 | | Inicio convocatoria: 01/01/2012 | Final convocatoria: 15/10/2012 | Organismo otorgante: Sociedad de Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI) / Dpto. Industria, Innovación, Comercio y Turismo / Gobierno Vasco
| Acciones subvencionables: Ayudas para:
- Compite Empresas:
- Mejora competitiva.
- Innovación.
- Diversificación.
- Búsqueda de nuevos mercados.
- Compite Agentes Intermedios:
- Divulgación, sensibilización, animación y promoción del Programa Compite-Iniciativas.
- Identificación y dinamización de las empresas o grupos empresariales con proyectos potencialmente subvencionables en el marco del Programa Compite.
- Promover el desarrollo de actuaciones de mejora
competitiva.
- Seguimiento y valoración de la marcha y ejecución de los proyectos de mejora competitiva que se presenten.
- Desarrollo de acciones similares a las financiadas por el Programa Compite-Iniciativas adaptadas a las características de las microempresas de su área de influencia, entendidas estas como las organizaciones de entre 3 y 10 trabajadores.
| | | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
|
| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 100,00 % ó 200.000,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables:
- para el caso 1, gastos de consultoría externa y asistencia técnica especializada para la definición y desarrollo de los
proyectos específicos de mejora competitiva, innovación,
diversificación y/o búsqueda de nuevos mercados; gastos internos de dedicación del personal; gastos internos de dedicación y/o acompañamiento del personal de los Agentes Intermedios participantes en los proyectos en cooperación de mejora
competitiva y/o diversificación industrial; gastos de viaje, derivados directamente del proyecto; software, documentación y otros similares, sólo cuando se deriven directamente del proyecto.
- para el caso 2, gastos asociados a la organización y celebración de jornadas y demás iniciativas de divulgación, sensibilización, animación y promoción; gastos de consultoría externa y asistencia técnica
especializada, necesarios para el desarrollo de actuaciones; gastos internos de dedicación en las tareas de seguimiento y acompañamiento de los proyectos de
mejora competitiva y/o diversificación industrial que
se presenten; gastos de viajes y de suministros imprescindibles
para el desarrollo de las actuaciones.
NO serán subvencionables:
- para el caso 1, el IVA y demás impuestos indirectos; modificaciones periódicas normales de planes, organización, productos, líneas y procesos de
producción, servicios existentes y otras operaciones corrientes; creación y puesta en marcha de estructuras estables; actuaciones, conceptos y/o gastos subvencionables que hayan sido objeto de apoyo a través de
otros Programas del Gobierno Vasco.
| Información adicional: PLAZO: el plazo de solicitud reflejado es para el caso 1, para el resto de los años se iniciará a partir del 1 de enero de cada año en que esté en vigor el programa y finalizará el 15
de octubre de cada año. Para el caso 2, el plazo será en el 2011 hasta el 07/03/11, para el resto de los años será de 30
días contados a partir de la publicación del anuncio de aprobación de la Normativa del Programa en el Boletín Oficial del País Vasco. El presente régimen de ayudas estará en vigor hasta el 15/10/13.
BENEFICIARIOS: para el caso 1, pymes en cooperación; agentes Intermedios, en cooperación con al
menos dos pymes; empresas Tractoras, en cooperación con al menos dos pymes; pymes; microempresas que desarrollen proyectos en cooperación con empresas de igual o mayor tamaño; microempresas comerciales y microempresas del sector turístico. Para el caso 2, agencias de Desarrollo comarcal o local y otros organismos no públicos de promoción económica y dinamización empresarial y agentes Intermedios
Compite-Comercio (organizaciones Empresariales de Comercio de ámbito provincial; Plataformas de Comercio Urbano ubicadas en localidades de más de establecimientos Comerciales y Cámaras de Comercio). Para el caso 1, no podrán beneficiarse los agentes de la Red Vasca de ciencia, Tecnología e Innovación y las entidades y sociedades públicas con personalidad propia vinculadas o dependientes de las administraciones
públicas. Para el caso 2, no serán beneficiarios los agentes de la Red Vasca de ciencia, Tecnología e Innovación.
CUANTIA: el importe reflejado es un límite para el caso 2, cuando el beneficiario sea una Agencia de Desarrollo comarcal o local u otros organismos de promoción económica y dinamización
empresarial.
Esta cuantía variará según el tipo de ayuda, beneficiario y tipo de proyecto.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas son compatibles con otras, siempre que no supere el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria o de la finalidad para la que se concedió la ayuda.
NOTA INTERNA: el prespuesto total para el periodo 2010-2013, para el caso 2 será de 4.450.000 euros. El plazo de resolución será de será de dos meses, a contar desde la fecha en que se haya entregado en SPRI, S.A. la documentación
suficiente para el análisis del expediente.
| Localización del proyecto: País Vasco España
| Localización del beneficiario: País Vasco España
|
Boletín: Boletín Oficial del País Vasco
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 19/08/2011 | Anuncio de 22/07/2011 | Se modifican artículos de la normativa del programa | 1-10 (3993)
| | 03/05/2011 | Anuncio de 30/03/2011 | Se modifican las bases del anuncio de 14/12/2010 | | | 31/01/2011 | Anuncio de 14/12/2010 | Convocatoria para el año 2011 | | | 22/10/2010 | Anuncio de 08/10/2010 | Se modifica el plazo de solicitud del A.08/10/10 | | | 22/07/2010 | Anuncio de 07/06/2010 | Modifica el A. 27/01/10 en cuanto a definiciones, beneficiarios, gastos subvencionables y otros | 1-6 (3543)
| | 16/03/2010 | Anuncio de 27/01/2010 | Bases y convocatoria para el año 2010 | 1-23 (1555)
|
|
| |
Recomienda esta subvención
|
|
|  |