| Inicio convocatoria: 01/01/2012 | Final convocatoria: 00/00/0000 |
Organismo otorgante: Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) / Ministerio de Industria, Energía y Turismo
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Acciones subvencionables: Ayudas para la innovación tecnológica, a tipo de interés bonificado, de la incorporación de capital físico innovador que mejore la competitividad de la empresa y siempre que la tecnología incorporada sea emergente en el sector.
Los objetivos de los proyectos de innovación tecnológicas deberán ser:
- Incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados, diseño industrial e ingeniería de producto y proceso.
- Aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y/o programas informáticos).
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| Tipo de subvención: | Anticipos reembolsables y préstamos
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| Cuantía de la ayuda: |
| Ayuda máxima: 75,00 % | | | Plazo máximo de amortización:84 meses | | Plazo máximo de carencia:24 meses |
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Gastos subvencionables: Serán subvencionables: activos fijos no corrientes nuevos (terrenos y construcciones, personal, materiales, colaboraciones externas y otros costes indirectos).
NO serán subvencionables: proyecto de inversión ya finalizado con anterioridad a su presentación; terrenos y construcciones que no tengan relación con actividades de innovación; ampliación de la capacidad productiva sin que aporte diferencias tecnológicas relevantes con el sistema habitual existente en el sector nacional en el que se mueve la empresa; inversión en equipos que no forman parte de un proyecto de innovación tecnológica; el IVA.
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Información adicional: BENEFICIARIOS: empresas.
CUANTIA: el porcentaje de financiación será de hasta el 75% de la inversión. La financiación máxima por beneficiario final/año será de 1.500.000 euros formalizados en una o varias operaciones; y la financiación mínima por operación será de 100.000 euros. Las ayudas están sometidas al régimen de mínimis (máx. 200.000 euros por beneficiario durante periodo de tres años).
CONDICIONES DEL PRÉSTAMO: el plazo de amortización podrá ser: Plazos: a elegir entre: 5 años sin carencia; 7 años sin carencia; 7 años con 2 de carencia. El tipo máximo será Euribor - 0,5 puntos porcentual en términos TAE, con liquidación mensual, trimestral o semestral y revisable anualmente (no será inferior al 1,5%). El riesgo de las operaciones formalizadas con los beneficiarios finales es asumido por la entidad financiera.
NOTA INTERNA: la fecha de pago de las inversiones financiables no deberá ser anterior a 6 meses a contar desde la firma de la operación con la entidad financiera. Las entidades financieras colaboradoras son: Banco Santander, BBVA, La Caixa y Banco Sabadell.
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Localización del proyecto: España
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Localización del beneficiario: España
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