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Subvenciones y ayudas

Ayudas para la transformación y comercialización de los productos de pesca y acuicultura - La Rioja
Inicio convocatoria: 31/08/2011Final convocatoria: 28/10/2011
Organismo otorgante:
Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER) / Cnj. Industria, Innovación y Empleo / Gobierno de La Rioja
Acciones subvencionables:
Ayudas estructurales de las inversiones productivas destinadas a la acuicultura y a la transformación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura.

Inversión mínima: 30.000,00 € 
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
Bonificaciones fiscales

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: ó 30.000,00 € 
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: adquisición, construcción, modernización o mejora de bienes inmuebles; inversiones destinadas a la reordenación de las plantas productivas; traídas y acometidas de servicios; adquisición de maquinaria y bienes de equipo nuevos; adquisición de equipos informáticos y telemáticos, incluidos los programas informáticos; honorarios de proyecto, dirección de obra, consultoría, adquisición de patentes y licencias de desarrollo de producto tecnológico y de desarrollo tecnológico y estudios de viabilidad.
NO serán subvencionables: adquisición de terrenos; inversiones efectuadas en la fese del comercio al por menor; realizadas en zonas no vinculadas directamente con las actividades productivas; gastos de constitución y primer establecimiento; IVA, así como cualquier otro impuesto; adquisición de maquinaria y bienes de equipos usados; inversiones de reposición o mera sustitución de equipos y maquinaria; elementos de transporte exterior; inveriones físicamente situadas y ubicadas fuera de los centros de trabajo; mobiliario de oficina y laboratorio; gastos de reparación y mantenimiento; inversiones cuya base imponible expresada en la correspondiente factura sea inferior a 1.000 euros; activos fabricados por el propio solicitante e inversiones para el propio inmovilizado; transferencia de la propiedad de una empresa.

Información adicional:
BENEFICIARIOS: personas físicas o jurídicas de carácter privado consideradas pyme.
CUANTIA: el importe mínimo del proyecto de inversión subvencionable será de 30.000 euros.
RESTRICCIONES: los beneficiarios deben mantener la actividad durante un periodo no inferior a cinco años.
Se excluyen las "sociedades patrimoniales" o de mera tenencia de bienes inmobiliarios, rústicos o urbanos, o de instalaciones y bienes productivos.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas son incompatibles con otras ayudas de la misma finalidad.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. El presupuesto para el año 2011 es de 130.000 euros.
El plazo máximo para la realización y justificación será de 3 años, a contar desde la resolución de la concesión.
Localización del proyecto:
Rioja (La)
España
Localización del beneficiario:
Rioja (La)
España

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja
FechaNormaContenidoPáginas
31/08/2011Resolución de 29/08/2011 Segunda convocatoria para el año 20117198-7201
21/02/2011Resolución de 17/02/2011 Convocatoria para el año 20112232-2235
16/02/2011Orden autonómica de 11/02/2011 Bases reguladoras para 20111718-1730
12/07/2010Resolución de 05/07/2010 Segunda convocatoria para el año 20109689-9691
28/04/2010Resolución de 31/03/2010 Concesión de ayudas de varias R. 06/06/08 y 16/09/085901-5907
12/02/2010Resolución de 01/02/2010 Convocatoria para el año 20101545-1547
03/04/2009Resolución de 12/03/2009 Se aprueban módulos de costes unitarios para inversiones en obra civil e instalaciones de fontanería4259-4260
20/02/2009Resolución de 17/02/2009 Convocatoria para el año 20092236-2239
20/02/2009Orden autonómica de 17/02/2009 Se modifica la O.6/2008, de 20/05/082176-2177
07/06/2008Resolución de 06/06/2008 Convocatoria para el año 20083956-3958
31/05/2008Orden autonómica de 20/05/2008 Bases reguladoras. Deroga la O.05/2002, 14/05/023769-3775
05/10/2005Resolución de 28/09/2005 Convocatoria para el año 20065564
14/12/2004Orden autonómica de 25/11/2004 Se modifica el apartado 6.3 de la O.05/2002, de 14/05/026770-6771
21/10/2004Resolución de 06/10/2004 Se definen determinados aspectos de la O.5/2002, de 14/05/025654
22/11/2003Resolución de 17/11/2003 Se definen determinados aspectos de la O.5/2002, de 14/05/025557
22/10/2002Resolución de 11/10/2002 Nueva convocatoria para el año 20034905
19/09/2002 Corrección de errores de la O. de Bases 5/2002, de 14/05/024281
21/05/2002Orden autonómica de 14/05/2002 Bases y convocatoria para el año 20022326-2327

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