 | | Inicio convocatoria: 11/06/2011 | Final convocatoria: 30/09/2011 | Organismo otorgante: Inst. de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA) / Cnj. Economía y Empleo / Principado de Asturias
| Acciones subvencionables: Ayudas asociadas a proyectos de inversión empresarial para los que se hayan solicitado ayudas directas a la Administración General del Estado, para:
- la creación de nuevos establecimientos.
- ampliación de un establecimiento existente.
- diversificación de la producción de un establecimiento para atender mercado de productos nuevos y adicionales.
- transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente.
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| Inversión mínima: 60.000,00 € |
| | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Gastos subvencionables: Serán subvencionables: activos materiales (terrenos, edificios, instalaciones y maquinaria); activos inmateriales (transferencia de tecnología mediante la adquisicón de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados).
NO serán subvencionables: adquisición de apartamentos, pisos, chales, etc., que respondan a la tipología de vivienda, excepto en el caso de proyectos del sector turístico; adquisición de máquinas expendedoras, recreativas y de azar; adquisición de vehículos y elementos de transporte exterior; adquisición de fondo de comercio o derechos de traspaso; activo circulante; honorarios de notarios y registradores; Impuesto sobre el Valor Añadido, así como otros impuestos, tasas y precios públicos; inversiones destinadas a su cesión a terceros mediante cualquier título; activos correspondientes a meras inversiones de sustitución.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: empresas; empresas individuales y sociedades, sean pyme o no, con personalidad jurídica.
CUANTIA: el porcentaje máximo indicado es el límite general, pero podrá ser del 50%. Los beneficiarios deberán aportar al proyecto una contribución financiera mínima del 25%. RESTRICCIONES: el beneficiario debe acreditar la resolución de las solicitudes de ayuda directa presentadas a la Administración General del Estado para el mismo proyecto de inversión empresarial. El proyecto debe tener efectos positivos sobre el empleo, debe ser viable económica, técnica y financieramente y estar autofinanciado en un 25%, como mínimo. Podrán ser objetivo de ayuda los proyectos de inversión empresarial pertenecientes a todas las actividades económicas susceptibles de recibir ayudas, con las siguientes excepciones: las relativas a la industrial del carbón; los sectores siderúrgidos y de las fibras sintéticas y al de la construcción naval. Tampoco se concederán ayudas a las empresas en crisis, ni a las empresas medianas o grandes durante el período de reestructuración de las mismas. Se excluirán las actividades de: bares, restaurantes, concesionarios de automóviles, comercio mayorista y minorista, lavanderías, peluquerías, tintorerías, despachos profesionales y consultoría. Las actuaciones subvencionadas deben ser respetuosas con el medio ambiente.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con otras, deberán respetar las normas comunitarias sobre acumulación de ayudas y los límites establecidos en este programa. Estas ayudas serán compatibles con las ayudas de interes de préstamos destinados a financiar inversiones empresariales; ayudas de intereses a líneas de crédito-anticipo y ayudas de intereses de préstamos destinados a financiar inversiones empresariales.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. Las ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en un 70%. El presupuesto total para el año 2011 es de 10.000.000 euros. El plazo de resolución finalizará el 30/03/12 (seis meses desde la fecha límite fijada en cada convocatoria para la presentación de solicitudes).
| Localización del proyecto: Asturias (Principado de) España
| Localización del beneficiario: Asturias (Principado de) España
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Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 21/01/2012 | Resolución de 29/12/2011 | Concesión de las ayudas de la R. 27/04/11 | 1-20
| | 10/06/2011 | Resolución de 03/06/2011 | Convocatoria para el año 2011. Derogada las R. 11/02/10 y 12/02/10 | | | 04/05/2011 | Resolución de 27/04/2011 | Bases reguladoras. Deroga la R. 15/04/09 | | | 27/12/2010 | Resolución de 16/12/2010 | Concesión de la R.12/02/10 | | | 13/10/2010 | | Correccion de errores a la R. 06/10/10 | | | 08/10/2010 | Resolución de 06/10/2010 | Concesión de la R.11/02/10 | | | 18/02/2010 | Resolución de 12/02/2010 | Segunda convocatoria para el año 2010. Se deroga la R.25/05/09 | 1-27
| | 16/02/2010 | Resolución de 11/02/2010 | Convocatoria para el año 2010. Deroga la R.23/04/09 | 1-27
| | 09/02/2010 | Resolución de 04/02/2010 | Se modifica el plazo de justificación de la R.15/04/09 | 1-2
| | 22/12/2009 | Resolución de 17/12/2009 | Concesión de la R.25/05/09 | 1-9
| | 02/12/2009 | Resolución de 20/11/2009 | Concesión de la R.23/04/09 | 1-11
| | 17/06/2009 | Resolución de 25/05/2009 | Segunda convocatoria para el año 2009 | 1-27 (14101)
| | 30/04/2009 | Resolución de 23/04/2009 | Convocatoria para el año 2009 | 1-27
| | 28/04/2009 | Resolución de 15/04/2009 | Bases reguladoras | 1-16
| | 09/01/2009 | Resolución de 22/12/2008 | Concesión de la R.21/02/08 | 487-500
| | 19/05/2008 | Resolución de 23/04/2008 | Corrección de errores de la R.21/02/08 | 11040-11041
| | 19/03/2008 | Resolución de 21/02/2008 | Bases y convocatoria para el año 2008 | 6303-6323
| | 29/10/2007 | | Se amplía el presupuesto de la R.14/05/07 | 20221
| | 11/06/2007 | Resolución de 14/05/2007 | Bases y convocatoria para el año 2007 | 11341-11362
| | 23/05/2006 | Resolución de 18/04/2006 | Bases y convocatoria para 2006 | 10290-10303
| | 04/08/2005 | Decreto de 21/07/2005 | Se deroga el D.41/2000, de 11/05/00 | 14441
| | 08/03/2003 | Resolución de 21/01/2003 | Segunda modificación de la R. 24/05/00 y del D. 41/2000, de 11/5/00 | 3113
| | 31/12/2002 | Decreto de 19/12/2002 | Segunda modificación de la D. 41/2000, de 11/05/00 | 16650
| | 09/01/2002 | Resolución de 13/12/2001 | Se modifica la R.24/05/00 | 152-154
| | 16/11/2001 | Decreto de 31/10/2001 | Se modifica el D.41/2000, de 11/05/00 | 14391-14392
| | 02/06/2000 | Resolución de 24/05/2000 | Se desarrolla el D. 41/2000 | 6391-6396
| | 19/05/2000 | Decreto de 11/05/2000 | Bases y convocatoria para el año 2000 | |
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