 | | Inicio convocatoria: 30/09/2009 | Final convocatoria: 30/12/2010 | Organismo otorgante: Inst. Gallego de Promoción Económica (IGAPE) / Cnj. Economía e Industria / Xunta de Galicia
| Acciones subvencionables: Ayudas para establecer determinadas líneas de financiación garantizadas por el Igape, sometiéndose a las directrices horizontales y sectoriales dictadas por la Comisión Europea. Se podrán avalar las siguientes modalidades de operaciones financieras:
- Cuentas de crédito a un plazo de 2 años.
- Líneas de crédito a 2 años para el adelanto de efectos comerciales y facturas.
- Pólizas a 2 años de gestión de pagos a proveedores (confirming).
| | | Tipo de subvención: | Garantías/Avales
|
| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda mínima: 300.000,00 € | |
| Información adicional: BENEFICIARIOS: empresas que no se encuentren en situación de crisis.
CUANTIA: el importe individual de las operaciones de crédito acogidas al convenio será como mínimo de 300.000 euros, con un máximo de riesgo por beneficiaria entre todas las entidades financieras colaboradoras de 3.500.000 euros.
CONDICIONES DEL PRESTAMO: para el caso 1, el tipo de interés nominal anual para las cuentas de crédito acogidas al presente convenio será variable por semestres naturales; tipo de referencia, euribor a plazo de 6 meses; tipo adicional, no puede exceder de 2,75 puntos; comisiones, 1,5% apertura, 0,5% estudio y una comisión de disponibilidad trimestral máxima del 0,50%. Para el caso 2, el tipo de interés nominal anual a será variable por semestres naturales; tipo de referencia, euribor a plazo de 6 meses; tipo adicional, no puede exceder de 2,75 puntos. Para el caso 3, las entidades financieras podrán repercutir una comisión porcentual sobre las facturas confirmadas, que no sobrepasará el 1%. El plazo de vigencia de la garantía será como máximo de 30 meses desde su formalización. El aval se cancelará automáticamente una vez transcurridos treinta días naturales desde el momento de su vencimiento.
NOTA INTERNA: el Igape podrá garantizar operaciones de financiación nuevas, excluyéndose expresamente la sustitución de créditos bancarios preexistentes. La cuantía global para el año 2009 de las operaciones avaladas acogidas a este convenio ascenderá como máximo a 200.000.000 de euros. La cobertura de los avales no excederá de 100.000.000 de euros. El plazo máximo de resolución será de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud. El plazo máximo para la instrumentación del aval y de la operación avalada será de cinco meses a partir de la fecha de notificación de su concesión.
| Localización del proyecto: Galicia España
| Localización del beneficiario: Galicia España
|
Boletín: Diario Oficial de Galicia
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 27/12/2010 | Resolución de 09/12/2010 | Concesión del tercer trimestre de 2010 | 20945
| | 26/07/2010 | Resolución de 23/07/2010 | Modifica la R. 25/09/09 en cuanto a vigencia y plazo de solicitud | 13.538-13.539
| | 04/12/2009 | Resolución de 06/11/2009 | Concesión del primer, segundo y tercer trimestre de 2009 | 18648
| | 01/10/2009 | | Corrección de errores en el texto de la R.15/09/09 | 15692
| | 29/09/2009 | Resolución de 25/09/2009 | Bases y convocatoria para el año 2009 | 15530-15537
|
|
| |
Recomienda esta subvención
|
|
|  |