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Subvenciones y ayudas

Ayudas para el fomento de la contratación indefinida por grandes empresas
Inicio convocatoria: 03/06/2011Final convocatoria: 31/12/2011
Organismo otorgante:
Cnj. Empleo, Empresa e Innovación / Junta de Extremadura
Acciones subvencionables:
Ayudas para:
  1. Contrataciones indefinidas iniciales.
  2. Transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos.

Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 75,00 % ó 6.000,00 € 
Información adicional:
PLAZO: el plazo de solicitud será de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de variación de datos en la Seguridad Social referida a la transformación del contrato temporal en indefinido o en fijo discontinuo objeto de subvención.
BENEFICIARIOS: grandes empresas.
Se EXCLUYEN empresas de trabajo temporal; Administraciones Públicas; Internacionales, Comunitarias, Estatales, Autonómicas, Locales o cualesquiera otras.
CUANTIA: el porcentaje y cuantia máxima reflejada es para contrataciones indefinidas de personas con discapacidad a tiempo completo.
Para contrataciones indefinidas inicial a tiempo completo será hasta el 50% de los costes salariales, con un máximo de 4.000 euros por contratación.
Para transformación de contratos temporales en indefinidos hasta el 50% de los costes salariales, con un máximo de 2.000 euros por contratación.
Las cuantías se verán incrementadas en 1.000 euros si se trata de una empresa de nuevo establecimiento.
RESTRICCIONES: se excluyen de estas ayudas: las relaciones laborales de carácter especial; contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive; contrataciones realizadas con trabajadores que en los 6 meses anteriores a la fecha de la contratación hubiesen prestado servicios con contrato de duración; contrataciones que afecten a socios trabajadores o de trabajo de Empresas de la Economía Social; contrataciones que afecten a Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales; empresas que hayan extinguido o extingan, por despido reconocido o declarado como improcedente; empresas que hayan sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán incompatibles con otras para la misma finalidad.
NOTA INTERNA: la jornada laboral deberá ser como mínimo del 50% de la jornada habitual de la empresa, actividad o sector de que se trata.
Las contrataciones deberán realizarse en los siguientes colectivos: mayores de 50 años; trabajadores que no hayan tenido empleo remunerado en los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la oferta; jóvenes menores de 30 años; discapacitados igual o superior al 33%.
Las ayudas se concederán en régimen de concesión directa.
Las ayudas están cofinanciado por el Fondo Social Europeo (FSE) en un 75%.
El plazo de resolución será de seis meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
Localización del proyecto:
Extremadura
España
Localización del beneficiario:
Extremadura
España

Boletín: Diario Oficial de Extremadura
FechaNormaContenidoPáginas
02/06/2011Decreto de 27/05/2011 Bases y convocatoria para el año 201114019-14051
08/04/2009Decreto de 03/04/2009 Bases y convocatoria para el año 200910040-10059

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