 | | Inicio convocatoria: 30/12/2011 | Final convocatoria: 29/02/2012 | Organismo otorgante: Cnj. Empleo, Industria y Comercio / Gobierno de Canarias
| Acciones subvencionables: Ayudas para para conseguir cambios importantes en el reparto modal, con una mayor participación de los medios más eficientes de transporte, en detrimento de la utilización del uso del vehículo privado con baja ocupación, y fomentar el uso de modos no
consumidores de energía fósil, como la marcha a pie y la bicicleta.
Las líneas de subvención para el Sector Transportes son:
- planes de movilidad urbana (PMUS):
- Redacción de Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS).
- Estudios de viabilidad de actuaciones relacionadas con los PMUS.
- Experiencias piloto de actuaciones relacionadas con los PMUS.
- Estudios de seguimiento de resultados de la implantación de medidas de movilidad urbana sostenible.
- Cursos de formación de gestores de movilidad.
- Promoción de transporte urbano en bicicleta.
- Planes de transporte para empresas (PTTS).
- Estudios de viabilidad de actuaciones relacionadas con los PTTS.
- Experiencias piloto de actuaciones relacionadas con los PTTS.
- Estudios de seguimiento sobre resultados de la implantación de medidas de planes de transporte
en empresas.
- Promoción de la implantación de programas de camino escolar
- gestión de flotas de transporte por carretera:
- realización de auditorías a las flotas de transporte industrial, pasajeros y mercancías
- Apoyo a la financiación de inversiones en sistemas tecnológicos y aplicaciones orientadas a la mejora de la eficiencia energética en las flotas de transporte por carretera
- realización de cursos para la gestión eficiente de flotas de transporte por carretera
- mayor participación de los medios colectivos en el transporte por carretera.
- instalación de estaciones de recarga de combustible:
ç
- Instalación de estaciones de recarga de combustibles alternativos.
- desarrollo de infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos
| | Fin de la inversión: 01/04/2012 |
| | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 60,00 % ó 200.000,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables:
- para el caso 1, estudios de viabilidad y redacción de planes; inversiones derivadas de la
contratación del estudio y la elaboración del documento
técnico final; en el caso de promoción de transporte urbano
en bicicleta, se subvencionará las contrataciones externas de servicios y suministros.
- para el caso 2, auditorias (contratación del estudio y elaboración del documento técnico final); programa de apoyo a las inversiones (gastos derivados de la implantación y puesta en marcha de los sistemas); cursos de formación (gastos inherentes a la impartición del curso y logística).
- para el caso 3, inversiones derivadas de la contratación del estudio y la elaboración del documento técnico final; en el caso del programa de apoyo a las inversiones, se subvencionará los gastos derivados de la implantación y puesta en marcha de los sistemas.
- para el caso 4, inversiones para la instalación de los puntos de recarga incluyendo la obra civil.
NO serán subvencionables: gastos de mobiliario, material de oficina ni programas informáticos estándares; material informático no necesario para la operación y control del proyecto; gastos que no estén claramente definidos o que no tengan por destino final lograr un uso eficiente de la energía o el aprovechamiento de las energías renovables; gastos no imputables directamente al proyecto subvencionado; gastos financieros consecuencia de la inversión; gastos de adquisición de terrenos; inversiones en equipos usados; contratación de personal, gastos de viaje y gastos diversos de asistencia a congresos y seminarios.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: para el caso 1.1, 1.2, 1.3, 1.6 y 3, la Autoridad de Transporte Público correspondiente y las entidades locales.
Para el caso 1.4, Ayuntamientos, autoridades de transporte público y la Comunidad Autónoma.
Para el caso 1.5, Autoridad de Transporte Público y organizaciones, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro y vinculadas a la movilidad o al transporte en general.
Para el caso 1.7, 1.8, 1.9 y 1.10, la Autoridad de Transporte Público, las Entidades Locales y las empresas o asociaciones empresariales afectadas.
Para el caso 1.11, las
Entidades Locales y Centros Escolares.
Para el caso 2, instituciones públicas, empresas públicas o privadas de transporte de mercancías y de servicio discrecional de pasajeros, así como concesionarias de servicios de transporte público.
Para el caso 4, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada.
CUANTIA: el porcentaje y cuantía máxima reflejada es para el caso 1.3,pero estos límites variarán en función de la línea de ayuda y la acción subvencionable. Para el caso 2.1, 75% del coste, con un límite de 22.500 euros.
Para el caso 2.2, 40% del coste
elegible, con un límite de 50.000 euros por empresa o proyecto.
Para el caso 2.3, hasta el 75% del coste, con un límite de 225 euros por persona o profesional formado.
Para el caso 3, podrá ser de hasta el 60% de su coste elegible, con un límite que variará entre los 100.000 y 300.000 euros en función de la actividad subvencionada. Para el caso 4.1, para estaciones de servicio público, hasta el 30% de la inversión, con un límite de 60.000 euros en el caso de estaciones de recarga de GLP y de 50.000 euros en el caso de estaciones de recarga de Hidrógeno. Para estaciones individuales, 30% de la inversión con un límite de 30.000 euros.
En el caso 4.2, para el desarrollo de infraestructura vinculada, hasta el 30% del coste elegible con un límite entre 1.200 y 15.000 euros según la acción subvencionable y, para plazas de aparcamiento en viviendas unifamiliares y/o comunitarias, hasta el 40% del coste elegible con un límite entre 1.600 y 24.000 euros según la acción subvencionable.
RESTRICCIONES: las instalaciones subvencionadas deberán permanecer destinadas por el beneficiario un período mínimo de cinco años.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán compatibles con otras para una misma actividad, siempre que no supere el coste de la actividad subvencionada.
NOTA INTERNA: las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en un 75% y cuentan con una dotación total para la convocatoria de 2012 de 513.900 euros para el caso 1, 167.865 euros para el caso 2, 364.874 euros para el caso 3 y 90.000 euros para el caso 4.
El plazo de resolución finaliza el 29/06/12 (6 meses a partir de la publicación de la convocatoria). El plazo de justificación finalizará el 01/04/2012.
| Localización del proyecto: Canarias (Islas) España
| Localización del beneficiario: Canarias (Islas) España
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Boletín: Boletín Oficial de Canarias
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 31/01/2012 | Resolución de 17/01/2012 | Resolución provisional de la O. 23/12/10 | 1725-1745 (503)
| | 26/01/2012 | Orden autonómica de 16/01/2012 | El plazo máximo de ejecución y justificación de la O. 13/12/10 | 1332-1333 (394)
| | 29/12/2011 | Orden autonómica de 23/12/2011 | Convocatoria para el año 2012 | 30297-30327 (6741)
| | 21/02/2011 | Resolución de 13/01/2011 | Se modifica la concesión de la R. 01/10/09 para el año 2008 | 3095-3096;3098;3099-3100
| | 30/12/2010 | Resolución de 15/12/2010 | Concesión de la O.11/12/09 y se amplía el plazo de ejecución de las instalaciones | 32896-32930 (7193)
| | 29/12/2010 | Orden autonómica de 23/12/2010 | Convocatoria para el año 2011 | 32720-32742 (7175)
| | 20/12/2010 | Orden autonómica de 13/12/2010 | Bases reguladoras | 32135-32149 (6974)
| | 11/10/2010 | Resolución de 28/09/2010 | Concesión de ayudas de la O. 11/12/09 y modifica plazo de ejecución y justificación | 26109-26113 (5597)
| | 22/12/2009 | Orden autonómica de 11/12/2009 | Convocatoria para el año 2009 | 30052-30070 (1908)
| | 16/10/2009 | Resolución de 01/10/2009 | Concesión de la O.10/11/06 para el año 2008 | 22412-22442 (1541)
| | 04/02/2009 | Orden autonómica de 23/01/2009 | Corrección de errores en los créditos de la O.19/12/08 | 2221-2222 (161)
| | 07/01/2009 | Orden autonómica de 23/12/2008 | Concesión de la O.15/09/08 | 642-644 (32)
| | 31/12/2008 | Orden autonómica de 19/12/2008 | Se amplían los créditos de la O.04/11/08 | 26750-26751 (2093)
| | 14/11/2008 | Orden autonómica de 04/11/2008 | Convocatoria para el año 2008 | 22428-22442
| | 30/10/2008 | Orden autonómica de 13/10/2008 | Se modifican los plazos de ejecución y justificación de la O.10/11/06 | 21263-21264
| | 14/10/2008 | Orden autonómica de 30/09/2008 | Corrección de errores en el anexo III de la O.15/09/08 | 2072-2073 (1545)
| | 23/09/2008 | Orden autonómica de 15/09/2008 | Concesión de la O. 18/09/07 y modificación plazo de ejecución y justificación | 18333-18351 (1435)
| | 22/04/2008 | Orden autonómica de 31/03/2008 | Se modifica el plazo de resolución de la O.18/09/07 | 7148-7149 (604)
| | 28/12/2007 | Orden autonómica de 21/12/2007 | Se modifica el plazo de solicitud de la O.18/09/07 | 28115 (2134)
| | 24/12/2007 | Orden autonómica de 13/12/2007 | Se amplían los créditos de la O.10/11/06 | 27913-27914 (2102)
| | 20/11/2007 | Orden autonómica de 07/11/2007 | Se modifica el plazo de resolución de la O.10/11/06 | 25829-25830 (1892)
| | 06/11/2007 | Orden autonómica de 15/10/2007 | Se modificanlos plazos de ejecución y de justificación O.10/11/06 | 25190-25192 (1836)
| | 01/10/2007 | Orden autonómica de 18/09/2007 | Convocatoria para el año 2007 | 22615-22623 (1629)
| | 06/07/2007 | Orden autonómica de 21/06/2007 | Se modifica parcialmente la O.14/11/06 y se modifica los plazos | 17622-17636 (1114)
| | 12/02/2007 | Orden autonómica de 01/02/2007 | Se modifica el plazo de resolución de la O.23/01/07 | 3047 (201)
| | 31/01/2007 | Orden autonómica de 23/01/2007 | Se amplía el plazo de resolución de la O.10/11/06 | 1839-1840 (154)
| | 12/12/2006 | Orden autonómica de 29/11/2006 | Corrección de errores en el texto de la O.10/11/06 | 28254 (1688)
| | 14/11/2006 | Orden autonómica de 10/11/2006 | Bases y convocatoria para el año 2006 | 25490-25509
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