| Inicio convocatoria: 23/12/2011 | Final convocatoria: 30/10/2012 |
Organismo otorgante: Inst. Energético de Galicia (INEGA) / Cnj. Economía e Industria / Xunta de Galicia
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Acciones subvencionables: Ayudas para fomentar la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes que se renueven, de forma que cumplan, al
menos, con las exigencias mínimas reduciendo su consumo de energía, así como para la selección de entidades colaboradoras que participan en su gestión.
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| Inicio de la inversión: 23/12/2011 | Fin de la inversión: 30/10/2012 |
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| Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| Cuantía de la ayuda: |
| Ayuda máxima: 30,00 % ó 3.840,00 € | |
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Gastos subvencionables: Serán subvencionables: el cambio de calderas; equipos de climatización o bombas de calor convencionales de baja eficiencia energética por la compra de otros
equipos de alta eficiencia energética con potencia nominal térmica mayor o igual que 5 kW y menor o igual a 70 kW (la potencia corresponderá a la suma
de las potencias de todas las calderas instaladas y, en su caso de equipos de frío o de bombas de calor, corresponderá la suma de todas las potencias térmicas
de las unidades exteriores); sustitución de sistemas de calefacción eléctricos con acumulación y tarifa nocturna por calderas de condensación que utilicen combustibles líquidos o gases; el precio de los equipos, su montaje y el IVA.
NO serán subvencionables: la sustitución de radiadores eléctricos portátiles; la sustitución de instalaciones exclusivas de agua caliente sanitaria; la sustitución de calderas que utilicen energías renovables (biomasa); la sustitución de una caldera colectiva o centralizada que dé servicio a varias viviendas por calderas individuales ubicadas en cada una de las viviendas; la sustitución y la compra de sistemas de conducto único, incluido tipo portátiles o pingüino.
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Información adicional: PLAZO: el plazo de solicitud para la adhesión simplificada y ordinaria finalizará el 05/01/2012.
BENEFICIARIOS: personas físicas y jurídicas de derecho público o privado propietarias de viviendas o edificios del sector
terciario. Podrán ser entidades colaboradoras las entidades privadas con personalidad jurídicas, así como los empresarios individuales.
CUANTIA: el importe reflejado es para equipos solo frío o bomba de calor; esta cuantía variará según el aparato subvencionado. La cantidad de subvención no podrá ser superior al 30% del coste total de la actuación. Las ayudas están sometidas a la norma comunitaria de mínimis (máx. 200.000 euros por beneficiario durante un periodo de tres años; 100.000 euros para empresas que operan en el sector del transporte).
COMPATIBILIDAD: estas ayudas son compatibles con otras, siempre que no supere el 100% de la inversión subvencionable.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia no competitiva. El presupuesto total para el año 2012 es de 900.000 euros. El plazo de resolución será de 15 días hábiles a contar desde la
presentación de la documentación en el Inega.
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Localización del proyecto: Galicia España
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Localización del beneficiario: Galicia España
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