 | | Inicio convocatoria: 03/06/2011 | Final convocatoria: 31/12/2011 | Organismo otorgante: Cnj. Empleo, Empresa e Innovación / Junta de Extremadura
| Acciones subvencionables: Ayudas para:
- Contrataciones indefinidas iniciales.
- Transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos.
| | | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 75,00 % ó 6.000,00 € | |
| Información adicional: PLAZO: el plazo de solicitud será de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de variación de datos en la Seguridad Social referida a la transformación del contrato temporal en indefinido o en fijo discontinuo objeto de subvención.
BENEFICIARIOS: grandes empresas. Se EXCLUYEN empresas de trabajo temporal; Administraciones Públicas; Internacionales, Comunitarias, Estatales, Autonómicas, Locales o cualesquiera otras.
CUANTIA: el porcentaje y cuantia máxima reflejada es para contrataciones indefinidas de personas con discapacidad a tiempo completo. Para contrataciones indefinidas inicial a tiempo completo será hasta el 50% de los costes salariales, con un máximo de 4.000 euros por contratación. Para transformación de contratos temporales en indefinidos hasta el 50% de los costes salariales, con un máximo de 2.000 euros por contratación. Las cuantías se verán incrementadas en 1.000 euros si se trata de una empresa de nuevo establecimiento.
RESTRICCIONES: se excluyen de estas ayudas: las relaciones laborales de carácter especial; contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive; contrataciones realizadas con trabajadores que en los 6 meses anteriores a la fecha de la contratación hubiesen prestado servicios con contrato de duración; contrataciones que afecten a socios trabajadores o de trabajo de Empresas de la Economía Social; contrataciones que afecten a Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales; empresas que hayan extinguido o extingan, por despido reconocido o declarado como improcedente; empresas que hayan sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán incompatibles con otras para la misma finalidad.
NOTA INTERNA: la jornada laboral deberá ser como mínimo del 50% de la jornada habitual de la empresa, actividad o sector de que se trata. Las contrataciones deberán realizarse en los siguientes colectivos: mayores de 50 años; trabajadores que no hayan tenido empleo remunerado en los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la oferta; jóvenes menores de 30 años; discapacitados igual o superior al 33%. Las ayudas se concederán en régimen de concesión directa. Las ayudas están cofinanciado por el Fondo Social Europeo (FSE) en un 75%. El plazo de resolución será de seis meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
| Localización del proyecto: Extremadura España
| Localización del beneficiario: Extremadura España
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Boletín: Diario Oficial de Extremadura
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 02/06/2011 | Decreto de 27/05/2011 | Bases y convocatoria para el año 2011 | 14019-14051
| | 08/04/2009 | Decreto de 03/04/2009 | Bases y convocatoria para el año 2009 | 10040-10059
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