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Subvenciones y ayudas

Incentivos industriales extremeños a la inversión para el tejido empresarial (2007-2013)
Inicio convocatoria: 14/02/2007Final convocatoria: 18/04/2012
Organismo otorgante:
Cnj. Economía y Hacienda / Junta de Extremadura
Acciones subvencionables:
Ayudas para el desarrollo del tejido empresarial extremeño a través del apoyo directo a la inversión productiva con el establecimiento de una línea de ayudas en forma de subvención directa, para los siguientes proyectos promocionables:
  1. proyectos de creación de nuevas empresas.
  2. proyectos de ampliación-modernización de centros productivos existentes.
  3. proyectos de traslado de centros productivos existentes.
  4. proyectos de integración de tecnologías limpias en la empresa.

Fin de la inversión: 31/12/2013
Inversión mínima: 15.000,00 € 
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 40,00 % ó 150.000,00 € 
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: terrenos; edificios; equipamiento; otras inversiones.
NO serán subvencionables: inversiones realizadas mediante leasing; inversiones realizadas mediante un sistema de venta y arriendo retroactivo (lease-back), el Impuesto sobre el Valor Añadido, las tasas y otros impuestos, así como los gastos financieros ocasionados por el desarrollo del proyecto; inversiones de reposición o mera sustitución de equipos y maquinaria, salvo que la nueva adquisición corresponda a equipos o maquinaria distintos a los anteriores.

Información adicional:
PLAZO: esta ayuda queda derogada por el Decreto 55/2012, de 13 de abril.
BENENFICIARIOS: personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, así como sociedades civiles que gocen de personalidad jurídica propia.
Quedan excluidas las empresas públicas o participadas mayoritariamente por éstas, y las entidades de derecho público.
CUANTIA: el importe mínimo del proyecto de inversión a realizar será de 15.000 euros.
El porcentaje reflejado se elevará en el caso de las pequeñas y medianas empresas al 60% y 50% respectivamente.
El importe reflejado es por proyecto con carácter general, en el caso de que se trate de una empresa de economía social este importe será de 180.000 euros.
RESTRICCIONES: quedan excluidos de estos incentivos las actividades de transporte e industria del carbón y pesqueras.
Para los casos 2, 3 y 4, la inversión proyectada inferior a 100.000 euros, será suficiente el mantenimiento de la plantilla máxima de trabajadores indefinidos, con que contara la empresa en los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.
Para la obtención de las ayudas se establece como financiación del proyecto el 25% por parte del promotor sin ningún tipo de ayuda pública, una vez recibida la comunicación de elegibilidad.
Quedan excluidos de estas ayudas los proyectos de inversión que puedan acogerse a los beneficios de la línea de Incentivos Económicos Regionales.
La empresa beneficiaria no podrá optar a otra subvención en esta línea de incentivos hasta que hayan transcurrido dos años desde la fecha de presentación de la anterior solicitud de subvención.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas son incompatibles con los programas del eje LEADER o medidas que sustituyan a los programas de la iniciativa comunitaria LEADER y programa de desarrollo rural PRODER.
Los beneficiarios que se les conceda una ayuda para un proyecto de inversión no podrán solicitar otra ayuda hasta que no haya transcurrido dos años desde la fecha de presentación de la anterior solicitud de subvención.
NOTA INTERNA: Se valorará para la obtención de estas ayudas, el sector de actividad de la empresa promotora o la generación de empleo estable; el impacto socioeconómico, y aprovechamiento de los recursos endógenos de la zona, así como la utilización de materia prima regional. Además, se tendrá en cuenta la modalidad de la inversión; el carácter innovador del proyecto y la utilización de nuevas tecnologías, el respeto por el medio ambiente y la calidad.
Los expedientes presentados antes del 31/12/06 y que no hayan recibido resolución, se resolverán al amparo del D.43/2001, siempre que se resuelvan antes del 30/06/07.
Estas ayudas están cofinanciadas por el FEDER.
El plazo máximo para notificar la resolución será de seis meses.
Localización del proyecto:
Extremadura
España
Localización del beneficiario:
Extremadura
España

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea. Serie C
FechaNormaContenidoPáginas
19/09/2001 Autorización de ayudas estatales (2001/C 263/03)5-12
19/05/2001Decisión comunitaria de 29/01/2001 Autorización de ayudas estatales (2001/C 149/03)9
Boletín: Diario Oficial de Extremadura
FechaNormaContenidoPáginas
03/05/2012Anuncio de 12/04/2012 Concesión de las ayudas del D. 20/2007, de 06/02/079214-9215
20/04/2012Anuncio de 02/04/2012 Concesión de las ayudas de la R. 30/03/128312-8313
03/02/2012Anuncio de 29/12/2011 Concesión de las ayudas del D. 20/2007, de 06/02/072437-2438
09/01/2012Anuncio de 15/12/2011 Concesión de ayudas del D. 20/2007, de 06/02/07537-538
13/12/2011Resolución de 16/11/2011 Se modifica las condiciones de proyectos del D. 20/2007, de 06/02/0728594
30/11/2011Anuncio de 07/11/2011 Concesión de las ayudas del D. 20/2007, ,de 06/02/0727730-27731
04/11/2011Anuncio de 10/10/2011 Concesión de las ayudas del D. 20/2007, de 06/02/0725410-25412
20/10/2011Anuncio de 14/09/2011 Concesión de las ayudas del D. 20/2007, de 06/02/0724578-24579
18/10/2011 Se modifica las condiciones de proyectos actogidos al D. 20/2007, de 06/02/0724396-24397
20/10/2010Resolución de 06/10/2010 Concesión de ayudas del D. 20/2007, de 06/02/07 24675-24677
11/10/2010Resolución de 20/09/2010 Concesión de ayudas del D. 20/2007, de 06/02/1024187-24189
24/08/2010Resolución de 06/08/2010 Concesión del D.20/2007, de 06/02/0721586-21588
10/05/2010Resolución de 26/04/2010 Concesión de ayudas del D. 20/2007, de 06/02/0711609-11611
13/04/2010Resolución de 24/03/2010 Concesión de ayudas del D. 20/2007 de 06/02/079067-9069
23/03/2010Resolución de 02/03/2010 Concesión del D.20/2007, de 06/02/076734-6737
06/11/2009Resolución de 21/10/2009 Concesión de ayudas del D. 20/2007, de 06/02/0730304-30305
17/09/2009Resolución de 01/09/2009 Concesión del D.20/2007, de 06/02/0725643-25644
20/07/2009Resolución de 07/07/2009 Concesión y denegación de ayudas del D. 20/2007, de 06/02/07 para 200920985-20987
23/04/2009Resolución de 07/04/2009 Concesión del D.20/2007, de 06/02/0711522-11524
23/03/2009Resolución de 16/03/2009 Concesión del D.20/2007, de 11/04/077578-7580
19/03/2009Decreto de 13/03/2009 Se modifican puntualmente el D.19/2007, de 06/02/077246-7250
21/11/2008Resolución de 12/11/2008 Concesión del D.20/2007, de 06/02/0731031-31033
11/11/2008Resolución de 27/10/2008 Se modifica el D.20/2007, de 06/02/0730109-30311
11/11/2008Orden autonómica de 24/10/2008 Se modifica las condiciones de proyectos acogidos al D.43/2001, de 20/03/0830107-30108
30/10/2008Decreto de 24/10/2008 Se modifica el D.20/2007, de 06/02/0729151-29160
14/07/2008Resolución de 18/06/2008 Concesión del D.20/2007, de 06/02/0719162-19165
02/06/2008Resolución de 09/05/2008 Concesión de la D.20/2007, de 06/02/0714835-14838
14/04/2008Decreto de 11/04/2008 se modifica el D.20/2007, de 06/02/079375-9380
24/02/2007Decreto de 20/02/2007 Se modifica el D.20/2007, de 06/02/073109-3111
13/02/2007Decreto de 06/02/2007 Bases y convocatoria para el período 2007-2013. Deroga D.43/2001, de 20/03/012281-2317
09/05/2006Decreto de 02/05/2006 Se modifican varios art. del D.43/2001, de 20/06/017793-7794
19/05/2005Orden autonómica de 03/05/2005 Se da publicidad a los nuevos modelos del D.43/2001, de 20/03/016703-6725
21/09/2004Decreto de 14/09/2004 Se establecen medidas complementarias del D.43/2001, de 20/03/0111468-11469
11/12/2003Orden autonómica de 14/11/2003 Concesión del D.43/2001, de 20/03/0114665-14667
11/12/2003Orden autonómica de 07/11/2003 Concesión del D.43/2001, de 20/03/0114663-14665
31/05/2001Orden autonómica de 22/05/2001 Modelos para la tramitación del D.43/2001, de 20/03/015841-5863
27/03/2001Decreto de 20/03/2001 Bases y convocatoria para el año 20012849-2859

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