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Subvenciones y ayudas

Ayudas para promoción de la economía social, la responsabilidad social y el autoempleo
Inicio convocatoria: 18/02/2010Final convocatoria: 18/03/2010
Organismo otorgante:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Acciones subvencionables:
Ayudas para contribuir a la financiación de actividades de promoción de la economía social, la responsabilidad social de las empresas y el trabajo autónomo, así como la financiación parcial de los gastos generales de las asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de trabajadores autónomos y otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal para que puedan conseguir de forma eficaz el cumplimiento de los fines propios de estas entidades.

Prioridades temáticas para el 2010:

  • promoción de la economía social.
  • promoción de la responsabilidad social de las empresas.
  • promoción del trabajo autónomo.
  • temas comunes a las prioridades anteriores.

Inicio de la inversión: 01/11/2009Fin de la inversión: 31/10/2010
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: ó 102,00 € 
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables:
  • para la promoción de la economía social, de la responsabilidad social de las empresas y del trabajo autónomo: actividades de formación tendentes a iniciar, perfeccionar y cualificar en el conocimiento de la economía social, de la responsabilidad social de las empresas y del trabajo autónomo; organización de congresos, seminarios, jornadas, presencia en ferias y otras actividades de naturaleza similar; elaboración de estudios, trabajos de documentación, análisis e investigación; edición de folletos, publicaciones, y otras actuaciones análogas; campañas publicitarias para la promoción de la economía social, el trabajo autónomo y la responsabilidad social de las empresas a través de cualquier medio de comunicación, incluidas las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
  • para el apoyo a las entidades asociativas y a otros entes representativos de la economía social: gastos de personal, excepto las indemnizaciones por despido y jubilaciones anticipadas; gastos de viaje; arrendamientos y cánones; reparaciones y conservación; servicios profesionales independientes; primas de seguros; publicidad, propaganda y relaciones públicas; material de oficina, fotocopias e imprenta; comunicaciones; suministros; cuotas tanto las de suscripción a publicaciones e inscripción en actividades como las abonadas por pertenencia a otras asociaciones nacionales o internacionales.
NO serán subvencionables: gastos de personal y gastos por servicios profesionales que pudieran derivarse de la contratación de algún miembro de los órganos de gobierno de la entidad solicitante; gastos que, en concepto de prestación de servicios, abone la entidad solicitante a otras entidades asociativas que integre o en las que se encuentre integrada; gastos de viaje ocasionados con motivo de la asistencia de vocales y consejeros a las reuniones de los órganos de gobierno de las entidades asociativas, salvo los gastos de desplazamiento realizados en transporte público.

Información adicional:
BENEFICIARIOS: entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de trabajadores autónomos de carácter intersectorial, otros entes representativos de la economía social que integren a dichas entidades, las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro, así como las universidades, para las actuaciones de ámbito estatal de promoción de la economía social, de la responsabilidad social de las empresas y del trabajo autónomo; las entidades, todas ellas de ámbito estatal, asociativas de cooperativas y de sociedades laborales, de empresas de inserción, de trabajadores autónomos de carácter intersectorial así como otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de cooperativas y de sociedades laborales para los gastos de funcionamiento relacionados con los fines propios de la entidad.
CUANTIA: el importe reflejado es para los gastos de alojamiento, incluido desayuno, por persona y noche, este importe variará según el tipo de beneficiario.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con otras, siempre que no supere el coste de la actividad subvencionada.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
El presupuesto total para el año 2010 es de 5.925.620 euros.
Estas ayudas se resolverán antes del 17/08/10.
La justificación deberá realizarse en el plazo máximo de dos meses a partir de la fecha de finalización de la actividad o para las actividades ya realizadas con anterioridad a la notificación de la resolución concesoria, aunque la fecha límite será el 05/11/10.
Localización del proyecto:
España
Localización del beneficiario:
España

Boletín: Boletín Oficial del Estado
FechaNormaContenidoPáginas
17/02/2010Orden Ministerial de 10/02/2010 Convocatoria para el año 201014756-14772 (2607)
21/12/2009Orden Ministerial de 16/12/2009 Bases reguladoras. Deroga la O.TIN/970/2009, de 06/04/09108000-108009 (20611)
07/12/2009Resolución de 04/11/2009 Concesión de la O.TIN/970/2009, de 06/04/09104007-104020 (19735)
20/04/2009Orden Ministerial de 06/04/2009 Bases y convocatoria para el año 200935924-35943 (6594)
07/03/2008Orden Ministerial de 26/02/2008 Bases y convocatoria para el año 200813979-13989 (4442)
05/12/2007Resolución de 30/11/2007 Concesión de la O.TAS/1682/2007, de 06/06/0750305-50310 (20962)
12/06/2007Orden Ministerial de 06/06/2007 Bases y convocatoria para el año 2007. Se deroga la O.TAS/982/2006, de 22/03/0625490-25499 (11678)
04/04/2006Orden Ministerial de 22/03/2006 Bases y convocatoria para el año 200613135-13139 (6071)
09/02/2006Resolución de 26/12/2005 Concesión de la O.TAS/2303/2005, de 04/07/055003-5007 (2157)
16/07/2005Orden Ministerial de 04/07/2005 Bases y convocatoria para el año 200525471-25475 (12318)
04/02/2005 Modifica el anexo III de la R.22/10/043938-3939 (1821)
14/10/2004Orden Ministerial de 11/10/2004 Se amplia el plazo de resolución de la O.TAS/955/2004, de 02/04/0434395-34396 (17683)
14/04/2004Orden Ministerial de 02/04/2004 Bases y convocatoria para el año 200415177-18180 (6608)
14/12/2001Orden Ministerial de 26/11/2001 Complementa la O. 29/12/01 respecto a financiación de la UE47320 (23728)
01/12/1999Orden Ministerial de 24/11/1999 Modificación de cuantías y convocatoria abierta41580-41581
14/01/1999Orden Ministerial de 29/12/1998 Bases reguladoras para el año 19991800-1803 (908)

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