 | | Inicio convocatoria: 18/05/2009 | Final convocatoria: 18/05/2010 | Organismo otorgante: Dpto. Empresa y Empleo / Generalitat de Cataluña
| Acciones subvencionables: Ayudas ayudas para la adquisición de vehículos de la categoría M1 (vehículos de motor, con un mínimo de cuatro ruedas, diseñados y fabricados para el transporte de personas y de hasta un máximo de ocho asientos), vehículos de la categoría N1 (destinados al transporte de mercancías con una masa máxima admisible no superior o igual a 3,5 toneladas) y vehículos de la categoría N2 (destinados al transporte de mercancias con una masa admisible superior a 3,5 toneladas e inferior o igual a 6 toneladas).
| | | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
|
| | Cuantía de la ayuda: | | Gastos subvencionables: NO serán subvencionables: las adquisiciones de vehículos destinados a automatriculaciones llevadas a cabo por los concesionarios o agentes de venta, ni las adquisiciones de vehículos asimilables a M1 que no sean mixtos adaptables; las adquisiciones de vehículos financiadas mediante operaciones de leasing o renting.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: personas físicas, el colectivo profesional autónomo dado de alta en el impuesto de actividades económicas, las microempresas y las pymes.
CUANTIA: La ayuda para la adquisición de los vehículos que se describen en el artículo 3 será de 500 euros para vehículos de la categoría M1, N1 y N2 y se concederán una sola vez. La ayuda quedará condicionada a la existencia de una ayuda del fabricante o importador del nuevo vehículo de 1.000 euros. Este importe deberá quedar debidamente documentado en la factura del vehículo adquirido. Para las ayudas a los vehículos de las categorías M1 y N1 están sujetas a los límites de la norma "de mínimis" (en general, máx.: 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante 3 años, 100.000 euros para el sector de transporte ó 30.000 euros para los de pesca y acuicultura). En relación con los vehículos de la categoría N2, las ayudas concedidas están sujetas al punto 4.2 (cantidades limitadas de ayuda compatible) de la comunicación de la Comisión Europea (máx. 500.000 euros).
RESTRICCIONES: en el conjunto de Cataluña podrán ser objeto de la ayuda un límite máximo de 20.000 vehículos, en cualquiera de las categorías que se describen. La persona beneficiaria deberá dar de baja definitiva, mediante certificado de desguace del centro autorizado, un vehículo de categoría M1, N1 ó N2 con una antiguedad mínima de diez años o un kilometraje superior a 250.000 km.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán compatibles con otras para la misma finalidad.
NOTA INTERNA: el presupuesto total para el año 2009 es de 10.000.000 euros.
| Localización del proyecto: Cataluña (Generalitat de) España
| Localización del beneficiario: Cataluña (Generalitat de) España
|
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 05/01/2010 | | Corrección de errata en la R. IUE/2262/2009, de 24/07/09 | 208
| | 10/08/2009 | Resolución de 24/07/2009 | Bases y convocatoria para el año 2009 | 62818-62823
|
|
| |
Recomienda esta subvención
|
|
|  |