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Subvenciones y ayudas

Ayudas para la realización de inversiones en ahorro y eficiencia energética: sector industria
Inicio convocatoria: 18/01/2010Final convocatoria: 26/02/2010
Organismo otorgante:
Cnj. Economía y Empleo / Junta de Castilla y León
Acciones subvencionables:
Ayudas para la realización de inversiones en ahorro y eficiencia energética en el Sector Industria, mediante:
  1. sustitución de equipos e instalaciones de proceso.
  2. sustitución y/o renovación de equipos auxiliares consumidores o transformadores de energía (calderas, quemadores, compresores, centros de transformación de energía eléctrica, motores, etc.).
  3. realización de auditorías energéticas en instalaciones industriales.

Fin de la inversión: 15/09/2010
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 30,00 % ó 500.000,00 € 
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables:
  • con carácter general: cuando el beneficiario sea una empresa de servicios energéticos, serán subvencionables los costes laborales en los que incurra dicha empresa imputables directamente a la actuación subvencionable realizada en empresa o sujeto ajeno, con un máximo del 6% sobre el gasto subvencionable.
  • para el caso 1 y 2: gastos por la compra y puesta en marcha de equipos, instalaciones y sistemas que transforman o consumen energía en el proceso productivo; sistemas auxiliares necesarios para el funcionamiento de las instalaciones y/o equipos; proyectos de ingeniería asociados, obra civil de implantación de equipos y montaje y puesta en marcha.
  • para el caso 3: gastos para la realización de los trabajos de auditoría.
NO serán subvencionables: gastos y costes financieros; el IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados, y en general, cualquier impuesto pagado por los beneficiarios; gastos realizados en equipos usados; gastos y costes de adquisición de terrenos.

Información adicional:
BENEFICIARIOS: empresas (incluyendo las empresas de servicios energéticos y las empresas de consultoría energética).
SE EXCLUYEN, las ramas de actividad que integran el sector transformación de la energía (refinerías y producción de energía eléctrica).
CUANTIA: el porcentaje y cuantía subvencionable variará en función del tipo de ayuda y ahorro energético: para el caso 1, hasta el 22% del gasto subvencionable, con un límite de 500.000 euros; para el caso 2, hasta el 30% del gasto subvencionable, con un límite de 500.000 euros; para el caso 3, hasta el 70% con un límite de 22.500 euros en función del consumo de energía final energética por establecimiento.
La cuantía de subvención percibida en unión de otras ayudas que puedan recibirse por las actuaciones 1 y 2, los límites máximos son: pequeñas empresas, el 80%; medianas empresas, el 70%; y grandes empresas, el 60%.
La cuantía de subvención percibida en unión de otras ayudas que puedan recibirse por las actuaciones 3, los límites máximos son: pequeñas empresas, el 70%; medianas empresas, el 60%; y grandes empresas, el 50%.
RESTRICCIONES: el beneficiario deberá financiar con fondos propios la parte de la actividad que no tenga derecho a subvención.
Deberán presentarse tantas solicitudes como actuaciones subvencionables se hayan realizado o se pretendan realizar.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán compatibles con otras para la misma finalidad.
NOTA INTERNA: las ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en un 70%.
El presupuesto total para el año 2010 es de 2.724.374 euros.
El plazo de resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que la solicitud haya tenido entrada en el registro.
El plazo de justificación finalizará el 15/09/2010.
Localización del proyecto:
Castilla y León
España
Localización del beneficiario:
Castilla y León
España

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León
FechaNormaContenidoPáginas
02/02/2010 Corrección de errores en el gasto subvencionable de la O.EYE/2374/2009, de 26/12/098347
31/12/2009Orden autonómica de 26/12/2009 Convocatoria para el año 2010 (Código REAY IND039)118-137
24/12/2009Orden autonómica de 21/12/2009 Bases reguladoras. Se deroga la O.EYE/2192/2008 y la O.EYE/2191/200835692-35696
05/08/2009Orden autonómica de 31/07/2009 Modifica la O. EYE/2223/2008, de 29/12/08 en cuanto al crédito asignado24363
27/02/2009 Corrección de errores en el texto de la O.EYE/2192/2008, de 16/12/085818
19/02/2009 Corrección de errores en el texto de la O.EYE/2223/2008, de 29/12/085034-5038
31/12/2008Orden autonómica de 29/12/2008 Convocatoria para el año 200986-105
22/12/2008Orden autonómica de 16/12/2008 Bases reguladoras26055-26060

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