 | | Inicio convocatoria: 18/01/2010 | Final convocatoria: 26/02/2010 | Organismo otorgante: Cnj. Economía y Empleo / Junta de Castilla y León
| Acciones subvencionables: Ayudas para la realización de inversiones para ahorro energético y mejora de la eficiencia energética en el sector transportes.
Ayudas para:
- realización de auditorías a las flotas de transporte industrial, pasajeros y mercancías, para que mejoren su gestión integral, y así reducir sus consumos energéticos;
- realización de inversiones en sistemas tecnológicos y aplicaciones orientadas a la mejora de la eficiencia energética en las flotas de transporte por carretera;
- adquisición de vehículos nuevos de propulsión eléctrica a partir de baterías y/o híbrida, siempre que tengan unas emisiones inferiores a 130 g de CO2/km;
- adquisición de vehículos nuevos, ya sean turismos o comerciales de menos de 3.500 kg de MMA de combustión directa de hidrógeno o de pilas de combustible;
- adquisición de vehículos nuevos, ya sean turismos o comerciales de menos de 3.500 kg de MMA de gas natural o gases licuados del petróleo que tengan unas emisiones inferiores a 160 g de CO2/km;
- transformación de vehículos para ser alimentados por GLP;
- adquisición de motocicletas nuevas de propulsión con hidrógeno, con pila de combustible, híbrida y/o eléctrica;
- instalaciones de estaciones de carga o llenado de gas natural, GLP, eléctrica o hidrógeno, destinadas a servicio público en general, instalaciones de estaciones de llenado individual e instalaciones de llenado colectivas;
- adquisición de vehículos industriales nuevos relacionados con el transporte por carretera, de propulsión eléctrica, híbrida, con pila de combustible o alimentados con gas natural, GLP o hidrógeno;
- adquisición de material móvil nuevo (aún cuando no se trate de vehículos matriculados) de propulsión electríca, híbrida, con pila de combustible o alimentados con gas natural, GLP o hidrógeno;
- promoción de transporte urbano en bicicleta, mediante sistemas de préstamos de bicicletas;
- realización de planes de transporte para empresas de más de 200 trabajadores;
- experiencias piloto que sean consecuencia de la realización previa de un Plan de movilidad de empresa.
| | Fin de la inversión: 15/09/2010 | | Inversión máxima: 21.000,00 € |
| | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Gastos subvencionables: Serán subvencionables: en general, gastos por la compra y/o transformación de vehículos, puesta en marcha de equipos, instalaciones y sistemas que transforman o consumen energía, sistemas auxiliares necesarios para el funcionamiento de las instalaciones y/o equipos, proyectos de ingeniería asociados, obra civil de implantación de equipos y montaje y puesta en marcha.
Para los casos 3, 4, 5, 6, 7, 9 y 10: costes de inversión suplementarios necesarios para conseguir un nivel de protección del medio ambiente superior al exigido por las normas comunitarias;
Para el caso 1 y 12: costes del estudio;
Para los casos 2 y 13: costes de inversión adicionales necesarios para lograr ahorros de energía más allá del nivel requerido por las normas comunitarias.
NO serán subvencionables: gastos y costes financieros, como consecuencia de la inversión; el IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados, y en general, cualquier impuesto pagado por los beneficiarios; gastos realizados en equipos usados; gastos y costes de adquisición de terrenos; para el caso 13, los gastos y costes en obra civil.
| Información adicional: PLAZO: El plazo de solicitud reflejado es para empresas. Para solicitantes que NO tengan la condición de empresa, el plazo será: del 18 al 29 de enero para los proyectos que ya hayan iniciado la actividad subvencionable y del 8 al 26 de febrero para los proyectos que no hayan sido iniciados.
BENEFICIARIOS: empresas privadas de transporte de mercancías y servicio discrecional de pasajeros, empresas concesionarias de transporte público, otras empresas, entidades y/o asociaciones sin ánimo de lucro, particulares, entidades locales y comunidades de bienes.
CUANTIA: la cuantía y porcentaje máximo reflejado son para el caso 1, pero la cuantía de las ayudas variará en función de la actuación subvencionable y las características del proyecto.
RESTRICCIONES: las actuaciones deben ejecutarse entre el 1 de enero de 2009 hasta el 15 de septiembre de 2010, excepto para aquellas actuaciones que se lleven a cabo por Entidades que tengan la condición de empresas, en cuyo caso serán subvencionables las actuaciones que se inicien con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención, pudiendo ejecutarse hasta el 15 de septiembre de 2010.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán compatibles con otras para la misma actividad.
NOTA INTERNA: las ayudas se concederán en régimen de concurrencia simple, constan con una dotación de 870.000 euros y están cofinanciadas por el FEDER en un 70%.
El plazo de resolución será de seis meses desde la entrada de la solicitud en el registro.
El plazo de justificación finalizará el 15/09/10.
| Localización del proyecto: Castilla y León España
| Localización del beneficiario: Castilla y León España
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Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 12/08/2010 | Orden autonómica de 06/08/2010 | Se modifica el apartado de financiación de la O.EYE/2400/2009, de 23/12/09 | 64307-64308
| | 25/03/2010 | Orden autonómica de 09/03/2010 | Se modifica la O.EYE/2400/2009, de 23/12/09 | 27259-27260
| | 08/03/2010 | Orden autonómica de 11/02/2010 | Se modifican varios párrafos de la O.EYE/2190/2008, de 15/12/09 | 19146-19147
| | 31/12/2009 | Orden autonómica de 23/12/2009 | Bases y convocatoria para el año 2010 (Código REAY IND026) | 361-387
| | 18/12/2009 | Orden autonómica de 07/12/2009 | Se modifica parcialmente la O.EYE/2190/2008, de 15/12/08 | 35227-35230
| | 18/12/2009 | Orden autonómica de 07/12/2009 | Se modifica parcialmente la O.EYE/2190/2008, de 15/12/08 | 35227-35230
| | 05/08/2009 | Orden autonómica de 31/07/2009 | Modifica la O. EYE/2237/2008, de 29/12/08 en cuanto al crédito asignado | 24364
| | 22/07/2009 | Orden autonómica de 30/06/2009 | Modifica el crédito asignado a la O.EYE/2237/2008, de 29/12/08 | 23058-23059
| | 20/02/2009 | | Corrección de errores en el texto de la O.EYE/2190/2008, de 15/12/08 | 5149
| | 20/02/2009 | | Corrección de errores en el plazo y los anexos de la O.EYE/2237/2008, de 29/12/08 | 5244-5269
| | 31/12/2008 | Orden autonómica de 29/12/2008 | Convocatoria para el año 2009 | 240-270
| | 22/12/2008 | Orden autonómica de 15/12/2008 | Bases reguladoras | 26045-26051
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