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Subvenciones y ayudas

Línea ICO-Economía Sostenible 2010
Inicio convocatoria: 01/01/2010Final convocatoria: 20/12/2010
Organismo otorgante:
Inst. de Crédito Oficial (ICO) / Ministerio de Economía y Hacienda
Acciones subvencionables:
Ayudas para financiar los proyectos que los autónomos y empresas desarrollen en los sectores de medio ambiente, innovación y conocimiento y ámbito social.

Las inversiones se tendrá que realizar en los siguientes sectores objetivos:

  1. Medioambiental:
    1. Eficiencia Energética.
    2. Eco-Innovación.
    3. Tratamiento y gestión integral de residuos.
    4. Gestión del agua, movilidad sostenible.
    5. Energías renovables.
    6. Rehabilitación de viviendas y barrios y áreas rurales.
  2. Conocimiento e Innovación:
    1. Salud y biotecnología.
    2. Energía y cambio climático.
    3. Construcción sostenible.
    4. Agroalimentación de calidad.
    5. Tecnología de información y la comunicación.
    6. Aeronaútica y sector aeroespacial.
    7. Nanociencia y nanotecnología.
  3. Social:
    1. Atención a los mayores dependientes y otros colectivos vulnerables.
    2. Profesionalización de los servicios asistenciales.
    3. Fomento de los servicios de apoyo a la conciliación.
    4. Responsabilidad social corporativa.

Tipo de subvención: Anticipos reembolsables y préstamos

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 100,00 % ó 50.000.000,00 € 
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: rehabilitación sostenible de viviendas en el caso de particulares y comunidades de propietarios; adquisición y renovación de activos fijos productivos, nuevos o de segunda mano, clasificados dentro de los sectores de economía sostenible; adquisición de empresas; impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) o impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.).
NO serán subvencionables: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión y el circulante.

Información adicional:
BENEFICIARIOS: particulares y comunidades de propietarios (sólo para proyectos de rehabilitación sostenible de viviendas), autónomos, empresas y entidades.
CUANTIA: para el tramo I (autónomos, microempresas y pequeñas empresas y entidades similares en tamaño, así como particulares y comunidades de propietarios en el caso de proyectos de rehabilitación de viviendas), hasta 2 millones de euros, en una o varias operaciones; en el caso del tramo II (medianas y resto de empresas y entidades similares en tamaño), hasta 50 millones de euros, en una o varias operaciones.
La financiación máxima será hasta el 100% del proyecto de inversión.
CONDICIONES DEL PRÉSTAMO: El plazo de amortización y carencia será de 3 años sin carencia para el pago de principal; 5 años, con 0 ó con 1 año de carencia para el pago de principal; 7 años, con 0 ó con 2 años de carencia para el pago de principal; 10 años, con 0 ó con 3 años de carencia para el pago de principal; 12 años, con 0 ó con 3 años de carencia para el pago de principal; 15 años, con 0 ó con 3 años de carencia para el pago de principal y 20 años, con 0 ó con 3 años de carencia para el pago de principal.
El tipo de interés para el tramo I, será fijo, según cotización quincenal comunicada por ICO, más hasta 1,65% y variable, Euribor 6 meses más Diferencial, según cotización quincenal comunicada por ICO, más hasta 1,65%.
Para el tramo II, será de fijo, según cotización quincenal comunicada por ICO, más hasta 2,00% y variable, Euribor 6 meses más Diferencial, según cotización quincenal comunicada por ICO, más hasta 2,00%.
El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y las Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad.
RESTRICCIONES: la inversión a financiar no podrá estar iniciada con anterioridad al 01/01/09 y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 24 meses a contar desde la fecha de firma de la financiación.
COMPATIBILIDAD: esta Línea es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras Instituciones, debiendo respetar los límites máximos en cuanto a la acumulación de ayudas pública establecidas por la Unión Europea.
NOTA INTERNA: la tramitación se hará directamente en las oficinas de los principales bancos y cajas establecidos en España.
El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.
Para más información, se puede consultar: la página del ICO
Localización del proyecto:
España
Localización del beneficiario:
España

Boletín: Otras Fuentes
FechaNormaContenidoPáginas
09/03/2010Anuncio de 00/00/0000 Bases y convocatoria para el año 2010

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