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Subvenciones y ayudas

Programa ADEFIN para la adecuación de la estructura financiera de las Pymes Industriales
Inicio convocatoria: 29/05/2010Final convocatoria: 29/10/2010
Organismo otorgante:
Dpto. Industria, Innovación, Comercio y Turismo / Gobierno Vasco
Acciones subvencionables:
Ayudas para adecuar la estructura financiera de las pymes industriales a través de una conversión de recursos ajenos a corto y medio plazo en recursos ajenos a largo plazo.
Las ayudas se materializarán a través de la reducción del coste financiero de las operaciones de préstamo.

Tipo de subvención: Anticipos reembolsables y préstamos

Cuantía de la ayuda:
Ayuda mínima: 30.000,00 € 
Interés mínimo subvencionable:2,00 ptos.
Máximo subvencionable del préstamo:100,00 %
Plazo máximo de amortización:84 meses
Plazo mínimo de amortización:60 meses
Plazo máximo de carencia:12 meses
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: recursos ajenos bancarios (deudas a corto y largo plazo con entidades de crédito) cuyos vencimientos se devenguen durante el ejercicio correspondiente al año de solicitud y los 2 ejercicios siguientes.
NO serán subvencionables: los vencimientos derivados de las operaciones de arrendamiento financiero.

Información adicional:
BENEFICIARIOS: pymes industriales, extractivas y/o transformadoras, de servicios técnicos prestados a las anteriores y las del ámbito de la sociedad de la información y de las comunicaciones.
Quedan excluidas como beneficiarias las grandes empresas, los entes y sociedades públicas y las empresas cuya actividad corresponda al ámbito de actuación de otros departamentos del Gobierno Vasco.
CUANTIA: la ayuda consistirá en la subvención de 1 punto del tipo de interés en general, pero se incrementará 1 punto para pequeñas empresas y 0,5 puntos para operaciones avaladas por una S.G.R.
Estas ayudas están sujetas a los límites establecidos por la norma comunitaria de "mínimis" (máx.: 200.000 euros de ayuda por beneficiario en tres años).
CONDICIONES DEL PRÉSTAMO: la cuantía subvencionable del préstamo a refinanciar debe ser, como mínimo, de 30.000 EUROS y debe tener una duración mínima de 5 años incluida la carencia inicial y una duración máxima de 7 años.
El préstamo se debe formalizar dentro del año de solicitud.
RESTRICCIONES: los beneficiarios deben tener un Fondo de Maniobra inferior al 20% de su pasivo total o, si fuera superior, deben justificar las necesidades de capital circulante.
Los beneficiarios de estas ayudas no podrán obtener otra dentro de este programa hasta pasados 2 ejercicios.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con otras siempre que, en conjunto, no superen las intensidades de ayuda establecidas.
NOTA INTERNA: la dotación total para el año 2010 es de 400.000 euros.
El plazo máximo de resolución es de 6 meses a partir del día siguiente al de presentación de la solicitud.
El plazo de justificación será de 3 meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión.
Localización del proyecto:
País Vasco
España
Localización del beneficiario:
País Vasco
España

Boletín: Boletín Oficial del País Vasco
FechaNormaContenidoPáginas
20/12/2011 Corrección de errores en los beneficiarios de la R. 13/10/111-2 (6088)
09/12/2011Resolución de 13/10/2011 Concesión de las ayudas de la O. 23/02/091 (5904)
28/05/2010Resolución de 11/05/2010 Convocatoria para el año 20101-12 (2758)
17/03/2010Resolución de 11/02/2010 Concesión de la O.23/02/091-2 (1567)
13/08/2009 Corrección de errores de la R.13/10/081 (4587)
10/08/2009 Corrección de errores de la R.14/01/091 (4525)
13/03/2009Resolución de 12/03/2009 Convocatoria para el año 20091-13 (1440)
11/03/2009Orden autonómica de 23/02/2009 Bases reguladoras1-14 (1364)
30/01/2009Resolución de 14/01/2009 Concesión para el año 2008(475)
11/11/2008Resolución de 13/10/2008 Concesión de la O.30/05/0327386-27387 (6281)
13/05/2008Resolución de 02/05/2008 Convocatoria para el año 200811862-11866
05/10/2007Decreto de 25/09/2007 Se modifica el artículo 15 del D.121/2000, de 27/06/0022542-22545 (5436)
08/06/2007Resolución de 23/05/2007 Convocatoria para el año 200713515-13517 (3272)
06/06/2007Resolución de 19/04/2007 Concesión de la O.30/05/0613136-13138 (3206)
20/06/2006Resolución de 07/06/2006 Convocatoria para el año 200612777-12779 (3154)
06/05/2005Resolución de 06/05/2005 Convocatoria para el año 20057865-7867 (2265)
05/05/2005Orden autonómica de 14/04/2005 Se modifican los beneficiarios de la O.30/05/037643-7646 (2214)
23/06/2004Resolución de 25/05/2004 Concesión de la O.30/06/00 y la O.30/05/0312241-12245 (3365)
29/04/2004Resolución de 21/04/2004 Convocatoria para el año 20048247-8249 (2225)
25/08/2003Resolución de 28/07/2003 Segunda modificación de la concesión de la O.30/05/0316184-16185 (4769)
29/07/2003Resolución de 11/07/2003 Se modifica el anexo de la O.30/05/0314655-14656 (4378)
27/06/2003Resolución de 27/06/2003 Convocatoria para el año 200312371-12373 (3793)
26/06/2003Orden autonómica de 30/05/2003 Bases reguladoras para el año 200312165-12180 (3764)
18/03/2002Resolución de 12/03/2002 Convocatoria para el año 20024837-4839 (1700)
12/03/2001Resolución de 27/02/2001 Convocatoria para el año 20014855-4856
27/12/2000Orden autonómica de 05/12/2000 Modifica la redacción del anexo I de la O.30/06/0023144-23146 (5804)
10/07/2000Resolución de 30/06/2000 Convocatoria para el año 200012194-12195 (3006)
10/07/2000Orden autonómica de 30/06/2000 Bases reguladoras12057-12070 (2976)
30/06/2000Decreto de 27/06/2000 Bases reguladoras11421-11441 (2832)

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