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Subvenciones y ayudas

Ayudas al plan para la competitividad del comercio minorista
Inicio convocatoria: 31/08/2011Final convocatoria: 28/10/2011
Organismo otorgante:
Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER) / Cnj. Industria, Innovación y Empleo / Gobierno de La Rioja
Acciones subvencionables:
Ayudas para potenciar la actividad comercial.

Actuaciones subvencionables:

  1. Inversión en activos fijos.
  2. Diseño.
  3. Innovación en la gestión comercial.
  4. Planes de implantación de Tics.
  5. Promoción de la calidad.

Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 100,00 % ó 20.000,00 € 
Ayuda mínima: 10,00 % ó
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables:
  • para el caso 1, inversiones en activos fijos materiales nuevos (obra Civil e instalaciones de cualquier tipo (técnicas, fontanería, electricidad, seguridad, accesibilidad, tanto externas como internas, para la adecuación física del local); honorarios de redacción de proyectos de obra, instalaciones, decoración, así como los honorarios de dirección y certificación final de las obras; mobiliario y equipamiento comercial; maquinaria afecta a la actividad comercial; inversiones como consecuencia de la implantación de la gestión de calidad en el comercio).
  • para el caso 2, diagnósticos iniciales de diseño; manual de imagen corporativa incluyendo logotipo y sus aplicaciones en papelería, cartelería, etiquetas, folletos, rotulación; diseño de envases, embalajes, bolsas; diseño de interiorismo, siendo subvencionable los honorarios del profesional; proyectos de escaparatismo, siendo subvencionables los honorarios del profesional; diagnósticos específicos de diseño, siendo subvencionables los honorarios del profesional.
  • para el caso 3, gastos correspondientes a actuaciones de asesoramiento externo para la realización de prospecciones; estudios de mercado, planes de marketing, estudios de diagnosis o mejora en las diferentes áreas de la empresa.
  • para el caso 4, contratación de asesoramiento externo para el diagnóstico inicial a la empresa en cuanto al uso e implantación de las TICs; implantación de las distintas soluciones TIC en los siguientes niveles: básico, conectividad, visibilidad, integración e interoperabilidad.
  • para el caso 5, gastos externos de consultoría, auditoría y certificación, ensayos de equipos, primera calibración y otros servicios externos directamente relacionados con el proyecto de implantación y certificación de sistemas de gestión de la calidad (ISO 9001, UNE 175001,...) o de implantación de sistemas de mejora de la gestión empresarial a través del itinerario ADER Excelencia empresarial; gastos externos de consultoría para el entrenamiento específico en el sistema de gestión de calidad, del personal de la pyme para la implantación y certificación de sistemas de gestión de la calidad (ISO 9001, UNE 175001, ...) o para implantación de sistemas de mejora de la gestión empresarial a través del itinerario ADER Excelencia empresarial.
NO serán subvencionables: inversiones cuyo importe expresado en la correspondiente factura sea inferior a 300 euros; cualquier tipo de impuestos, tasas e IVA que no computarán a efectos de determinación de la inversión mínima subvencionable.
  • para el caso 1, derechos de traspaso, canon de franquicia y similares; compra de locales o inmuebles; adquisición de terrenos; adquisición de vehículos de cualquier; activo circulante.
  • para el caso 5, gastos de adecuación, mantenimiento o adaptación de normas ya implantadas en la empresa, así como los servicios prestados por consultores externos que consistan en actividades permanentes, periódicas o rutinarias.

Información adicional:
BENEFICIARIOS: pequeñas y medianas empresas (pymes) de los sectores de acabados de textiles; reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico; y Comercio al por menor.
Para los programas 2, 3, 4 y 5, además podrán beneficiarse las asociaciones, entidades, instituciones y organismo sin ánimo de lucro, constituido por pymes y agrupaciones de pymes de los sectores mencionados.
CUANTIA: el porcentaje subvencionables variará según el tipo de ayudas.
Estas ayudas están sometidas al régimen comunitario de mínimis (máx. 200.000 euros por beneficiario, en el plazo de tres años).
RESTRICCIONES: quedan excluidos como beneficiarios los pertenecientes a los sectores de comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados; comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos; y comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas son compatibles con otras, siempre que no supere los porcentajes establecidos en cada programa.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
El presupuesto total es de 550.000 euros (100.000 euros para el año 2012; 300.000 euros para el año 2013; 50.000 euros para el año 2014 y 100.000 euros para el año 2015).
El plazo de resolución finalizará el 28/04/12 (será de seis meses contados a partir del día siguiente al en que finalice el plazo de solicitudes).
El plazo de justificación será de 18 meses, a contar desde la notificación de la resolución de concesión de beneficios.
Localización del proyecto:
Rioja (La)
España
Localización del beneficiario:
Rioja (La)
España

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja
FechaNormaContenidoPáginas
31/08/2011Resolución de 29/08/2011 Segunda convocatoria para el año 20117232-7235
01/04/2011Resolución de 25/03/2011 Se modifican las O.16/2011; 11/2011; 3/2011 13/2011; 17/2011; 5/2011; 12/20114504-4505
21/02/2011Resolución de 17/02/2011 Convocatoria para el año 20112181-2184
16/02/2011Orden autonómica de 11/02/2011 Bases reguladoras. Deroga la O.8/2008, de 03/06/08; O.8/2009, de 12/02/09 y O.8/2010, de 05/07/101828-1840
12/07/2010Resolución de 12/07/2010 Segunda convocatoria para el año 20109695-9698
09/07/2010Orden autonómica de 05/07/2010 Se modifica la O.8/2008, de 03/06/089569
12/02/2010Resolución de 01/02/2010 Convocatoria para el año 20101559-1562
09/10/2009 Corrección de errores en el texto de la O.8/2009, de 12/02/0913034
16/02/2009Orden autonómica de 12/02/2009 Se modifica la O.8/2008, de 03/06/081866-1869
16/02/2009Resolución de 12/02/2009 Convocatoria para el año 20091925-1928
07/06/2008Orden autonómica de 03/06/2008 Bases reguladoras3904-3910
07/06/2008Orden autonómica de 03/06/2008 Bases reguladoras3904-3910

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