| Inicio convocatoria: 01/01/2009 | Final convocatoria: 15/12/2009 |
Organismo otorgante: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
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Acciones subvencionables: Ayudas
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| Tipo de subvención: | Anticipos reembolsables y préstamos
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| Cuantía de la ayuda: |
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Gastos subvencionables: Serán subvencionables: inversiones en nuevos activos productivos fijos materializadas en infraestructuras y/o equipamiento.
NO serán subvencionables: inversiones de mantenimiento ordinario; las inversiones en adquisición de inmuebles o vehículos; las reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones; el circulante; IVA o cualquier otro impuesto o tributo ligado a la inversión.
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Información adicional: PLAZO: el plazo para solicitar los préstamos comenzará en el momento en el que el ICO declare abierta la línea de financiación en su página web (www.ico.es) y finalizará el 15 de diciembre de 2009, salvo que se agoten con anterioridad a esa fecha los fondos de la línea dotada presupuestariamente para su financiación.
BENEFICIARIOS: empresas propietarias o que exploten establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos, campamentos turísticos y alojamientos rurales; empresas propietarias o que exploten establecimientos de restauración; empresas propietarias o que exploten agencias de viajes; empresas propietarias o que exploten establecimientos de oferta turística complementaria.
CUANTIA: la cuantía será de hasta el 90% de la inversión neta a financiar (impuestos excluidos). Las ayudas están sujetas a los límites de la norma “de mínimis” (en general, máx.: 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante 3 años, 100.000 euros para el sector de transporte ó 30.000 euros para los de pesca y acuicultura).
CONDICIONES DEL PRESTAMO: la modalidad del contrato será préstamo/leasing. El plazo de amortización para el prestatario: 5 años sin período de carencia, o con un período de carencia del principal de 1 año; 7 años sin período de carencia, o con un período de carencia del principal de 2 años; 10 años sin período de carencia, o con un período de carencia del principal de 3 años; 12 años sin período de carencia, o con un período de carencia del principal de 4 años. Tipo de interés de cesión ICO a las Entidades de Crédito: Fijo, al 0%; Tipo de interés para el beneficiario final: Fijo, al 1,50% TAE. Margen de intermediación para Entidades de Crédito: 1,50%.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán compatibles con otras recibidas de las Comunidades Autónomas u otras Instituciones.
NOTA INTERNA: la inversión financiable deberá materializarse en su totalidad en un plazo máximo de 24 meses. El presupuesto total para el año 2009 es de 400.000.000 euros.
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Localización del proyecto: España
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Localización del beneficiario: España
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