimonio cultural de las zonas rurales de Andalucía.
    2. Difusión, concienciación y acercamiento del patrimonio rural a la población.

Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 100,00 %
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables, con condiciones: adquisiciones de terrenos y de bienes inmuebles; el coste de depreciación de los bienes inventariables; gastos generales; costes de adquisición de bienes de equipo de segunda mano.
NO serán subvencionables: intereses deudores; los demás gastos financieros; vivienda; desmantelamiento de centrales nucleares; el impuesto sobre el valor añadido recuperable y el impuesto general indirecto canario recuperable, así como los impuestos de naturaleza similar que sean recuperables; los impuestos personales o sobre la renta; contribuciones en especie; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; gastos de procedimientos judiciales; gastos de garantías bancarias o de otro tipo.

Información adicional:
BENEFICIARIOS: personas físicas o jurídicas (Grupos de Desarrollo Rural; cualquier entidad que integre la Administración Pública; cualquier consorcio que constituya una entidad con cualquier otra Administración Pública o entidad privada sin ánimo de lucro; asociación de carácter público o fundación u organismo autónomo o entidad pública empresarial o sociedad mercantil del sector público; las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
CUANTIA: el porcentaje máximo reflejado es para las entidades sin ánimo de lucro en actuaciones no productivas.
Las ayudas regionales a la inversión y al empleo para financiar actuaciones productivas podrán alcanzar el 30%.
Las ayudas a actuaciones productivas en favor de las pyme para servicios de consultoría externa y la primera participación en ferias tendrán una intensidad máxima del 50%.
RESTRICCIONES: los Grupos de Cooperación diseñarán y ejecutarán un Plan de Intervención Provincial.
Cada Grupo de Cooperación será coordinado por uno de los Grupos de Desarrollo Rural que lo componen.
Cada Grupo Coordinador deberá presentar una solicitud.
Las inversiones y actuaciones deben contener un componente de cooperación, es decir, que contemplen un trabajo en común hacia un objetivo compartido a ejecutar en el ámbito de intervención o influencia de más de un Grupo de Desarrollo Rural.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán incompatibles con otras líneas financieras regionales, nacionales o comunitarias que estén financiadas por otros fondos estructurales distintos del FEDER, por otro objetivo, por otro Programa Operativo o por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia no competitiva.
El plazo de resolución será de seis meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro.
El plazo de justificación será de tres meses, desde la finalización del plazo de ejecución.
Localización del proyecto:
Andalucía
España
Localización del beneficiario:
Andalucía
España

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
FechaNormaContenidoPáginas
31/10/2011Anuncio de 26/09/2011 Correccion de errores en el texto de la R. 26/09/1110
14/10/2011Resolución de 26/09/2011 Convocatoria para los años 2011-201315-20
28/07/2011 Corrección de errores de la O. 14/06/1158-63
22/06/2011Orden autonómica de 14/06/2011 Bases reguladoras de vigencia indefinida7-18

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