 | | Inicio convocatoria: 11/01/2010 | Final convocatoria: 11/04/2010 | Organismo otorgante: Inst. Catalán de Energía (ICAEN) / Dpto. Economía y Finanzas / Generalitat de Cataluña
| Acciones subvencionables: Ayudas para mejorar la eficiencia energética y reducir el consumo de energía en los hogares y en el sector terciario catalán, así como potenciar el uso racional de la energía entre los ciudadanos de Cataluña.
| | Inicio de la inversión: 01/01/2010 | Fin de la inversión: 10/09/2010 | | Inversión mínima: 1.000,00 € |
| | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: ó 100.000,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables: renovación de ventanas y otras aberturas como puertas vidrieras o claraboyas por otras más eficientes; la sustitución o incorporación de sistemas de protección solar de aberturas persianas, celosías, lamas, toldos).
NO serán subvencionables: el IVA; las ayudas del ramo de la albañilería, como puede ser la sustitución de bastidores y premarcos antiguos, colocación de cajas, tornos y rodillos, repasos de yeso, de pintura etc.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: para viviendas particulares, las familias (se incluyen las comunidades de propietarios y comunidades de bienes). Para edificios del sector terciario y actuaciones integrales en bloques de viviendas, las empresas privadas, instituciones sin ánimo de lucro, fundaciones y otros entes corporativos.
CUANTIA: la cuantía de las ayudas variará en función del uso del edificio: Para viviendas particulares, será de 130 €/m² de abertura renovada con un límite máximo de 3.000 euros por beneficiario y de 40 €/m² de protección solar con un límite de 1.000 euros por beneficiario. Para edificios del sector terciario y actuaciones integrales en bloques de viviendas, será de 100 €/m² de abertura renovada y de 40 €/m² de protección solar, con un límite máximo de 100.000 euros por beneficiario. En cualquiera de los apartados anteriores, la cuantía de la subvención no podrá superar nunca el 30% del coste elegible. Las ayudas están sujetas a los límites de la norma “de mínimis” (en general, máx.: 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante 3 años, 100.000 euros para el sector de transporte ó 30.000 euros para los de pesca y acuicultura).
RESTRICCIONES: las actuaciones de renovación o incorporación de protecciones solares solo serán subvencionables en el caso de que vayan acompañadas de una renovación o sustitución de abertura. En edificios del sector terciario, se deberá presentar una solicitud diferente para cada edificio donde se quieran renovar las aberturas. En el caso de viviendas particulares, se admitirá una sola solicitud por vivienda.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán incompatibles con la solicitud de ayudas de la convocatoria 2010 que publique el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en el marco del Decreto 455/2004, de 14 de diciembre, de Regulación del Plan de Rehabilitación de Viviendas de Cataluña.
NOTA INTERNA: el presupuesto total para el año 2010 en viviendas particulares es de 4.950.000 euros. El presupuesto total para el año 2010 en edificios del sector terciario y actuaciones integrales en bloques de viviendas es de 600.000 euros. El plazo de resolución finalizará el 30/06/2010. El plazo de justificación finalizará el 10/09/2010.
| Localización del proyecto: Cataluña (Generalitat de) España
| Localización del beneficiario: Cataluña (Generalitat de) España
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Boletín: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 08/03/2010 | Orden autonómica de 16/02/2010 | Se amplía el presupuesto de la O.ECF/557/2009, de 14/12/09 | 17510-17511
| | 30/12/2009 | Orden autonómica de 14/12/2009 | Bases y convocatoria para el año 2010 | 97189-97204
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