 | | Inicio convocatoria: 02/12/2011 | Final convocatoria: 30/06/2012 | Organismo otorgante: Cnj. Fomento / Junta de Castilla La Mancha
| Acciones subvencionables: Ayudas para la sustitución de ventanas por otras de mayor eficiencia energética en viviendas particulares, establecimientos y locales del sector terciario (locales comerciales, establecimientos de hostelería, etc), y edificios de titularidad pública pertenecientes a entidades locales.
Actuaciones subvencionables:
- la sustitución de ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento)
- la instalación de dobles ventanas, considerando como tal los casos en los que ya exista una ventana, que no se modifique, y se añada una nueva ventana exterior.
- la sola sustitución de cristales.
| | | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 35,00 % ó 50.000,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables: sustitución de ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento); la instalación de dobles ventanas, considerando como tal los casos en los que ya exista una ventana, que no se
modifique, y se añada una nueva ventana exterior; la sola sustitución de cristales.
NO será subvencionable: el IVA.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o comunidades de propietarios o establecimientos destinados al sector terciario.
CUANTIA: hasta el 35% del coste elegible con un límite por beneficiario de 3.000 euros para particulares, 30.000 euros para beneficiarios del sector terciario y 50.000 euros por bloque de viviendas.
RESTRICCIONES: solo se concederá una ayuda por vivienda particular y beneficiario. Los cerramientos en cuestión deberán encontrarse en un recinto habitable, en contacto con el exterior o con un espacio común no habitable. La actuación subvencionada habrá de conllevar un ahorro energético cuantificable. Las ventanas a instalar deberán disponer del correspondiente marcado CE. Tratándose de carpintería metálica, las nuevas ventanas deberán disponer de rotura de puente térmico. La superficie acristalada deberá ser de, al menos, 30% de la superficie total de cada una de las ventanas objeto
de la actuación. Los cristales instalados deberán consistir, en todo caso, en doble acristalamiento de aislamiento térmico reforzado de baja emisividad. En función de la zona climática dominante, deberán cumplirse, en todo caso, las siguientes condiciones de transmitancia térmica para los huecos (UH) y factor solar modificado del hueco, calculado teniendo en cuenta únicamente
el retranqueo de la ventana. En las soluciones de cerramientos acristalados para edificios de uso residencial se habrán de utilizar unidades
de vidrio aislante dotadas de vidrio de emisividad e <= 0,10, lo que garantiza una U máxima de 2,6 W/m2 K para el acristalamiento. La superficie mínima de los huecos sobre los que se lleven a cabo las actuaciones subvencionables por vivienda, establecimiento o edificio será de 1 m2, considerando como tal el vacío de obra (abertura medida desde el exterior). Las ventanas o acristalamientos a instalar serán nuevos.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán incompatibles con otras para la misma finalidad.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de evaluación individualizada. El presupuesto total es de 2.000.000 euros (600.000 euros para el año 2011 y 1.400.000 euros para el año 2012). El plazo de resolución será de tres meses desde la presentación de la solicitud.
| Localización del proyecto: Castilla-La Mancha España
| Localización del beneficiario: Castilla-La Mancha España
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Boletín: Diario Oficial de Castilla la Mancha
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 30/04/2012 | Resolución de 20/04/2012 | Concesión de las ayudas de la O. 02/12/11 | 14851-14856
| | 02/03/2012 | Resolución de 21/02/2012 | Concesión de las ayudas de la O. 02/12/11 | 8154-8160
| | 31/01/2012 | Resolución de 24/01/2012 | Concesión de ayudas de la O. 30/11/11 | 3765-3767
| | 09/12/2011 | | Correccion de errores en el texto de la O. 30/11/11 | 40855
| | 02/12/2011 | Orden autonómica de 30/11/2011 | Bases y convocatoria para el año 2012 | 40076-40091
| | 28/10/2011 | Resolución de 21/10/2011 | Concesión de las ayudas de la O. 04/05/10 | 35825-35844
| | 04/10/2011 | Resolución de 22/07/2011 | Concesión de las ayudas de la O. 04/05/10 | 32957-32969
| | 15/06/2011 | Orden autonómica de 20/05/2011 | Se modifica la O. 04/05/10 | 22860-22861
| | 29/04/2011 | Resolución de 26/04/2011 | Concesión de las ayudas de la O. 04/05/10 | 15582-15596
| | 28/10/2010 | Resolución de 08/09/2010 | Concesión de ayudas de la O. 04/05/10 | 50038-50042
| | 03/08/2010 | Resolución de 19/07/2010 | Concesión de ayudas de la O. 04/05/10 | 36327-36329
| | 12/05/2010 | Orden autonómica de 04/05/2010 | Bases y convocatoria para el año 2010 | 23454-23470
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