 | | Inicio convocatoria: 14/12/2011 | Final convocatoria: 02/07/2012 | Organismo otorgante: Cnj. Fomento / Junta de Castilla La Mancha
| Acciones subvencionables: Ayudas a la sustitución de las calderas (incluidos sistemas de
calefacción eléctricos con acumulación y tarifa nocturna) y equipos de aire acondicionado actuales, por otros de mayor
eficiencia energética.
Programas de ayudas:
- Programa de ayudas a la sustitución de calderas domésticas por otras de mayor eficiencia energética.
- Programa de ayudas a la sustitución de equipos domésticos de aire acondicionado por otros de mayor eficiencia
energética.
| | | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 30,00 % ó 400,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables:
- para el caso 1, las sustituciones de calderas domésticas que utilicen cualquier combustible no catalogado como energía renovable, por otras calderas de condensación que utilicen gas natural o gases licuados del petróleo (GLP) ( sustitución de sistemas de calefacción eléctricos con acumulación y tarifa nocturna); sustituciones de calderas que utilicen gasoil por calderas de condensación que funcionen con gasoil.
- para el caso 2, sustituciones de equipos domésticos de aire acondicionado por otros
nuevos de clase A.
| Información adicional: PLAZO: las ayudas se podrán solicitar hasta la fecha límite especificada o, si esto ocurriese antes, hasta el agotamiento del de la totalidad del crédito presupuestario asignado. Las solicitudes se presentarán a través de la empresa instaladora correspondiente.
El plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso de selección de entidades colaboradorasas permanecerá abierto hasta el 09/12/11. Las empresas instaladoras podrán adherirse a las entidades colaboradoras hasta el 01/03/12.
BENEFICIARIOS: personas físicas o jurídicas de derecho privado, incluidas comunidades de
bienes.
CUANTIA: el importe y porcentaje máximos de ayuda reflejados son límites por sustitución para el programa 1, pero variarán según el programa y los equipos.
RESTRICCIONES: Para el programa 1, las nuevas calderas adquiridas deben ser instalaciones individuales en Castilla La Mancha, con una potencia nominal entre 15 y 70kW, con altas prestaciones energéticas.
Las calderas sustituidas no serán de condensación, excepto si las mismas utilicen gasoil como combustible y se sustituyan por caderas de gas o si presentan problemas de seguridad derivados de mala combustión o de revocos, y serán inutilizadas tras su sustitución.
Los nuevos equipos de aire acondicionado deberán ser instalaciones individuales en Castilla La Mancha, que trabajen en modo frío o en modo frío/calor, con una potencia térmica nominal en refrigeración menor o igual a 12 kW.
Los equipos sustituidos no serán de clase A, o, si lo fueran, deberán tener una antigüedad mínima de 5 años o utilizar gas refrigerante R-22
La sustitución debe conllevar una reducción de, al menos, el 20% del consumo de energía y los equipos deben incorporados a la base de datos correspondiente del IDAE.
El Plan solo podrá aplicarse a la sustitución de calderas que se encuentren en instalaciones debidamente legalizadas.
o regularizadas.
Sólo podrán concederse un máximo de dos ayudas por solicitante.
RESTRICCIONES: sólo será subvencionable la sustitución, por cada solicitante, de una única caldera.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas son incompatibles con cualquier otra procedente de entidades públicas.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de evaluación individualizada. El presupuesto total es de 600.000 euros (300.000 euros para el año 2011 y 300.000 euros para el año 2012). El plazo de resolución será de tres meses siguientes a la finalización de la campaña.
| Localización del proyecto: Castilla-La Mancha España
| Localización del beneficiario: Castilla-La Mancha España
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Boletín: Diario Oficial de Castilla la Mancha
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 02/12/2011 | Orden autonómica de 30/11/2011 | Bases y convocatoria para el año 2012 | 40039-40056
| | 01/12/2011 | Resolución de 22/11/2011 | Concesión de las ayudas de la O. 14/05/10 | 39879-39902
| | 03/12/2010 | Orden autonómica de 17/11/2010 | Se reajustan las cuantías de la O.14/05/10 | 56519-56520
| | 25/05/2010 | Orden autonómica de 14/05/2010 | Bases y convocatoria par el año 2010 | 25635-25651
| | 06/07/2009 | Orden autonómica de 29/06/2009 | Convocatoria para el año 2009 | 29285-29298
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