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Subvenciones y ayudas

Línea ICO Vivienda
Inicio convocatoria: 01/01/2012Final convocatoria: 15/12/2012
Organismo otorgante:
Inst. de Crédito Oficial (ICO) / Ministerio de Economía y Competitividad
Acciones subvencionables:
Línea de financiación para:
  1. Viviendas en España terminadas y destinadas a régimen de alquiler como vivienda habitual, dentro del marco de la LAU (art. 2.1.), pudiendo incluir el contrato de alquiler una opción de compra.
  2. Rehabilitación de viviendas y edificios.

Tipo de subvención: Anticipos reembolsables y préstamos

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 100,00 % ó 10.000.000,00 € 
Plazo máximo de amortización:240 meses
Plazo máximo de carencia:24 meses
Información adicional:
BENEFICIARIOS: para el caso 1, autónomos, entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG´s, Administración Pública) con domicilio social y fiscal en España titulares de inversiones inmobiliarias, así como sociedades vehículo.
Para el caso 2, particulares y comunidades de propietarios.
CUANTIA: el importe máximo son 10.000.000 euros sea en una o varias operaciones.
Para el caso 1, el importe máximo a financiar con cargo a esta línea será el menor entre el 80% del importe del préstamo promotor y el 80% del valor de tasación de la promoción destinada a alquiler.
Para el caso 2, se financiará hasta el 100% del proyecto de rehabilitación, incluido IVA o impuesto de análoga naturaleza en una o varias operaciones.
CONDICIONES DEL PRÉSTAMO: el tipo de interés será variable, Euribor 6 meses según cotización quincenal comunicada por el ICO más diferencial, más hasta un margen del 2%. El tipo de interés final para el cliente (TAE) se publica quincenalmente.
El plazo de amortización para el caso 1 será: 5 años con amortización única a vencimiento.
El plazo de amortización para el caso 2 será: 3 años sin carencia para el pago del principal; 5 años, sin carencia o con 1 año de carencia para el pago del principal; 7 años, sin carencia o con 1 años de carencia para el pago del principal; 10 años, sin carencia o con 2 años de carencia para el pago del principal; 12 años, sin carencia o con 2 años de carencia para el pago del principal; 15 años, sin carencia o con 2 años de carencia para el pago del principal; 20 años, sin carencia o con 2 años de carencia para el pago del principal.
Las garantías pueden ser: hipotecarias, personales o avales mancomunados o solidarios.
RESTRICCIONES: las entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de: comisión apertura, de estudio o de disponibilidad.
Los gastos de notaría, corretaje o registro, en su caso, se satisfarían según se acuerde entre el cliente y la entidad de crédito.
COMPATIBILIDAD: esta línea es compatible con otros préstamos ICO y con ayudas recibidas de las CCAA u otras instituciones siempre que estos organismos no establezcan otra cosa.
NOTA INTERNA: la tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las entidades de crédito.
El presupuesto total para el año 2012 es de 1.000 millones de euros.
Para más información sobre esta línea se puede consultar la página web del ICO: pinchar aquí.
Localización del proyecto:
España
Localización del beneficiario:
España

Boletín: Otras Fuentes
FechaNormaContenidoPáginas
02/01/2012Anuncio de 00/00/0000 Información del organismo
26/01/2011Anuncio de 00/00/0000 Información del organismo
25/01/2010Anuncio de 00/00/0000 Información del organismo
16/07/2009Anuncio de 00/00/0000 Se elimina los límites presupuestarios asignados a las entidades
16/07/2009Anuncio de 00/00/0000 Información del organismo

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